Legalidad de las audiencias contravencionales por accidentes de tránsito con lesionados o muertos
En Colombia las autoridades de tránsito cuentan con la función de policía judicial para adelantar los actos urgentes en los accidentes de tránsito donde resulten personas lesionadas o muertas (delitos culposos), tales como inspección en el lugar de los hechos, inspección del cadáver, entrevistas, in...
- Autores:
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Leguizamon España, Caren Yuliana
Mesa Restrepo, Oved de Jesús
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2024
- Institución:
- Corporación Universitaria Remington
- Repositorio:
- Repositorio institucional Uniremington
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.uniremington.edu.co:123456789/5021
- Acceso en línea:
- https://repositorio.uniremington.edu.co/handle/123456789/5021
- Palabra clave:
- Informe policial de accidente de tránsito (IPAT)
Accidente de tránsito
Audiencia contravencional
Responsabilidad contractual
Accidentes de tránsito
Delitos culposos
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional (CC BY-NC-ND 4.0)
Summary: | En Colombia las autoridades de tránsito cuentan con la función de policía judicial para adelantar los actos urgentes en los accidentes de tránsito donde resulten personas lesionadas o muertas (delitos culposos), tales como inspección en el lugar de los hechos, inspección del cadáver, entrevistas, interrogatorios, etc.; para ello dependen funcionalmente del fiscal general y de sus delegados a quienes deben entregar un informe ejecutivo para que asuman la dirección, coordinación y control de la investigación. El objetivo del presente artículo es realizar un análisis entre el procedimiento que realizan los organismos de tránsito del Distrito Capital de Bogotá y la ciudad de Cali (donde no se adelanta audiencia contravencional), comparado con el procedimiento realizado por el organismo de tránsito del Distrito Especial de Ciencia, Tecnológica e Innovación de Medellín donde solo se le entrega informe ejecutivo a la fiscalía en los casos que se conocen de manera oficiosa (homicidios y lesiones personales a menores de edad) además, en todos los casos se envía copia del informe policial de accidente de tránsito a la inspección para que adelante un proceso administrativo sancionatorio. Se llega a la conclusión que los organismos de tránsito efectivamente pueden adelantar dicho proceso contravencional de manera paralela con la indagación e investigación realizada por la fiscalía, siempre y cuando exista una orden de comparendo por una infracción compleja. |
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