El proceso disciplinario y de responsabilidad fiscal y la fragilidad del debido proceso
Dentro del ordenamiento jurídico colombiano, se cuenta con el código único disciplinario, Ley 734 de 2002, el cual será derogado por la Ley 1952 de 2019, la cual entrará en vigencia a partir del 1 de julio de 2021, y se establecerá como el Código General Disciplinario, pero para abarcar el tópico se...
- Autores:
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Atehortua, Licelly
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2021
- Institución:
- Corporación Universitaria Remington
- Repositorio:
- Repositorio institucional Uniremington
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.uniremington.edu.co:123456789/175
- Acceso en línea:
- https://repositorio.uniremington.edu.co/handle/123456789/175
- Palabra clave:
- Código Disciplinario Único
Acciones disciplinarias
Servidor público
- Rights
- closedAccess
- License
- Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional (CC BY-NC-ND 4.0)
Summary: | Dentro del ordenamiento jurídico colombiano, se cuenta con el código único disciplinario, Ley 734 de 2002, el cual será derogado por la Ley 1952 de 2019, la cual entrará en vigencia a partir del 1 de julio de 2021, y se establecerá como el Código General Disciplinario, pero para abarcar el tópico se tomara la ley vigente; el Código Único Disciplinario, el cual es la herramienta y norma rectora para llevar a cabo la acción disciplinaria como potestad reglamentaria que tiene el estado colombiano para investigar y sancionar, a los servidores públicos por el mal proceder dentro del ejercicio de sus funciones y que estas podrían ser tanto por acción como por omisión, es así como se convierten en responsables dentro de los resultados que arrojen las investigaciones disciplinarias. Estas acciones se convierten en hallazgos disciplinarios que a su vez pueden ser de tipo fiscal, es decir cuando existió un deterioro o detrimento al erario público, pero adicional a esto, dentro de los términos y desarrollo del proceso investigativo y sancionatorio, pueden llegar a generarse una posible afectación o limitación del poder disciplinario que tiene el ente investigador como representante del estado, razón por la cual al mismo tiempo el Estado deberá velar por que el postulado del principio general del debido proceso y otras garantías sean primordiales como elementos esenciales de esta ley, pero por su diseño procedimental hace que se lleguen a presentar riesgos dentro del proceso que afectan el debido proceso, y es esto propiamente será el tema de análisis de este escrito el cual se identificarán y explicarán algunos de los casos de riesgos puedan surgir. |
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