La complicidad como dispositivo amplificador de la falta disciplinaria

La complicidad entendida como el acuerdo de voluntades de uno o más individuos para el logro de un fin, el cual generalmente está determinado por conductas dolosas o gravemente culposas, ha posibilitado que algunos servidores públicos dentro del marco de las Relaciones Especiales de Sujeción, con es...

Full description

Autores:
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2014
Institución:
Universidad Militar Nueva Granada
Repositorio:
Repositorio UMNG
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.unimilitar.edu.co:10654/11537
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/10654/11537
Palabra clave:
Derecho Administrativo Sancionador
Ius puniendi
Complicidad
Tipo disciplinario
Autor
COMPLICES
DERECHO ADMINISTRATIVO
FUNCIONARIOS PUBLICOS
Sanctioning Administrative Law
Ius punish
Complicity
a disciplinary
Author
Rights
License
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Description
Summary:La complicidad entendida como el acuerdo de voluntades de uno o más individuos para el logro de un fin, el cual generalmente está determinado por conductas dolosas o gravemente culposas, ha posibilitado que algunos servidores públicos dentro del marco de las Relaciones Especiales de Sujeción, con este comportamiento asociado logren vulnerar el ordenamiento jurídico, así como los principios de la función administrativa consagrados en la norma superior . En este orden de ideas y sin apartarnos de las orientaciones del Estado Social de Derecho, proponemos el accionar del ius puniendi, para que el legislador regule la complicidad en sede disciplinaria; tal como lo han estructurado los Estados liberales actuales, tanto en el Derecho Penal como en el Derecho Administrativo Sancionador.