La acción de tutela como mecanismo eficaz para garantizar los derechos fundamentales a los usuarios de la empresa de Energía del Pacífico E.S.P en el Municipio de Bugalagrande Valle del Cauca

ilustraciones, gráficos, tablas

Autores:
Ceballos Restrepo, Diana Cristina
Sánchez Romero, Olga Viviana
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2017
Institución:
Unidad Central del Valle del Cauca
Repositorio:
Repositorio Institucional - Unidad Central del Valle del Cauca
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repositorio.uceva.edu.co:20.500.12993/3282
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/20.500.12993/3282
Palabra clave:
Acción de tutela
Eficaz
Derechos fundamentales
Usuarios
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Derechos reservados - Unidad Central del Valle del Cauca
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CARLOS AUGUSTO PATIÑO BELTRAN, “Acciones de Tutela, Cumplimiento, Populares y de Grupo” Bogotá 2005, edit: leyer, V. pags. 14.
JORGE PEREZ VILLA, “Constitución Política De Colombia De 1991 anotada”, En: Colombia 2017. Edit: Leyer
JURISPRUDENCIA Y DOCTRINA, Bogotá 2011, edit: Legis, tomo XL- No 480, pags 2306
TOMAS MALDONADO GÓMEZ, “La Noción de Servicio Público a Partir de la Concepción del Estado Social de Derecho” Colombia 2012. Editor de la revista Actualidad Jurídica. V. pags. 54.
MARÍN, F. “Los servicios semipúblicos domiciliarios”. Bogotá 2011, Colombia: editorial: Temis
OMAÑA, M. “La evolución del concepto de servicio público domiciliario en el ordenamiento jurídico colombiano, desde 1955 hasta nuestros días”. Colombia 2005, Revista Letras Jurídicas, pags 10, 9 – 53
PULIDO, L. “El régimen legal y contractual de servicios públicos domiciliarios en Colombia y los derechos de los usuarios”. Bogotá 2012: Grupo Editorial Ibáñez
SEPÚLVEDA, J ¿Es el acceso al servicio público domiciliario de energía eléctrica un derecho fundamental? Colombia 2012: Revista Letras Jurídicas, pags 17, 123 - 147
RUBEN GARCIA HORTA, “Los Abusos en la Prestación de los Servicios Públicos Domiciliarios” Bogotá 2007: edit: Librería ediciones del Profesional LTDA. Pags 33
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS, Concepto 616 del 14 de septiembre de 2015. Proyectó: MARÍA EUGENIA SIERRA BOTERO, Jefe de Oficina Jurídica
Vélez, I. “Energía Prepago, una solución frente a la situación de desconexión, el fraude y el no pago”. Medellín 2012, Revista Letras Jurídicas, pags. 13, 131 - 147
CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia de Constitucionalidad C-221/94 M.P CARLOS GAVIRIA DIAZ
CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia de Constitucionalidad C-066/97 M.P FABIO MORON DIAZ.
CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia de Constitucionalidad C-558/2001 M.P JAIME ARAÚJO RENTERÍA
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La acción de tutela encuentra su reglamentación en el decreto 2591 del 1991, la cual expresa que esta procede contra acciones u omisiones de particulares, de conformidad con lo establecido en sus artículos 42 a 45; en nuestro caso es preciso mencionar que en la Sentencia T-927 de 1999, M.P. Carlos Gaviria Díaz, la Corte Constitucional reconoció la existencia del derecho fundamental a la "prestación de los servicios públicos domiciliarios" y ordenó su protección, toda vez que se encontraba en conexidad con otros derechos fundamentales. Los servicios públicos como instancia y técnica de legitimación no son fruto de la decisión discrecional del poder público sino aplicación concreta del principio fundamental de la solidaridad social (CP arts. 1 y 2). A través de la noción de servicio público el Estado tiene el principal instrumento para alcanzar la justicia social y promover condiciones de igualdad real y efectiva. Su prestación comporta una transferencia de bienes económicos y sociales con base en el principio de justicia redistributiva que, mediante el pago discriminado de los servicios públicos según estratos y en función de la capacidad económica del usuario, permite un cubrimiento a sectores marginados que, en otras circunstancias, no tendrían acceso a los beneficios del desarrollo económico. De esta forma se garantizan las condiciones materiales para el libre desarrollo de la personalidad (CP art. 16) y para la consecución de una igualdad real y efectiva (CP art. 13) de toda la población. 6 Ahora bien, es claro que para satisfacer los servicios públicos debe mantener un nivel de eficiencia aceptable, tal como lo establece el art. 365 de la Carta Política: "Los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional...". En otras palabras, el Estado debe garantizar que en la prestación de un servicio público se actúe con prontitud, se procure mejorar la calidad y, fundamentalmente, se satisfaga esta necesidad de interés general de forma regular y continua. Para ello, la administración y los particulares que presten el servicio, deben adquirir un verdadero compromiso con los miembros de la comunidad, responsabilizándose del cumplimiento de los deberes y obligaciones que implica el ejercicio de la función pública. El paso de un Estado de derecho a un Estado Social de derecho no tiene de diferente el haber sido incluida la palabra “Social”; esta expresión, Estado social de derecho, conlleva un contenido singular, de nivel conceptual, que defiende que el fin del Estado sea el bienestar social de todos sus asociados. Un ejemplo de lo que significa este Estado nos lo muestra la Corte Constitucional al señalar que el Estado no puede obligar a ser virtuosos a sus asociados sino que debe darles los mecanismos para que estos lleguen a serlo.1 Si bien el congreso en uso sus funciones creo la ley 142 de 1994 que regula los servicios públicos domiciliarios, es la Corte Constitucional la que dio importantes avances frente a los servicios públicos y por esa importante cláusula de Estado Social de Derecho que genero grandes efectos en los servicios públicos en Colombia, ya que estas están sometidos a la intervención del Estado de las autoridades Nacionales y Territoriales; los prestadores, las comunidades organizadas y los propios usuarios deben reconocer y aplicar principios e 1 CORTE CONSTITUCIONAL, sentencia de Constitucionalidad C-221/94 M.P CARLOS GAVIRIA DIAZ. 7 instituciones como: 1) Garantía de acceso al mínimo vital, especialmente en el caso en personas con derechos de especial protección Constitucional (T-100-2017). 2) El derecho de organizaciones de usuarios, a participar en la expedición de regulación de las tarifas (C-150-03). 3) El derecho al debido proceso que tienen los Usuarios, en los casos en que las empresas de servicios públicos de energía eléctrica deben proceder a suspender o cortar el Servicio público (T-793-2012). 4) Principio de progresividad y no regresión en el acceso al servicio. (C493-2015). 5) adopción de medidas y/o acciones afirmativas y discriminación positiva en el caso de personas especialmente vulnerables (T-724-03; t-291-09; A-275-11). Conforme a lo analizado nuestro país cuenta y/o dispone de un amplio marco normativo sobre los servicios públicos domiciliario de energía eléctrica, además contamos con precedentes Constitucionales que han generado grandes triunfos y reconocimientos de derechos a los usuarios, pero en la práctica se observa que las empresas de servicios públicos de energía, pues, por su posición dominante, en determinadas ocasiones se vulneran derechos fundamentales a los Usuarios, situación que no debe ser ajena a los Usuarios de la EMPRESA DE ENERGÍA DEL PACIFICO E.S.P. EPSA en el Municipio de Bugalagrande Valle del CaucaINTRODUCCION / 1. MARCO ANTECENDENTES TEORICOS Y LEGALES / 1.1 ESTADO DEL ARTE O ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACION / 1.2 MARCO ANTECENDENTES TEORICOS Y CONCEPTUALES / 1.2.1 LA TUTELA Y EL SERVICIO PUBLICO DOMICILIARIO DE ENERGIA ELECTRICA COMO DERECHO / 1.2.2 LA CONCEPCION DE ESTADO SOCIAL DE DERECHO EN LOS SERVICIOS PUBLICOS DE ENERGIA ELECTRICA / 1.2.3. LAS PERSONAS DE ESPECIAL PROTECCIÓN CONSTITUCIONA EN LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE ENERGIA ELECTRICA / 1.2.4 LA DIMENSION SOCIAL DEL ACCESO A LA ELECTRICIDAD A LA PROBREZA ENERGETICA / 1.2.5.MÍNIMO VITAL DE ENERGIA ELECTRICA / 1.3 LA PROCEDENCIA DE LA ACCIÓN DE TUTELA EN LOS SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE ENERGIA ELECTRICA / 1.3.1 REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD DE LA ACCIÓN DE TUTELA CONTRA LAS PRESTADORAS DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE ENERGIA ELECTRICA . PRINCIPIO DE LA SUBSIDARIEDAD Y PRINCIPIO DE LA INMEDIATEZ / 1.3.2. PROCEDENCIA DE LA ACCIÓN DE TUTELA CUANDO EXISTAN INTERESES COLECTIVOS / 1.3.3 PROCEDENCIA EN SITUACIÓNES ESPECIALES PARA DIRIMIR CONFLICTOS CON USUARIOS CON LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS / 1.3.4. LOS DERECHOS Y LOS DEBERES DE LOS USUARIOS Y SUSCRIPTORES DE LAS EMPRESAS DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS / 1.3.5. OTROS DERECHOS EN CASO DE FALLA EN LA PRESTACION DEL SERVICIO / 1.3.6. OTRAS GARANTIAS DE PROTECCIÓN A LOS DERECHOS DE LOS USUARIOS / 1.3.7 EL DEBIDO PROCESO EN LOS SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE ENERGIA ELECTRICA / 1.3.8 EL MECANISMO DE DEFENSA JUDICIAL PARA RESPETAR LOS DERECHOS VULNERADO / 1.3.9 LOS DEBERES DE LOS SUSCRIPTORES / 2. LAS SENTENCIAS DE TUTELA PROFERIDAS POR EL JUZGADO PROMISCUO DE BUGALAGRANDE VALLE DEL CAUCA POR LA VULNERACION DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS USUARIOS DE LA EMPRESA DEL PACIFICO S.A E.S.P COMPRENDIDAS EN LOS PERIODOS 2012-2016 / 2.1 SENTENCIAS PROFERIDAS POR LA CORTE CONSTITUCIONAL EN LOS PERIODOS 2012-2016 /Abogado (a)PregradoPDF79 páginasapplication/pdfspaDerechos reservados - Unidad Central del Valle del Caucahttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional (CC BY-NC-ND 4.0)info:eu-repo/semantics/openAccessAbierto (Texto Completo)http://purl.org/coar/access_right/c_abf2La acción de tutela como mecanismo eficaz para garantizar los derechos fundamentales a los usuarios de la empresa de Energía del Pacífico E.S.P en el Municipio de Bugalagrande Valle del Caucabachelor thesisTesis/Trabajo de grado - Monografía - Pregradohttp://purl.org/coar/resource_type/c_7a1fTextinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisinfo:eu-repo/semantics/acceptedVersionDerechoFacultad de Ciencias Jurídicas y HumanísticasAcción de tutelaEficazDerechos fundamentalesUsuariosCARLOS ALBERTO ATEHORTUA RIOS, "Servicios Públicos Domiciliarios legislación Y Jurisprudencia" En: Colombia 2005. ed: Editorial Diké ISBN: 958- 8075-84-X v. 1pags. 862CARLOS AUGUSTO PATIÑO BELTRAN, “Acciones de Tutela, Cumplimiento, Populares y de Grupo” Bogotá 2005, edit: leyer, V. pags. 14.JORGE PEREZ VILLA, “Constitución Política De Colombia De 1991 anotada”, En: Colombia 2017. 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Colombia 2012: Revista Letras Jurídicas, pags 17, 123 - 147RUBEN GARCIA HORTA, “Los Abusos en la Prestación de los Servicios Públicos Domiciliarios” Bogotá 2007: edit: Librería ediciones del Profesional LTDA. Pags 33SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS, Concepto 616 del 14 de septiembre de 2015. Proyectó: MARÍA EUGENIA SIERRA BOTERO, Jefe de Oficina JurídicaVélez, I. “Energía Prepago, una solución frente a la situación de desconexión, el fraude y el no pago”. Medellín 2012, Revista Letras Jurídicas, pags. 13, 131 - 147CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia de Constitucionalidad C-221/94 M.P CARLOS GAVIRIA DIAZCORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia de Constitucionalidad C-066/97 M.P FABIO MORON DIAZ.CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia de Constitucionalidad C-558/2001 M.P JAIME ARAÚJO RENTERÍACORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia de Constitucionalidad C-663/2000 M.P ANTONIO BARRERA CARBONELLCORTE CONSTITUCIONAL, sentencia de Constitucionalidad C-150 de 2003, MP MANUEL JOSÉ CEPEDA ESPINOSA.CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia de Tutela T-540/92. M.P: Dr. RODRIGO ESCOBAR GILPúblico generalPregradoEspecializaciónTHUMBNAILT00030784.pdf.jpgT00030784.pdf.jpgIM Thumbnailimage/jpeg7815https://repositorio.uceva.edu.co/bitstream/20.500.12993/3282/3/T00030784.pdf.jpg21439b8809f1936c74304146bf98bd40MD53open accessORIGINALT00030784.pdfT00030784.pdfTrabajo de Pregradoapplication/pdf913005https://repositorio.uceva.edu.co/bitstream/20.500.12993/3282/1/T00030784.pdfcaaa5849049becd44fdad2fb44aa06a3MD51open accessLICENSElicense.txtlicense.txttext/plain; charset=utf-82246https://repositorio.uceva.edu.co/bitstream/20.500.12993/3282/2/license.txt539f860dd4806a8c969d9f2c175f6a03MD52open accessderecho2018_0043.pdfderecho2018_0043.pdfSesión de derechos patrimonialesapplication/pdf58640https://repositorio.uceva.edu.co/bitstream/20.500.12993/3282/4/derecho2018_0043.pdf905027a9d9e2240ce28408c3a98c155eMD54open accessderecho2018_0044.pdfderecho2018_0044.pdfSesión de derechos patrimonialesapplication/pdf57643https://repositorio.uceva.edu.co/bitstream/20.500.12993/3282/5/derecho2018_0044.pdf1725386d4ae518f54a2255da903a7016MD55open access20.500.12993/3282oai:repositorio.uceva.edu.co:20.500.12993/32822024-04-04 15:26:20.477open accessRepositorio Institucional Unidad Central del Valle del Caucabiblioteca@uceva.edu.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