La cesión de derechos litigiosos como elemento eximente frente la obligación del estado de reparar los perjuicios ocasionados por violación de derechos humanos ante casos que cursen en la jurisdicción contenciosa colombiana

En Colombia particularmente, debido a la tradición conflictiva que aún hoy día golpea a la sociedad, ha sido blanco de críticas internacionales por violar, por medio de sus agentes, derechos humanos en toda la geografía nacional, que han motiva fallos en contra por parte de la Corte Interamericana d...

Full description

Autores:
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2015
Institución:
Universidad Militar Nueva Granada
Repositorio:
Repositorio UMNG
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.unimilitar.edu.co:10654/13800
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/10654/13800
Palabra clave:
Derecho de cesión, daño antijurídico, Sistema Interamericano de Derechos Humanos, justa reparación, indemnización.
CESION DE DERECHOS
INDEMNIZACION JUDICIAL
INDEMNIZACION POR DAÑOS DE GUERRA
Right to transfer, unlawful damage , Inter-American Human Rights, fair compensation
Rights
License
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Description
Summary:En Colombia particularmente, debido a la tradición conflictiva que aún hoy día golpea a la sociedad, ha sido blanco de críticas internacionales por violar, por medio de sus agentes, derechos humanos en toda la geografía nacional, que han motiva fallos en contra por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En ese contexto, pululan las demandas no solo ante la jurisdicción contencioso administrativa, sino también ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, buscando justicia, verdad, reparación y garantías de no repetición. Esa situación, aunado a otros factores, ha colapsado los despachos judiciales, haciendo que las decisiones sean cada vez más tardías y en consecuencia el concepto de justicia pierda su verdadera esencia restaurativa, circunstancia que puede ser aprovechada por mercaderes tentados a comprar derechos litigiosos de víctimas inermes ante el sistema judicial y su tramitología, pagándoles sumas irrisorias a cambio de los derechos litigiosos. Desde ese punto de vista, la respuesta al interrogante planteado en este trabajo, es que la cesión de derechos litigiosos en tratándose de derechos humanos vulnerados, se puede entender como un elemento eximente de responsabilidad Estatal frente a la obligación de reparar los perjuicios ocasionados a la víctima, habida cuenta que la reparación es de carácter personal y busca, en beneficio del afectado, no solo resarcirlo económicamente, sino también desagraviarlo procurándole una rehabilitación, desentrañar la verdad y garantizarle no repetición, como ya se dijo.