Vías de hecho
Al entrar en vigencia la Constitución Nacional de 1991, trajo consigo una nueva figura, la Acción de Tutela, consagrándola en el Art. 86. Este derecho viene a servir como medio eficaz en la defensa de los derechos fundamentales ante los atropellos provenientes de las autoridades públicas o de partic...
- Autores:
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Pimienta García, José
Polo Benavides, Deicy
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2002
- Institución:
- Universidad Simón Bolívar
- Repositorio:
- Repositorio Digital USB
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bonga.unisimon.edu.co:20.500.12442/10654
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/20.500.12442/10654
- Palabra clave:
- Derecho
Derecho Civil
Vías de hecho
- Rights
- restrictedAccess
- License
- Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
Summary: | Al entrar en vigencia la Constitución Nacional de 1991, trajo consigo una nueva figura, la Acción de Tutela, consagrándola en el Art. 86. Este derecho viene a servir como medio eficaz en la defensa de los derechos fundamentales ante los atropellos provenientes de las autoridades públicas o de particulares. Debido a las características propias de este mecanismo judicial, se estableció la posibilidad de ejercer esta acción de tutela contra las acciones u omisiones de los jueces y funcionarios judiciales. El decreto 2591 de 1991, reglamentó este mecanismo, en los Arts. 11, 12 y 40 del mencionado decreto, se establecieron, además, las condiciones para iniciar la acción contra las providencias judiciales, que ponen fin a un proceso. Posteriormente fueron demandados los tres artículos por inconstitucionalidad, permitiendo que la Corte Constitucional señalara las excepcionales circunstancias en las cuales a pesar de ser declaradas inconstitucionales las normas citadas, la acción de tutela sí procede contra acciones u omisiones de los funcionarios Judiciales, cuando sus actuaciones vulneren de manera grotesca nuestro ordenamiento jurídico. Sabemos que, dentro de un proceso jurídico, el juez debe conservar desde la apertura hasta su culminación, las formas legales del procedimiento, que permiten observar providencias judiciales investidas con una inviolabilidad, que las hacen oponibles a la acción de tutela, gracias a ese principio jurídico de cosa juzgada. |
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