La legítima defensa como causal de justificación
La defensa justa o legítima defensa como se conoce en todos los medios jurídicos populares, es la figura que más trajín en el acontecer permanente de la vida tiene, por cuanto, a ella recurren con ella se amparan unas veces justamente, otras, normas para tratar de resguardarse con ella y dejar en la...
- Autores:
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Acuña Polo, Magola Esther
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 1986
- Institución:
- Universidad Simón Bolívar
- Repositorio:
- Repositorio Digital USB
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bonga.unisimon.edu.co:20.500.12442/8638
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/20.500.12442/8638
- Palabra clave:
- Defensa (derecho penal)
Defensa justa
Impunidad
- Rights
- restrictedAccess
- License
- Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
Summary: | La defensa justa o legítima defensa como se conoce en todos los medios jurídicos populares, es la figura que más trajín en el acontecer permanente de la vida tiene, por cuanto, a ella recurren con ella se amparan unas veces justamente, otras, normas para tratar de resguardarse con ella y dejar en la impunidad un hecho que no tiene medio alguno para justificarse La defensa justa hace parte no solo del acervo cultural y jurídico de los pueblos, sino, también de la misma naturaleza humana, porque permanece activamente en la parte instintiva que posee todo animal, con la sola diferencia que los hombres por su característica racional le han dado nombre y con excepción de él, no hay animal alguno que le haya otro y sepa siquiera que eso está regulado por normas penales; lo curioso es, que ellos (los animales) son objetos de aplicación de normas jurídicas como si ellos estuviesen en la obligación de acatarlas, tanto esto es así que se dio recientemente en los E.E.U.U. de Norte América en que un perro fue sentenciado a muerte porque ladraba mucho Esta reacci6n protectora del individuo para consigo mismo y para con los demás constituye un reconocimiento de las normas jurídicas al estado de conservación y al instinto psicofísico de querer perpetuar el hombre su existencia biológica; que dicho sea de paso, casa el planteamiento ideológico con el biológico y el espiritual haciendo una trilogía que otorga al humano la credencial para justificar y hacer en nombre de un derecho y actor reflejo o no que asegure el derecho o aquella reacción existencia-vida. No mataras, no hurtarás, No son entre ellos los mandatos sacros con que la Ley regula o trata de controlar la conducta patológica o el asesinato, no dice cómo si lo hacen claramente las normas humanas al establecer el derecho a la defensa, pero, si bien es cierto que lo dice claramente, tampoco es menor cierto que lo desautoriza y menos lo reprocha, lo que se entiende que lo protege. No pretendo con este ensayo ser original, porque, ni el tema ni las circunstancias, cualesquiera que ellas sean, lo son por lo que el instinto animal de conservación permanece en el Hombre desde su cuna o su tumba y a través de la vida sino lo activa en un momento determinado por lo menos vive y permanece con él. |
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