Derecho fundamental al amor en Colombia: un compromiso constitucional retórico con limitada materialización práctica
La Constitución Política colombiana de 1991 transforma el panorama jurídico existente hasta ese momento, dado que acoge un Estado Social de Derecho que clasifica a los derechos humanos en diferentes generaciones. La primera de esas generaciones corresponde a los derechos fundamentales, los cuales ti...
- Autores:
-
Perilla Granados, Juan Sebastián Alejandro
- Tipo de recurso:
- Article of investigation
- Fecha de publicación:
- 2024
- Institución:
- Universidad Tecnológica de Bolívar
- Repositorio:
- Repositorio Institucional UTB
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.utb.edu.co:20.500.12585/13212
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/20.500.12585/13212
- Palabra clave:
- Hermenéutica constitucional
Derechos humanos
Derecho al amor
Infancia y Adolescencia
Antiformalismo jurídico
LEMB
- Rights
- openAccess
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
| Summary: | La Constitución Política colombiana de 1991 transforma el panorama jurídico existente hasta ese momento, dado que acoge un Estado Social de Derecho que clasifica a los derechos humanos en diferentes generaciones. La primera de esas generaciones corresponde a los derechos fundamentales, los cuales tienen la posibilidad de ser exigidos de manera inmediata a manera de mínimos necesarios para la subsistencia de cualquier persona. Así, y como una innovación disruptiva, esta norma superior consagra al amor como un derecho fundamental para los niños y las niñas. Sin embargo, su carácter indeterminado impide una materialización plena a través de acciones constitucionales, pues no es posible obligar a alguien a amar a otra persona. En consecuencia, en este artículo se delimita el alcance iusteórico de este derecho como un principio y valor constitucional, que solo podrá ser materializado a través de otros derechos según cada una de las realidades desde y para las cuales sea aplicable. |
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