Beneficio de auditoría
Todos los asociados de una comunidad, deben contribuir en la medida de sus ingresos a las necesidades de funcionamiento del Estado. Este aporte de carácter obligatorio, denominado Impuesto es determinado por el contribuyente con fundamento en leyes prestablecidas expedidas por el congreso de la Repú...
- Autores:
-
Ochoa Sánchez, Álvaro
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2002
- Institución:
- Universidad Simón Bolívar
- Repositorio:
- Repositorio Digital USB
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bonga.unisimon.edu.co:20.500.12442/10679
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/20.500.12442/10679
- Palabra clave:
- Derecho
Ley 100 de 1993
Sentencias
Contabilidad
Sociedades
Auditoría
- Rights
- restrictedAccess
- License
- Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
Summary: | Todos los asociados de una comunidad, deben contribuir en la medida de sus ingresos a las necesidades de funcionamiento del Estado. Este aporte de carácter obligatorio, denominado Impuesto es determinado por el contribuyente con fundamento en leyes prestablecidas expedidas por el congreso de la República con facultad otorgada 'por la Constitución de 1991. El organismo encargado de velar para la correcta determinación y recaudo de los impuestos es la Dirección de Impuestos y Adunas Nacionales (DIAN). El presente ensayo tiene como objetivo hacer un análisis de la Ley 488 de 1998 y el Decreto Reglamentario 433 de 1999, normatividad que hace referencia al tema denominado beneficio de auditoria. Su importancia radica en determinar las posibles situaciones a las que se puede ver enfrentado tanto la DIAN como los contribuyentes al acogerse a los beneficios que otorgan las disposiciones mencionadas. |
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