Formación del estudiante de Derecho en tiempos de COVID-19: vistazo al art. 95 de la Constitución Nacional

Desde el surgimiento de esta nueva realidad a la que nos vimos forzosamente sometidos y dónde nos hemos acomodado más o menos bien, el aprendizaje y la formación profesional de los jóvenes a sido una batalla diaria en donde los malos hábitos como la procrastinación, el desconocimiento de los deberes...

Full description

Autores:
Chacon Cassiani, Elisabet
Otalora Orozco, Cristian Daniel
Ortiz Salcedo, Vanesa
Yaruro Castillo, Laura Vanesa
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2021
Institución:
Universidad Simón Bolívar
Repositorio:
Repositorio Digital USB
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bonga.unisimon.edu.co:20.500.12442/7884
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/20.500.12442/7884
Palabra clave:
Proactividad
Humanismo
Pandemia Covid-19
Democracia
Proactivity
Humanism
Covid-19 pandemic
Rights
restrictedAccess
License
Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
Description
Summary:Desde el surgimiento de esta nueva realidad a la que nos vimos forzosamente sometidos y dónde nos hemos acomodado más o menos bien, el aprendizaje y la formación profesional de los jóvenes a sido una batalla diaria en donde los malos hábitos como la procrastinación, el desconocimiento de los deberes del individuo para ser una persona creativa y no consumidora cuando el fin es crear para uno mismo, luego para los demás; todo en búsqueda del crecimiento de la sociedad. La mirada se ha postrado sobre la innovación de la educación virtual, con especial interés y enfoque en los estudiantes, quienes son los principales protagonistas y la población más afectada. Muchos de los educadores no cuentan con las habilidades requeridas para tratar de dar sus temarios durante horas frente a una pantalla llena de círculos con nombres completos. Es decepcionante incluso para los profesores reconocer esta realidad y esa frustración la han canalizado de modo positivo y de modo negativo sobre sus estudiantes. Estos sin las herramientas básicas no podrían cumplir como se debe y se ve estipulado en el artículo 95 de la Constitución colombiana.