El deber de los hijos en la asistencia alimentaria de los padres

La legislación colombiana consagra la obligación legal y constitucional de los hijos de brindar asistencia alimentaria a sus padres, entendida como el suministro de habitación, vestido, atención médica y cuidados especiales. El problema central gira en torno a los presupuestos legales necesarios par...

Full description

Autores:
Clavijo Hernández, Yesenia
Rúa Jaramillo, Saray Camely
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2025
Institución:
Corporación Universitaria Remington
Repositorio:
Repositorio institucional Uniremington
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repositorio.uniremington.edu.co:123456789/7514
Acceso en línea:
https://repositorio.uniremington.edu.co/handle/123456789/7514
Palabra clave:
Obligaciones
Alimentos
Padres
Asistencia
Legislación (Colombia)
Paternidad (Derecho)
Obligación alimentaria
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional (CC BY-NC-ND 4.0)
Description
Summary:La legislación colombiana consagra la obligación legal y constitucional de los hijos de brindar asistencia alimentaria a sus padres, entendida como el suministro de habitación, vestido, atención médica y cuidados especiales. El problema central gira en torno a los presupuestos legales necesarios para que se declare esta obligación, y si los hijos adoptivos o de crianza están igualmente obligados a partir de esta cuestión surge la pregunta de investigación es: ¿Cuáles son los fundamentos jurídicos que exigen a los hijos proporcionar alimentos a sus padres y cómo aplica esta obligación en los casos de hijos adoptivos o de crianza? El objetivo general es analizar el marco normativo colombiano que regula dicha obligación filial. Se utilizó un método cualitativo de análisis documental, revisando normas constitucionales, civiles y leyes. Los principales resultados muestran que la Constitución (arts. 42 y 46) y el Código Civil (arts. 411, 251 y 252) fundamentan esta obligación, complementada por leyes como la 1251 de 2008, 1315 de 2009 y 1850 de 2017. La conclusión más representativa es que la asistencia alimentaria es un deber basado en la solidaridad familiar, y que, bajo ciertos criterios jurídicos, también puede recaer sobre hijos adoptivos o de crianza, siempre que exista un vínculo legal o afectivo reconocido.