Efecto financiero de la ley 716 de 2001 en el Municipio de Pradera - Valle del Cauca.

En Colombia los entes públicos siempre han tenido una gran responsabilidad Social para con los usuarios de la información financiera, hecho que representa una gran carga legal para los administradores públicos, y en forma directa, a los profesionales de la contaduría pública ubicados en cada una de...

Full description

Autores:
Possú Delgado, Sinthya
Caicedo Caicedo, Nancy Patricia
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2012
Institución:
Universidad del Valle
Repositorio:
Repositorio Digital Univalle
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bibliotecadigital.univalle.edu.co:10893/18690
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/10893/18690
Palabra clave:
Normas contables
Ley 716 / 2001. Depuración contable
Políticas contables
Análisis financiero
Saneamiento fiscal
Pradera (Valle del Cauca)
Rights
openAccess
License
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Description
Summary:En Colombia los entes públicos siempre han tenido una gran responsabilidad Social para con los usuarios de la información financiera, hecho que representa una gran carga legal para los administradores públicos, y en forma directa, a los profesionales de la contaduría pública ubicados en cada una de las empresas, y quienes son los encargados de revelar las operaciones de las empresas de forma transparente y fidedigna. Para que dicha labor de revelación financiera plena sea clara y contundente, les corresponde a los organismos competentes como a la ciudadanía en general, entregarle a las entidades estatales instrumentos, no sólo normativos sino de apoyo, que faciliten la tarea de suministrar cifras ajustadas a la realidad económica del país, además de materializar el mandato constitucional contenido en el artículo 113 en el sentido de que ¿...los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines.¿ Todo esto con el fin de cumplir con la responsabilidad constitucional y legal de presentarle al país información financiera y contable oportuna, confiable y socialmente útil, que sirva de herramienta de gestión a los administradores públicos y para el ejercicio del control en todas sus formas. Es así como la Contraloría General de la Nación emitió en el 2001, una ley que permitiera adelantar gestiones administrativas necesarias para depurar la información contable, de manera que en los estados financieros se revele en forma fidedigna la realidad económica, financiera y patrimonial de las entidades públicas. Dicha ley se denominó ¿ley 716 de 2001¿ que es la Ley de Saneamiento Contable, la cual debería establecer la existencia real de bienes, derechos y obligaciones que afectan el patrimonio público, depurando y castigando los valores que presentan un estado de cobranza o pago incierto, para proceder si fuera el caso a su eliminación o incorporación de conformidad con los lineamientos de dicha ley. Tratándose del saneamiento contable, el artículo 7º de la Ley 716 de 2001 dispone que la Contaduría General de la Nación ¿CGN- tiene la responsabilidad de establecer los procedimientos para el registro contable de las operaciones que se deriven del proceso de depuración y saneamiento contable. El artículo 4º de la misma Ley, modificado y adicionado por el artículo 2º de la Ley 901 de 2004, expresa la obligatoriedad que tienen los entes públicos para relacionar en un boletín las acreencias a su favor pendientes de pago, siempre que cumplan con las condiciones de cuantía y antigüedad. Con base en lo anterior, el presente trabajo de investigación pretende describir los procedimientos que adelanto el Municipio de Pradera-Valle del Cauca, para dar cumplimiento al desarrollo de la Ley 716 de 2001.