Oposición al secuestro en los procesos ejecutivos

En los procesos de ejecución y proceden dos clases de medidas preventivas; el embargo y el secuestro su practica se registra por lo dispuesto en los artículos 681 a 689 del código de procedimiento civil.

Autores:
Castañeda Arrieta, José Rafael
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
1999
Institución:
Universidad Simón Bolívar
Repositorio:
Repositorio Digital USB
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bonga.unisimon.edu.co:20.500.12442/10499
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/20.500.12442/10499
Palabra clave:
Procesos ejecutivos
Derecho
Rights
restrictedAccess
License
Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
Description
Summary:En los procesos de ejecución y proceden dos clases de medidas preventivas; el embargo y el secuestro su practica se registra por lo dispuesto en los artículos 681 a 689 del código de procedimiento civil.