La esencia humana detrás de la conciliación extrajudicial en derecho

En principio debemos entender que como seres humanos estamos en una constante interacción con nuestra cotidianidad, al igual que con nuestro entorno y con las situaciones que nos rodean; trayendo como consecuencia la generación de conflictos de forma casi natural que hace que el ser humano tenga que...

Full description

Autores:
Velásquez Gamboa, Lizeth Katherine
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2022
Institución:
Universidad Militar Nueva Granada
Repositorio:
Repositorio UMNG
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.unimilitar.edu.co:10654/41361
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/10654/41361
Palabra clave:
CONCILIACION (DERECHO PENAL)
HUMANISMO
COMUNICACION NO VERBAL (PSICOLOGIA)
Conciliation
humanization
transformation
body language.
Conciliación
humanización
transformación
lenguaje corporal.
Rights
openAccess
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
Description
Summary:En principio debemos entender que como seres humanos estamos en una constante interacción con nuestra cotidianidad, al igual que con nuestro entorno y con las situaciones que nos rodean; trayendo como consecuencia la generación de conflictos de forma casi natural que hace que el ser humano tenga que buscar de forma constante soluciones a tales conflictos, es por lo anterior que nos enfocaremos en el mecanismo alternativo de solución de conflictos que se denomina “La Conciliación Extrajudicial en Derecho” la esencia humana detrás del mismo , entendiendo también como con la nueva cotidianidad que se desprende de la virtualidad se han presentado cambios en la conciliación, tanto para las partes como para los conciliadores. En este ensayo se pretende reflexionar sobre como la esencia humana en la conciliación extrajudicial en derecho, sufre una transformación conductual y emocional debido a la virtualidad, ya sea que se esté como parte o como conciliador, toda vez que se genera barreras que impiden que esa esencia humana pueda ser expuesta a través de las herramientas tecnológicas y por lo mismo se hace mayormente difícil conocer en forma plena y veraz los reales intereses y necesidades de las partes, no solo de ellas hacía el conciliador, sino de éstas entre sí, que es lo que realmente importa. Es de crucial importancia que independientemente de si se realiza la conciliación presencial o virtual, se deba entender que se hace necesario la expresión y entendimiento de las emociones y sentimientos de las partes en conflicto, para abordar el manejo de este, que conlleve a la transformación de las dinámicas de comunicación, de interactuar, de las partes, en pro de la construcción del tejido social, y así se deje de ver a la conciliación como un simple requisito de procedibilidad.