Discrecionalidad del operador disciplinario para tasar la sanción
La Ley 734 de 2002, le otorga al operador disciplinario la FACULTAD para tasar o establecer la cantidad de sanción cuando se trata de inhabilidad general o especial, suspensión simple o suspensión con inhabilidad y multa. destitución, y la amonestación En el caso de la no hay facultad del operador d...
- Autores:
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2015
- Institución:
- Universidad Militar Nueva Granada
- Repositorio:
- Repositorio UMNG
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.unimilitar.edu.co:10654/14038
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/10654/14038
- Palabra clave:
- Sanción, falta disciplinaria, culpa, administración, operador disciplinario, disciplinado, responsabilidad.
DISCRECIONALIDAD JUDICIAL
SANCIONES LEGALES
Sanction disciplinary offense, guilt, administration, disciplinary operator, disciplined, responsible.
- Rights
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | La Ley 734 de 2002, le otorga al operador disciplinario la FACULTAD para tasar o establecer la cantidad de sanción cuando se trata de inhabilidad general o especial, suspensión simple o suspensión con inhabilidad y multa. destitución, y la amonestación En el caso de la no hay facultad del operador disciplinario para determinar la cantidad en primer lugar porque no admite esa modalidad y en segundo lugar porque los términos para esta clase de sanción viene dada previamente por el legislador. Por lo anterior se hace necesario estudiar y entender el desarrollo dogmático de la sanción disciplinaria prevista en la Ley 734 de 2002, en los casos de inhabilidad general o especial, en la suspensión simple o suspensión con inhabilidad y multa. |
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