Editorial
En la Constitución de 1991 se establece que el Estado debe velar por la calidad de la educación, y en el artículo 53 de la Ley 30 de 1992 se ordena la creación del Sistema Nacional de Acreditación, el cual, según se estipula en el artículo 54 de la misma ley, contará con un Consejo Nacional de Acred...
- Autores:
- Tipo de recurso:
- Article of journal
- Fecha de publicación:
- 2022
- Institución:
- Universidad de Bogotá Jorge Tadeo Lozano
- Repositorio:
- Expeditio: repositorio UTadeo
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:expeditiorepositorio.utadeo.edu.co:20.500.12010/26857
- Acceso en línea:
- https://doi.org/10.21789/22561498.1831
https://revistas.utadeo.edu.co/index.php/mutis/issue/view/146
http://hdl.handle.net/20.500.12010/26857
- Palabra clave:
- Educación
Colombia
Ciencias naturales
Educación
Educación -- Fines y objetivos
- Rights
- License
- Abierto (Texto Completo)
Summary: | En la Constitución de 1991 se establece que el Estado debe velar por la calidad de la educación, y en el artículo 53 de la Ley 30 de 1992 se ordena la creación del Sistema Nacional de Acreditación, el cual, según se estipula en el artículo 54 de la misma ley, contará con un Consejo Nacional de Acreditación. Su objetivo fundamental es “garantizar a la sociedad que las instituciones que hacen parte del Sistema cumplen con los más altos requisitos de calidad y que realizan sus propósitos y objetivos” (cna, s. f.). Los primeros programas académicos en ser acreditados por el men, a partir del concepto del cna, recibieron este reconocimiento en 1998, lo que indica que el cna lleva 23 años desarrollando la labor de verificación de las condiciones de alta calidad de programas e instituciones de educación superior en Colombia. |
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