Análisis dogmático de la responsabilidad del estado por los daños ocasionados a los reclusos en Colombia
El Estado como ente jurídico es posible que responda patrimonialmente por los daños antijurídicos ocasionados en razón de las distintas actividades que desarrolla. Todo depende de las exigencias dogmáticas para acreditar la responsabilidad del Estado en su aspecto sustancial general que establece un...
- Autores:
-
Reyes Acosta, Vita Paola
Rada Herrera, Giovanni
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2020
- Institución:
- Universidad Simón Bolívar
- Repositorio:
- Repositorio Digital USB
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bonga.unisimon.edu.co:20.500.12442/6155
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/20.500.12442/6155
- Palabra clave:
- Responsabilidad
Causalidad
Imputación
Daño
Responsability
Causality
Imputation
Damage
- Rights
- restrictedAccess
- License
- Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
Summary: | El Estado como ente jurídico es posible que responda patrimonialmente por los daños antijurídicos ocasionados en razón de las distintas actividades que desarrolla. Todo depende de las exigencias dogmáticas para acreditar la responsabilidad del Estado en su aspecto sustancial general que establece un régimen de responsabilidad objetiva y otro régimen de responsabilidad subjetiva. Este último régimen con número adicional de categorías dogmáticas adicionales al primero y por ende más exigente trayendo consigo que se amplíen entonces los eventos de ausencia de responsabilidad del Estado. Uno de los distintos tipos de responsabilidad del Estado en la parte sustancial especial es el de los daños ocasionados a los reclusos. Menester es precisar a qué régimen de responsabilidad obedece este último. A lo que concluimos que el régimen de responsabilidad subjetiva es el pertinente para ese debate. Y dado que al hablar de responsabilidad subjetiva no se refiere a nexo psicológico entre el sujeto y el resultado sino en realidad a la culpa como un elemento objetivo y normativo es menester traer a colación los criterios ordenados de la teoría de la imputación objetiva del penalista Alemán Gunther Jakobs para establecer entonces además de la relación de causalidad entre la actividad del Estado y en daño antijurídico que la culpa haya sido determinante en el resultado con los criterios de posición de garante, creación del riesgo jurídicamente relevante y realización del riesgo en el resultado. |
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