De la obligación de los alimentos

En Colombia se ha consagrado como obligación jurídica el deber que tienen los cónyuges “de guardarse fe, socorrerse y ayudarse mutuamente en todas las circunstancias de la vida”. El marido debe suministrar a la mujer lo necesario y ella tendrá igual obligación cuando el marido careciera de bienes. L...

Full description

Autores:
Caicedo Cantillo, Edgardo Antonio
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
1996
Institución:
Universidad Simón Bolívar
Repositorio:
Repositorio Digital USB
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bonga.unisimon.edu.co:20.500.12442/8912
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/20.500.12442/8912
Palabra clave:
Sociedad conyugal
Obligación Alimentaria
Derecho de familia
Derecho Civil
Rights
restrictedAccess
License
Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
Description
Summary:En Colombia se ha consagrado como obligación jurídica el deber que tienen los cónyuges “de guardarse fe, socorrerse y ayudarse mutuamente en todas las circunstancias de la vida”. El marido debe suministrar a la mujer lo necesario y ella tendrá igual obligación cuando el marido careciera de bienes. Los padres deben atender a la crianza, educación y establecimiento de sus hijos. La inobservancia de estos deberes acarrea, como sanción civil, la emancipación judicial del hijo. Los hijos, a su vez, están obligados a cuidar de los padres y ascendientes en la ancianidad, en el estado de demencia y en las demás circunstancias de la vida en que necesiten auxilio