Eficiencia del proceso administrativo de restablecimiento de derechos a favor de niños, niñas y adolescentes en Tuluá, Valle del Cauca , según ley 1098 de 2006, durante el año 2017

ilustraciones, gráficos, tablas

Autores:
Rengifo Cardona, Santiago
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2018
Institución:
Unidad Central del Valle del Cauca
Repositorio:
Repositorio Institucional - Unidad Central del Valle del Cauca
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repositorio.uceva.edu.co:20.500.12993/3154
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/20.500.12993/3154
Palabra clave:
Vulnerados
Inobservados
Restablecimiento
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Derechos reservados - Unidad Central del Valle del Cauca
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dc.relation.references.spa.fl_str_mv 1. Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU), la Convención internacional sobre los derechos del niño, resolución 44/25, de 20, Nueva York, de noviembre de 1989, Entrada en vigor: 2 de septiembre de 1990, de conformidad con el artículo 49.
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12. Colombia. Congreso De La República. Ley 880 De 2004 (enero 19). Por medio de la cual se aprueba la Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores, suscrita en Montevideo, Uruguay, el quince (15) de julio de mil novecientos ochenta y nueve (1989), en la Cuarta Conferencia Especializada Interamericana sobre Derecho Internacional Privado. Diario Oficial No. 45.437.
13. Colombia. Congreso De La República. Ley 1098, del 8 de noviembre de 2006. Por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia. Diario Oficial No. 46.446 de 8 de noviembre de 2006.
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15. Colombia. Congreso De La República. Ley 1306 De 2009 (junio 5) Por la cual se dictan normas para la Protección de Personas con Discapacidad Mental y se establece el Régimen de la Representación Legal de Incapaces Emancipados, Bogotá Diaria Oficial No. 47.371 de 5 de junio de 2009.
16. Colombia. Congreso De La República. Ley 1437 De 2011. Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Diario Oficial No. 47.956 de 18 de enero de 2011.
17. Colombia. Congreso De La República. Ley 1564 De 2012. Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones. Diario Oficial No. 48.489 de 12 de julio de 2012.
18. Colombia. Congreso De La República. Decreto 987 De 2012 (mayo 14). “Por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras” y se determinan las funciones de sus dependencias”. Diario Oficial No. 48.430 de 14 de mayo de 2012.
19. Colombia. Congreso De La República. Decreto 936 De 2013 (mayo 9). “Por el cual se reorganiza el Sistema Nacional de Bienestar Familiar, se reglamenta el inciso primero del artículo 205 de la Ley 1098 de 2006 y se dictan otras disposiciones”. Diario Oficial No. 48.786 de 10 de mayo de 2013.
20. Colombia. Congreso De La República. Ley 1753 De 2015 (mayo 9). “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país””. Diario Oficial No. 49.538 de 9 de junio de 2015.
21. Colombia. Congreso De La República. Ley 1804 De 2016. (agosto 2) Por la cual se establece la política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia 105 de Cero a Siempre y se dictan otras disposiciones, Bogotá. Diario Oficial No. 49.953 de 2 de agosto de 2016.
22. Colombia. Congreso De La República. Ley 1878 de 2018 (enero 9) Por medio de la cual se modifican algunos artículos de la ley 1098 de 2006, por la cual se expide el código de la infancia y la adolescencia, y se dictan otras disposiciones, Bogotá. Diario oficial. Bogotá D.C., 2018. No. 50.471.
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27. Colombia. Corte Constitucional. Expediente T-5.472.647, Sentencia T-387 del veintisiete (27) de julio de dos mil dieciséis (2016), M.P. Gloria Stella Ortiz Delgado. Disponible en: (http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2016/T-387-16.htm)
28. Colombia. Departamento Administrativo Para La Prosperidad Social. Decreto 987 De 2012 (mayo 14) Por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras” y se determinan 106 las funciones de sus dependencias, Bogotá. Diario Oficial No. 48.430 del 14 de mayo de 2012.
29. Colombia. Departamento Administrativo Para La Prosperidad Social. Decreto 1084 De 2015 (mayo 26) Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación, Bogotá. Diario Oficial No. 49.523 de 26 de mayo de 2015.
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En efecto, el estudio se aplicó en el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Centro Zonal Tuluá donde se logró verificar los datos estadísticos en relación con el número de PARD en el año 2017, así mismo, se determinó la estadística del número de tutelas existentes en contra del referido Centro Zonal como de sus respectivos Defensores de Familia en el año 2017. E igualmente se evidenció cual fue el porcentaje de niños, niñas y adolescentes con permanencia menor o mayor a 12 Meses bajo alguna modalidad de protección integral ordenada por el Defensor de Familia con fecha de corte agosto del año 2018.1. CAPITULO I: PROCESOS ADMINISTRATIVOS DE RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS QUE SE RITUARON EN EL ICBF CENTRO ZONAL TULUÁ EN EL 2017 / 1.1 ANTECEDENTE NORMATIVO DEL DERECHO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA EN COLOMBIA / 1.2 ASPECTOS GENERALES DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS / 1.2.1 Autoridad competente / 1.2.2 Las medidas de restablecimiento de derechos / 1.3 ESTRUCTURA DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR / 1.4 TRABAJO DE CAMPO Y DATOS ESTADÍSTICOS / 1.4.1 Asuntos procesales – Procesos Administrativos de Restablecimiento de Derechos a favor de niños, niñas y adolescentes en el ICBF Centro Zonal Tuluá en el año 2017 / 1.4.2 Porcentaje de niños, niñas y adolescentes con permanencia menor y mayor a 12 meses respectivamente bajo protección del ICBF Centro Zonal Tuluá año 2017, con fecha de recolección de información o de corte del 22 de agosto de 2018 / 2. CAPITULO II: ACCIONES DE TUTELA EN CONTRA DE LOS DEFENSORES DE FAMILIA DEL ICBF CENTRO ZONAL TULUÁ, COMO CONSECUENCIAS DE 6 SUS DECISIONES EN LOS PARD EN EL 2017 / 3. CAPITULO III: ANÁLISIS DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS DENTRO DEL MARCO DE LOS CONVENIOS Y TRATADOS INTERNACIONALES, LEY 1098 DE 2006 Y LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS POR EL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR / 3.1 MARCO DE LOS CONVENIOS Y TRATADOS INTERNACIONALES / 3.1.1 La convención sobre los derechos del niño aprobada por la asamblea general de las naciones unidas el 20 de noviembre de 1989 aprobada por la ley 12 de 1991 / 3.1.1.1 El interés superior del niño / 3.1.1.2 El reconocimiento de garantías procesales y derechos por parte de los Estados Partes a los niños / 3.1.1.3 Adopción de medidas por Estados Partes y procedimientos eficaces / 3.1.2 Convenio de la Haya sobre Aspectos Civiles del Secuestro Internacional de Niños suscrito en la Haya el 25 de octubre de 1980 que fue incorporado al ordenamiento jurídico interno por medio de la Ley 173 de 1994 / 3.1.3 Convenio de la Haya sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores / 3.1.4 Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores de 1989 aprobada por la ley 880 de 2004 / 3.1.5 Convenio de Nueva York de 1956 de Obtención de Alimentos en el Extranjero aprobado mediante la Ley 471 de 1998 / 3.1.6 Convención Interamericana sobre Obligaciones Alimentarias de 1989 / 7 3.1.7 Convención de Viena Sobre Relaciones Consulares de 1963 aprobada por la Ley 17 de 1971 / 3.1.8 Ley 1008 de 2006 / 3.2 EL PROCESO ADMINISTRATIVO DE RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS CONTEMPLADO DESDE LA ÓPTICA DE LA LEY 1098 DE 2006 / 3.2.1 Carácter del Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos / 3.2.2 Los cambios que introdujo la Ley 1878 de 2018 al Código de la Infancia y la Adolescencia, una reforma necesaria / 3.2.2.1 Verificación de derechos / 3.2.2.2 Ubicación en medio familiar / 3.2.2.3 Iniciación de la actuación administrativa / 3.2.2.4 El trámite del Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos a favor de NNA estipulado por la Ley 1878 de 2018 / 3.2.2.5 Citaciones y notificaciones / 3.2.2.6 Carácter transitorio de las medidas de restablecimiento de derechos y de la declaratoria de vulneración / 3.2.2.7 Contenido de la declaratoria de adoptabilidad o de vulneración de derechos / 3.2.2.8 Declaratoria de adoptabilidad / 3.2.2.9 Adopción / 3.2.2.10 Tránsito de legislación / 3.3 LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS POR EL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR COMO DERROTERO PARA LAS AUTORIDADES 8 COMPETES EN LA APLICACIÓN DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS / 3.3.1 Lineamiento Técnico del modelo para la atención de los niños, las niñas y los adolescentes, con derechos inobservados, amenazados o vulnerados del 20 de octubre de 2017, aprobado mediante resolución No. 1519 de febrero 23 de 2016, modificado mediante Resolución No. 7398 de agosto 24 de 2017 / 3.3.2 Lineamiento Técnico de estrategia de acompañamiento psicosocial para el restablecimiento de los derechos y contribución a la reparación integral de niños, niñas y adolescentes víctimas del conflicto armado aprobado por Resolución No 1523 de febrero 23 de 2016 del ICBF / 3.3.3 Lineamiento Técnico para la atención a niños, niñas y adolescentes, con derechos amenazados o vulnerados, víctimas de violencia sexual, aprobado mediante Resolución No. 6022 del 30 de Diciembre de 2010, Modificado mediante Resolución No. 8376 de julio 4 de 2018 / 3.3.4 Lineamiento técnico de modalidades para la atención de niños, niñas y adolescentes, con derechos inobservados, amenazados o vulnerados, aprobado mediante Resolución No. 1520 de febrero 23 de 2016 del ICBF, modificado mediante Resolución No. 7399 de agosto 24 de 2017 del ICBF / 3.3.5 El Lineamiento Técnico administrativo de ruta de actuaciones para el restablecimiento de derechos de niños, niñas y adolescentes con sus derechos inobservados, amenazados o vulnerados, aprobado mediante resolución No 1529 del 23 de febrero de 2016, modificado mediante Resolución No. 8720 de 2018 / 4. CONCLUSIONES / 5. BIBLIOGRAFÍA / 6. ANEXOSAbogado (a)PregradoPDF109application/pdfspaDerechos reservados - Unidad Central del Valle del Caucahttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional (CC BY-NC-ND 4.0)info:eu-repo/semantics/openAccessAbierto (Texto Completo)http://purl.org/coar/access_right/c_abf2Eficiencia del proceso administrativo de restablecimiento de derechos a favor de niños, niñas y adolescentes en Tuluá, Valle del Cauca , según ley 1098 de 2006, durante el año 2017bachelor thesisTesis/Trabajo de grado -Monografía - Pregradohttp://purl.org/coar/resource_type/c_7a1fTextinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisinfo:eu-repo/semantics/acceptedVersionhttp://purl.org/redcol/resource_type/TPDerechoFacultad de Ciencias Jurídicas y HumanísticasVulneradosInobservadosRestablecimiento1. Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU), la Convención internacional sobre los derechos del niño, resolución 44/25, de 20, Nueva York, de noviembre de 1989, Entrada en vigor: 2 de septiembre de 1990, de conformidad con el artículo 49.2. Azcarraga Monzonis, Carmen. Sustracción internacional de menores: vías de actuación en el marco jurídico vigente. Rev. Bol. Der. [online]. 2015, n.20 pp. 192- 213. Disponible en: (http://www.scielo.org.bo/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2070- 81572015000200009&lng=es&nrm=iso>. ISSN 2070-8157.)3. Carta de las naciones unidas. Firmada en San Francisco, Estados Unidos el 26 de junio 1945. Entrada en vigor: 24 de octubre de 1945, ARTÍCULO 55.4. Colombia, Alcaldía Mayor De Bogotá Distrito Capital, Decreto 470 De 2007 (Octubre 12) Por el cual se adopta la política pública de Discapacidad para el Distrito Capital, recuperado de: http://www.saludcapital.gov.co/Normas_Pobl_Vulnerable/Decreto_470_de_2007.p df5. Colombia. Asamblea Nacional Constituyente. Constitución Política De Colombia, (20 de julio de 1991), Disponible en: (http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/constitucion_politica_1991. html).6. Colombia. Congreso De La República. Ley 75 De 1968 (diciembre 30). “Por el cual se dictan normas sobre filiación y se crea el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar”. Diario Oficial No. 32.682 de 31 de diciembre de 1968.7. Colombia. Congreso De La República. Ley 7 De 1979 (enero 24). “Por la cual se dictan normas para la protección de la niñez, se establece el Sistema Nacional de 103 Bienestar Familiar, se reorganiza el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y se dictan otras disposiciones”. Diario Oficial No. 35.191, del 1 de febrero de 1979.8. Colombia. Congreso De La República. Ley 12 De 1991 (enero 22). “Por medio de la cual se aprueba la Convención sobre los Derechos Del Niño adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989". Diario Oficial No. 39640 de enero 22 de 1991.9. Colombia. Congreso De La República. Ley 173 De 1994 (diciembre 22). “Por medio de la cual se aprueba el Convenio sobre Aspectos Civiles del Secuestro Internacional de Niños, suscrito en La Haya el 25 de octubre de 1980". Diario Oficial No. 41.643 de 22 de diciembre de 1994.10. Colombia. Congreso De La República. Ley 449 De 1998 (enero 19). Por medio de la cual se aprueba la "Convención Interamericana sobre Obligaciones Alimentarias", hecha en Montevideo, el quince (15) de julio de mil novecientos ochenta y nueve (1989). Diario Oficial No. 43.360, de 11 de agosto de 1998.11. Colombia, Congreso De La República, Ley 471 De 1998 (agosto 5) Por medio de la cual se aprueba la "Convención sobre la obtención de alimentos en el extranjero", hecha en New York, el veinte (20) de junio de mil novecientos cincuenta y seis (1956), Diario Oficial No 43.360, de 11 de agosto de 1998.12. Colombia. Congreso De La República. Ley 880 De 2004 (enero 19). Por medio de la cual se aprueba la Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores, suscrita en Montevideo, Uruguay, el quince (15) de julio de mil novecientos ochenta y nueve (1989), en la Cuarta Conferencia Especializada Interamericana sobre Derecho Internacional Privado. Diario Oficial No. 45.437.13. Colombia. Congreso De La República. Ley 1098, del 8 de noviembre de 2006. Por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia. Diario Oficial No. 46.446 de 8 de noviembre de 2006.14. Colombia. Congreso De La República. Ley 1361 De 2009 (diciembre 3). “Por medio de la cual se crea la Ley de Protección Integral a la Familia.” Diario Oficial No. 47.552 de 3 de diciembre de 2009.15. Colombia. Congreso De La República. Ley 1306 De 2009 (junio 5) Por la cual se dictan normas para la Protección de Personas con Discapacidad Mental y se establece el Régimen de la Representación Legal de Incapaces Emancipados, Bogotá Diaria Oficial No. 47.371 de 5 de junio de 2009.16. Colombia. Congreso De La República. Ley 1437 De 2011. Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Diario Oficial No. 47.956 de 18 de enero de 2011.17. Colombia. Congreso De La República. Ley 1564 De 2012. Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones. Diario Oficial No. 48.489 de 12 de julio de 2012.18. Colombia. Congreso De La República. Decreto 987 De 2012 (mayo 14). “Por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras” y se determinan las funciones de sus dependencias”. Diario Oficial No. 48.430 de 14 de mayo de 2012.19. Colombia. Congreso De La República. Decreto 936 De 2013 (mayo 9). “Por el cual se reorganiza el Sistema Nacional de Bienestar Familiar, se reglamenta el inciso primero del artículo 205 de la Ley 1098 de 2006 y se dictan otras disposiciones”. Diario Oficial No. 48.786 de 10 de mayo de 2013.20. Colombia. Congreso De La República. Ley 1753 De 2015 (mayo 9). “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país””. Diario Oficial No. 49.538 de 9 de junio de 2015.21. Colombia. Congreso De La República. Ley 1804 De 2016. (agosto 2) Por la cual se establece la política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia 105 de Cero a Siempre y se dictan otras disposiciones, Bogotá. Diario Oficial No. 49.953 de 2 de agosto de 2016.22. Colombia. Congreso De La República. Ley 1878 de 2018 (enero 9) Por medio de la cual se modifican algunos artículos de la ley 1098 de 2006, por la cual se expide el código de la infancia y la adolescencia, y se dictan otras disposiciones, Bogotá. Diario oficial. Bogotá D.C., 2018. No. 50.471.23. Colombia. Corte Constitucional. Expediente T-1654853, Sentencia T-896 del veintiséis (26) de octubre de dos mil siete (2007), M.P. Manuel José Cepeda Espinosa. Disponible en: (http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2007/T- 896-07.htm).24. Colombia. Corte Constitucional. Expediente D-7152, Sentencia C-740 del veintitrés de julio de dos mil ocho (2008), M.P. Jaime Araujo Rentería disponible en: (http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2008/C-740-08.htm).25. Colombia. Corte Constitucional. Expediente T-3221906., Sentencia T-117 del veintiuno (21) de febrero de dos mil doce (2012), M.P. Luis Ernesto Vargas Silva. Disponible en: (http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2012/T-117-12.htm).26. Colombia. Corte Constitucional. Expediente T-3419262, Sentencia T-679 del veinticuatro (24) de agosto de dos mil doce (2012), M.P. María Victoria Calle Correa. Disponible en: (http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2012/T-679- 12.htm)27. Colombia. Corte Constitucional. Expediente T-5.472.647, Sentencia T-387 del veintisiete (27) de julio de dos mil dieciséis (2016), M.P. Gloria Stella Ortiz Delgado. Disponible en: (http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2016/T-387-16.htm)28. Colombia. Departamento Administrativo Para La Prosperidad Social. Decreto 987 De 2012 (mayo 14) Por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras” y se determinan 106 las funciones de sus dependencias, Bogotá. Diario Oficial No. 48.430 del 14 de mayo de 2012.29. Colombia. Departamento Administrativo Para La Prosperidad Social. Decreto 1084 De 2015 (mayo 26) Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación, Bogotá. Diario Oficial No. 49.523 de 26 de mayo de 2015.30. Colombia. Instituto Colombiano De Bienestar Familiar, Lineamientos técnicos del proceso administrativo de restablecimiento de derechos. Documento ICBF No. LM11.PN13. Fecha de Expedición Mayo 7 de 2007.31. Colombia, Instituto Colombiano De Bienestar Familiar, Fichas Análisis De Jurisprudencia – Sentencias De Tutela, Sentencia: T-689/12, recuperado de: (https://www.icbf.gov.co/cargues/avance/docs/f_st689_12.htm).Público generalPregradoEspecializaciónTHUMBNAIL0.jpg0.jpgIM Thumbnailimage/jpeg250372https://repositorio.uceva.edu.co/bitstream/20.500.12993/3154/5/0.jpgeae7adb081e9e68c8f974b088436a777MD55open accessT00030906.pdf.jpgT00030906.pdf.jpgIM Thumbnailimage/jpeg6468https://repositorio.uceva.edu.co/bitstream/20.500.12993/3154/6/T00030906.pdf.jpg8ea2f51836feecd37a74b039f8e3166dMD56open accessORIGINALT00030906.pdfT00030906.pdfTrabajo de Pregradoapplication/pdf1778397https://repositorio.uceva.edu.co/bitstream/20.500.12993/3154/1/T00030906.pdf2d0926ca476b5b7367875c046c31f4b3MD51open accessLICENSElicense.txtlicense.txttext/plain; charset=utf-82246https://repositorio.uceva.edu.co/bitstream/20.500.12993/3154/2/license.txt539f860dd4806a8c969d9f2c175f6a03MD52open accessL00030906.pdfL00030906.pdfCesión de derechos patrimonialesapplication/pdf72652https://repositorio.uceva.edu.co/bitstream/20.500.12993/3154/4/L00030906.pdf76e87afcf989c11d0405055c83ac3de8MD54open access20.500.12993/3154oai:repositorio.uceva.edu.co:20.500.12993/31542024-05-17 03:00:34.515open accessRepositorio Institucional Unidad Central del Valle del Caucabiblioteca@uceva.edu.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