Binomio judicial sanción delito
La razón del título de mi trabajo se basa en la relación jurídica que existe entre el delito y la pena o castigo o sanción impuesta por el juez, vale decir por la sociedad con fines distintos para las tres escuelas criminológicas del derecho. En tanto que para la escuela clásica la sanción es la eva...
- Autores:
-
Sánchez Castillo, Berenice Mercedes
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 1987
- Institución:
- Universidad Simón Bolívar
- Repositorio:
- Repositorio Digital USB
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bonga.unisimon.edu.co:20.500.12442/8589
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/20.500.12442/8589
- Palabra clave:
- Penas
Delitos
Sistema carcelario
Sistema acusatorio
- Rights
- restrictedAccess
- License
- Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
Summary: | La razón del título de mi trabajo se basa en la relación jurídica que existe entre el delito y la pena o castigo o sanción impuesta por el juez, vale decir por la sociedad con fines distintos para las tres escuelas criminológicas del derecho. En tanto que para la escuela clásica la sanción es la evasión que se debe por la transgresión de la ley, para la escuela positiva es una medida de escarmiento que impide la reincidencia del delincuente. Para la Terza Scuola en cambio, es una medida didáctica tendiente a conseguir la rehabilitación-readaptación del infractor de la ley penal. La sanción delas dos primeras escuelas tienen como denominador común la característica de castigo, pero en la Terza Scuola la característica es el aprendizaje, remodelación-síquica. En nuestro estatuto penal la sanción es una variante ecléctica, pues algo tiene de clasicismo, algo de positivismo y algo de Terza Scuaola. Es clasicista cuando persigue, al temor del concepto católico que el reo compense su desviación con una rectificación de su conducta; es positivista cuando se dirige al escarmiento que con sus privaciones sufre el reo por su falta cometida a la sociedad, y es que criminocrítica cuando trata de dotar a la penitenciaría de los medios adecuados a la reforma síquica del detenido. Nosotros nos dedicamos especialmente al análisis de la sanción según la escuela criminocrítica comparándola con las dos anteriores escuelas y proponiendo según ella cambios sustentables en el régimen penitenciario colombiano. |
---|