Impacto del nuevo impuesto al consumo en los restaurantes de Palmira Valle

Los restaurantes del municipio de Palmira Valle desde el 01 de enero del 2013 dejaron de ser responsables por el impuesto a las ventas, a excepción de quienes funcionen bajo contratos de catering, franquicias o presten servicio dentro de colegios y/o universidades. Después de la ley 1607 del 2012 pa...

Full description

Autores:
Gómez Barreiro, Lina Marcela
Rivera Figueroa, Gheraldinn
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2013
Institución:
Universidad del Valle
Repositorio:
Repositorio Digital Univalle
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bibliotecadigital.univalle.edu.co:10893/16896
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/10893/16896
Palabra clave:
Impuesto al consumo
Restaurantes
Palmira (Valle del Cauca)
Rights
openAccess
License
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Description
Summary:Los restaurantes del municipio de Palmira Valle desde el 01 de enero del 2013 dejaron de ser responsables por el impuesto a las ventas, a excepción de quienes funcionen bajo contratos de catering, franquicias o presten servicio dentro de colegios y/o universidades. Después de la ley 1607 del 2012 pasaron a ser responsables por el nuevo impuesto al consumo que recae sobre el servicio de expendio de comidas con una tarifa del 8%. En el impuesto al consumo se distingue un régimen simplificado y un régimen común, donde los primeros son aquellos que tuvieron ingresos en el año anterior inferiores a 4.000 UVT sin la obligación de declarar el impuesto pero si de presentar informe de ingresos y los segundos son aquellos que por ley deben facturar, declarar y pagar el impuesto por periodos bimestrales a la Dirección de Aduanas e Impuesto Nacionales, como lo realizaban quienes bajo el IVA pertenecían al régimen común. El IVA y el impuesto al consumo son dos impuestos que aunque tienen similitudes entre sí no son iguales, ni uno puede reemplazar al otro, ya que incluso no es posible descontarlos entre sí, por lo tanto quien haya pagado IVA en una compra no podrá descontar este valor del total a pagar por impuesto al consumo ya que éste último no maneja descontables por ningún concepto.