El valor de la confesión en el derecho penal
La búsqueda de la verdad, ha sido siempre una característica del género humano; el hombre, empezó en la época primitiva supeditando los hechos a aspectos de índole divina o fetichista. Pero fueron los griegos quienes aportaron al proceso probatorio; fueron ellos quienes inicialmente hablaron de la t...
- Autores:
-
Hinojosa Suarez, Marilys de Jesus
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 1988
- Institución:
- Universidad Simón Bolívar
- Repositorio:
- Repositorio Digital USB
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bonga.unisimon.edu.co:20.500.12442/6042
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/20.500.12442/6042
- Palabra clave:
- Derecho penal
Confesión
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- Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
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La búsqueda de la verdad, ha sido siempre una característica del género humano; el hombre, empezó en la época primitiva supeditando los hechos a aspectos de índole divina o fetichista. Pero fueron los griegos quienes aportaron al proceso probatorio; fueron ellos quienes inicialmente hablaron de la teoría de los signos o forma de expresión de la prueba y que eran equivalentes a lo que hoy conocemos con el nombre de los indicios (rastros, huellas, vestigios, etc.) Los juicios lógicos y filosóficos fueron trasladados al campo del derecho y por ello no es extraño observar como esos dos maestros Platón y Aristóteles plantearon los silogismos o entimemas o manifestaciones o acepciones de la prueba misma. Aparece allí el sistema acusatorio, que luego se difunde en los países anglosajones y con las figuras retóricas se busca eliminar esos juicios divinos, borrando de plano, así reaparecieran mis tarde, aquellaras, brujos etc., tampoco podernos pasar por al to el imperio Romano, que en dos épocas bien demarcadas pone en vigencia los sistemas antagónicos: el Inquisitivo y el Acusatorio y también el Mixto, van progresando o se van enriqueciendo las Instituciones jurídicas con nuevos medios probatorios, testimonios, confesiones que en un período se logran con torturas y en el otro con requisitos legales; se reglamenta la teoría indiciaria y cobra importancia también los documentos; vamos así llegando al sistema moderno que sin vacilaciones arranca con la revoluci6n francesa, en donde se adopta el sistema acusatorio, se garantizan las libertades individuales y se deja en manos de los particulares la acusación, librando al sindicado de tener que comparecer bajo formula de juramento a rendir descargos; el proceso y las pruebas en general demarcan etapas secretas, reservadas para el proceso penal, mas no así para el derecho procesal civil cuya característica es la publicidad. Nuestro Trabajo de grado mediante el cual optaremos a nuestro título de ABOGADA, pretende ser un estudio analítico en torno a la CONFESION, como medio de prueba; tratamos de explicar los alcances y limitaciones de esta figura jurídica, sus principales defensores y críticos; las diferentes clases de confesión, sus características etc. Esperando dejar un estudio como fundamento a otras investigaciones. |
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