Critica técnica al procedimiento administrativo policivo de los amparos a las acciones posesorias (Articulo 972 del Código Civil)

Dentro de la Investigación Técnica del Derecho vernos cotidianamente las críticas a temas convencionales, pero en el área del Procedimiento Administ.-ativo Policivo del Derecho Civil, es muy esporádico encontrar algún tema que halla sido estudiado, es así como hasta ahora no se ha hallado una critic...

Full description

Autores:
Plazas Guio, Luz Stella
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
1999
Institución:
Universidad Simón Bolívar
Repositorio:
Repositorio Digital USB
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bonga.unisimon.edu.co:20.500.12442/9753
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/20.500.12442/9753
Palabra clave:
Acciones posesorias
Rights
restrictedAccess
License
Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
Description
Summary:Dentro de la Investigación Técnica del Derecho vernos cotidianamente las críticas a temas convencionales, pero en el área del Procedimiento Administ.-ativo Policivo del Derecho Civil, es muy esporádico encontrar algún tema que halla sido estudiado, es así como hasta ahora no se ha hallado una critica a ese procedimiento en cuanto a las Acciones Posesorias, en el mismo aspecto que la que se va ha realizar. Para desarrollar el tema, tenemos como parámetro las acciones posesorias reguladas en el articulo.972 del Código Civil, que tienen por objeto conservar o recuperar la posesión de bienes raíces o derechos reales constituidos en ellos. Encontramos dos clases de procedimientos en la practica para resolver los problemas en cuanto a conservar o recuperar la posesión de bienes raíces o de Derechos reales constituidos en ellos. Uno de tipo Policivo administrativo y otro judicial y tienen corno objetivo conjunto el ordenar cesar la perturbación o dar seguridad contra un temor fundado. El problema jurídico a analizar se basa en una crítica de avanzada en unificación de codificación en los procedimientos Administrativos Policivos, para ser aplicados a través del procedimiento Verbal Sumario señalado en el art. 435 y s.s. del C. de P.C., en Jo que tiene que ver con los Amparos Administrativos en los inmuebles rurales y urbanos, cuya competencia administrativa está en cabeza de los Inspectores de Policía y las primeras autoridades de los Municipios (Alcaldes), por mandato legal de los articulo.124 y 125 del Código Nacional de Policía.