Análisis jurídico del proceso ejecutivo colombiano a la luz del Código General del Proceso
El pasado 12 de julio, entró en vigencia el nuevo Código General del Proceso creado por la Ley 1564 de 2012, el cual contiene les ritos jurídicos que regulares la actividad procesal en los asuntos civiles, comerciales, de familia y agrarios (Col, Art. 1 ley 1564, 2012), aplicándose también, a todos...
- Autores:
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Bermúdez Bonilla, Ricardo Alberto
Cabrales Roldán, Rubén Francisco
Rodríguez Peña, Wbeimar Leonardo
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2012
- Institución:
- Universidad Simón Bolívar
- Repositorio:
- Repositorio Digital USB
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bonga.unisimon.edu.co:20.500.12442/14446
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/20.500.12442/14446
- Palabra clave:
- Código general del proceso
Acceso a la justicia
Leyes
General code of process
Access to justice
Laws
- Rights
- restrictedAccess
- License
- Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
Summary: | El pasado 12 de julio, entró en vigencia el nuevo Código General del Proceso creado por la Ley 1564 de 2012, el cual contiene les ritos jurídicos que regulares la actividad procesal en los asuntos civiles, comerciales, de familia y agrarios (Col, Art. 1 ley 1564, 2012), aplicándose también, a todos les asuntos de cualquier jurisdicción o especialidad y a les actuaciones de particulares y autoridades administrativas, cuando ejerzan funciones jurisdiccionales, en cuanto dichas actuaciones no estén regaladas o normadas expresamente en otras leyes Este nuevo Código, garantiza el acceso a la justicia para todas las personas, asegurando la protección judicial oportuna y efectiva, para preservar el libre ejercicio de los derechos y la correcta defensa de los intereses de las habitantes del territorio nacional, todo ello, con sujeción a un debido procese que debe surtirse en un tiempo o termino de duración razonable. Señalando, además, que esta norma, es una norma de orden pública y que se formalidades y términos procesales son de estricto cumplimiento, les cuales deben observarse con la mayor diligencia y pronta aplicación Se habla puntualmente, de un Proceso Oral y por Audiencias (Col, Art. 1º ley 1564, 2012) en donde las actuaciones deben cumplirse en forma oral, en forma pública y mediante la realización de audiencias salvo aquellas actuaciones que expresamente deban realizarse por escrito o aquellas que estén amparadas por reserva de ley. La finalidad más importa de este código, es la implementación de la oralidad en el Proceso Civil Colombiano en aras de hacer más ágil la administración de justicia. Debe aclararse, que en materia de derecho civil al igual que en las demás especialidades del derecho, existen en forma general; dos tipos de procesos judiciales; siendo ellos, los denominados procesos declarativos o de conocimiento y los denominados procesos ejecutivos (Levis, 1979). En los procesos declarativos o de conocimiento, siempre estará presente un debate o disputa frente a la existencia o no de un derecho (Morales, 1975), en esa pugna se requiere la intervención del aparato jurisdiccional para solucionar ese conflicto de intereses y y mantener con ello, la permanencia del orden público y la convivencia pacífica de los actores, esa discusión jurídica se resolverá con base en una serie de pruebas aportadas por los contendientes, además se propondrán unos alegatos o argumentos por cada una de las partes para sustentar las posiciones asumidas; todo ello para conquistar un derecho sustancial pretendido, o para lograr desvirtuar la reclamación y con ello lograr la declaratoria de la inexistencia del derecho. En últimas; en un Proceso Declarativo (Bejarano, 2001) o de Conocimiento existe un choque de intereses entre un sujeto demandante y otro sujeto demandado, cuyo caso debe ser conocido y resuelto por un Juez Natural, que mediante el análisis de unos hechos, mediante la valoración de unas pruebas y mediante un convencimiento suficientemente razonado, concede el reconocimiento del derecho o en su defecto niega dicho reconocimiento, resolviendo el asunto mediante una decisión contenida en una sentencia judicial. |
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