Ley 1697 de 2013 Estampilla Pro Universidad Nacional de Colombia y demás universidades estatales de Colombia. De la subjetividad jurídica a la aplicación práctica

El Congreso de la Republica el 20 de diciembre de 2013 crea la Estampilla Pro Universidad Nacional de Colombia y demás Universidades Estatales de Colombia (Ley 1697, 2013), La cual es una contribución parafiscal creada con el fin de fortalecer a las universidades estatales a nivel nacional. Para la...

Full description

Autores:
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2019
Institución:
Universidad Militar Nueva Granada
Repositorio:
Repositorio UMNG
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.unimilitar.edu.co:10654/21178
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/10654/21178
Palabra clave:
Tributo
Recaudo
Ley 1697 de 2013
Universidades
Educación
FINANCIACION DE LA EDUCACION
AYUDA ESTATAL A LA EDUCACION
Tribute
Revenue
Law 1697 of 2013
Universities
Education
Rights
License
Derechos Reservados - Universidad Militar Nueva Granada, 2019
Description
Summary:El Congreso de la Republica el 20 de diciembre de 2013 crea la Estampilla Pro Universidad Nacional de Colombia y demás Universidades Estatales de Colombia (Ley 1697, 2013), La cual es una contribución parafiscal creada con el fin de fortalecer a las universidades estatales a nivel nacional. Para la distribución de los recursos se estableció que durante los primeros cinco años de entrada en vigencia el 70% de lo recaudado estará destinado a la Universidad Nacional de Colombia y el 30% restante se distribuirá en las demás universidades estatales a nivel nacional. Estos recursos deben ser destinados para temas de mejoras locativas de las universidades, modernización, subsidios a estudiantes, desarrollo de nuevos campus universitarios. Transcurridos cinco años de entrada en vigencia se realizará una redistribución de recursos quedando el 30% de lo recaudado destinado para la Universidad Nacional de Colombia y el 70% restante se distribuirá en las demás universidades estatales. El hecho generador de esta estampilla está constituido por los contratos de obra pública y conexos a esté tales como estudios, diseños, gerencia de proyectos, interventoría, supervisión, entre otros, suscritos por las entidades de orden nacional y cuya ejecución sea con el Presupuesto General de la Nación.