Convalidación de la confianza legítima para la seguridad jurídica en las decisiones de la administración pública en Colombia
La presente investigación tiene por objeto, establecer los fundamentos constitucionales que permitan convalidar a la confianza legítima para obtener la seguridad jurídica en las decisiones de la Administración Pública en Colombia, teniendo en cuenta que esta figura no hace parte del ordenamiento con...
- Autores:
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2017
- Institución:
- Universidad Militar Nueva Granada
- Repositorio:
- Repositorio UMNG
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- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/10654/16494
- Palabra clave:
- Fundamentos Constitucionales
buena fe
seguridad jurídica
confianza legítima
GESTION PUBLICA
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La presente investigación tiene por objeto, establecer los fundamentos constitucionales que permitan convalidar a la confianza legítima para obtener la seguridad jurídica en las decisiones de la Administración Pública en Colombia, teniendo en cuenta que esta figura no hace parte del ordenamiento constitucional colombiano, razón por la cual se hace necesario conocer su origen, evolución histórica, postulados teóricos y realizar un análisis jurisprudencial de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado, instancias que han venido involucrando la confianza legítima en el derecho colombiano, y en consecuencia establecer si es suficiente este respaldo para quienes adquirieron derechos y las decisiones respecto de quienes están frente a meras expectativas; contextos por los que es imperioso analizar si convalidar la confianza legítima con ciertos fundamentos de rango constitucional, coadyuva a generar una percepción de seguridad y por ende la eficacia propia de los actos administrativos, presupuestos que también son necesarios para inspirar las actuaciones por las que la administración revoca sus propios actos. Es así, que se percibe un panorama poco alentador cuando la administración de manera abrupta despoja de ciertas prerrogativas que venían gozando los administrados, sin que de manera previa se haya adelantado un período de transición en que se les brinde alternativas de solución, dejándoles en una situación de desprotección jurídica a la hora de pretender exigir la nulidad del acto administrativo y el restablecimiento de sus derechos soportados en la vulneración de la confianza legítima, cuando tal figura no tiene la categoría de principio constitucional que respalde con mayor eficacia el debido proceso ante las autoridades judiciales encargadas de definir el asunto. |
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Bogotá. Colombia, Corte Constitucional, Sentencia T-895 del 11 de noviembre de 2010, Magistrado Ponente: Dr. Nilson Pinilla Pinilla. Bogotá. Colombia, Corte Constitucional, Sentencia T-926 del 17 de noviembre de 2010, Magistrado Ponente: Dr. Jorge Ignacio Pretel Chaljub. Bogotá. Colombia, Corte Constitucional, Sentencia T-152 del 7 de marzo de 2011, Magistrado Ponente: Bertha Dr. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo. Bogotá. Colombia, Consejo de Estado, Sección Segunda, Sub sección A. (2013, 11 de julio). Sentencia 2011-00122-00, (0414-11), C.P. Gómez Aranguren, G.E. Bogotá. Colombia, Corte Constitucional, Sentencia T-244 del 31 de enero de 2012, M. P. Jorge Ignacio Pretel Chaljub.Bogotá. Colombia, Corte Constitucional, Sentencia T-437 del 25 de mayo de 2012, M. P: Adriana María Guillén Arango. Colombia, Corte Constitucional, Sentencia T-904 del 20 de julio de 2012, M. P. Bertha Dr. Jorge Ignacio Pretel Chaljub.Bogotá. Colombia, Corte Constitucional, Sentencia T-820 del 11 de enero de 2013, M.P: Dr. Mauricio González Cuervo. Bogotá. Colombia, Corte Constitucional, Sentencia T-386 del 28 de junio de 2013, M.P: Bertha Dra. María Victoria Calle Correa.Bogotá. Colombia, Corte Constitucional, Sentencia T-629 del 11 de septiembre de 2013, M.P:Dra. Alberto Rojas Ríos.Bogotá. Colombia, Corte Constitucional, Sentencia T-231 del 18 de abril de 2014, M.P: Dr. Jorge Ignacio Pretel Chaljub.Bogotá. Colombia, Corte Constitucional, Sentencia T-481 del 25 de julio de 2014, Magistrado Ponente: Bertha Dra. María Victoria Calle Correa. Colombia, Corte Constitucional, Sentencia C-179 del 13 de abril de 2016, M.P: Luis Guillermo Guerrero Pérez. Bogotá. Colombia, Consejo de Estado, Sentencia 2003-00401-01, del 14 de octubre de 2010, C. P.: Marco Antonio Velilla Moreno. Colombia, Consejo de Estado, Sentencia 08001-23-31-000-1995-09839-01 del 07 de julio de 2011, C.P: Olga Melida Valle De La Hoz. Colombia, Consejo de Estado, Sentencia 6800-23-15-000-2000-02823-0216 de Junio de 2011, C. P.: María Elizabeth García González. Colombia, Consejo de Estado, sentencia 47001-23-33-000-2013-00224-01, del 06 de marzo de 2014, C. P.: Ariel Salazar Ramírez. Colombia, Consejo de Estado, Sentencia 2013-00224--01- del 6 de Marzo de 2014, C.P : Ariel Salazar Ramírez Colombia, Consejo de Estado, Sentencia 11001-03-15-000-2013-01691-01, del 21 de mayo de 2014, C. P.: Martha Teresa Briceño De Valencia. Colombia, Consejo de Estado, sentencia 13001-23-33-000-2014-00145-01, del 26 de Junio de 2014, C. P. Gerardo Arenas Monsalve. Colombia, Consejo de Estado, sentencia 11001-03-15-000-2013-01506-01, del 30 de Julio de 2014.C. P.: Luis Rafael Vergara Quintero. Colombia, Consejo de Estado, sentencia 25000-23-41-000-2014-01193-01 del 05 de febrero de 2015. C. P.: Susana Buitrago Valencia. Colombia, Consejo de Estado, Sección Segunda, Sub sección A. (2013, 11 de julio). Sentencia 2011-00122-00, (0414-11), C.P. Gómez Aranguren, G.E. Bogotá. Colombia, Corte Suprema de Justicia, Sala Civil, (2016,02 de enero) Sentencia STC-765-2016, M.P. Tolosa Luis Armando. Bogotá. Bermúdez Soto. J. (2005). El principio de confianza legítima en la actuación de la administración como límite a la potestad invalidatoria. Santiago de Chile. Revista Derecho Valdivia) Vol. 18. (83 – 105). Recuperado el 21 de noviembre de 2014 de http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-09502005000200004. Cornu, Laurence, (1991). La confianza en las relaciones pedagógicas. Recuperado el 22 de abril de 2017de:http://bibliopsi.org/docs/materias/obligatorias/CFP/educacional/erausquin/Unidad%204/105.%20Cornu,%20La%20confianza%20en%20las%20relaciones%20pedagogicas.pdf Mario Daza, Mario: (2010: 5-6). Bloque de Constitucionalidad. Recuperado el 16 de abril de 2017dehttps://derechopublicomd.blogspot.com.co/2010/10/el-bloque-de-constitucionalidad.html Falcón & Tella, (2007-152). 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Cubides Cárdenas, Jaime AlfonsoSuárez Salguero, Luz Yanethluzyass@hotmail.comEspecialista en Derecho AdministrativoCalle 1002017-09-05T13:53:44Z2019-12-30T16:46:20Z2017-09-05T13:53:44Z2019-12-30T16:46:20Z2017-06-15http://hdl.handle.net/10654/16494La presente investigación tiene por objeto, establecer los fundamentos constitucionales que permitan convalidar a la confianza legítima para obtener la seguridad jurídica en las decisiones de la Administración Pública en Colombia, teniendo en cuenta que esta figura no hace parte del ordenamiento constitucional colombiano, razón por la cual se hace necesario conocer su origen, evolución histórica, postulados teóricos y realizar un análisis jurisprudencial de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado, instancias que han venido involucrando la confianza legítima en el derecho colombiano, y en consecuencia establecer si es suficiente este respaldo para quienes adquirieron derechos y las decisiones respecto de quienes están frente a meras expectativas; contextos por los que es imperioso analizar si convalidar la confianza legítima con ciertos fundamentos de rango constitucional, coadyuva a generar una percepción de seguridad y por ende la eficacia propia de los actos administrativos, presupuestos que también son necesarios para inspirar las actuaciones por las que la administración revoca sus propios actos. Es así, que se percibe un panorama poco alentador cuando la administración de manera abrupta despoja de ciertas prerrogativas que venían gozando los administrados, sin que de manera previa se haya adelantado un período de transición en que se les brinde alternativas de solución, dejándoles en una situación de desprotección jurídica a la hora de pretender exigir la nulidad del acto administrativo y el restablecimiento de sus derechos soportados en la vulneración de la confianza legítima, cuando tal figura no tiene la categoría de principio constitucional que respalde con mayor eficacia el debido proceso ante las autoridades judiciales encargadas de definir el asunto.This research aims to establish the constitutional foundations that allow validate the legitimate expectations to get a sense of legal certainty in the decisions of the Public Administration in Colombia, given that this figure is not part of the constitutional order, reason why it is necessary to advance a series of investigations that reveal the origin, historical evolution, theoretical postulates and jurisprudential analysis of the Constitutional Court and the State Council, instances latter are the architects of involvement so far, the legitimate expectation Colombian law, and thus establish whether sufficient this support for administrative actions that create legal situations individuals either vesting or conversely the failure to protect them, contexts for which it is imperative to pretend that the legitimate expectations with certain fundamentals of constitutional status that provide a sense of security validates and therefore the actual effectiveness of administrative acts, budgets are also needed to inspire the actions by the administration sometimes revoked their own actions. In this way, a somber picture is perceived when the management abruptly despoiled of certain privileges that came enjoying managed without prior manner has advanced a transition period to be provided with alternative solutions, leaving them in a situation of legal vulnerability when trying to demand the annulment of the administrative act and restores their rights supported breach of legitimate expectations when such a figure does not have the status of constitutional principle, to support more effectively due proceedings before the judicial authorities to define the issue.pdfspaUniversidad Militar Nueva GranadaFacultad de DerechoEspecialización en Derecho AdministrativoFundamentos Constitucionalesbuena feseguridad jurídicaconfianza legítimaGESTION PUBLICABUENA FE (DERECHO)TOMA DE DECISIONESConstitutional Foundationsgood faithlegal certaintylegitimate expectationsConvalidación de la confianza legítima para la seguridad jurídica en las decisiones de la administración pública en ColombiaConvalidation of legitimate confidence for legal security in the decisions of the public administration in Colombiainfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisTrabajo de gradohttp://purl.org/coar/resource_type/c_7a1fAlexi, R. (2007). Teoría de la argumentación jurídica. España. Centro de Estudios Constitucionales.Arciniegas Vivero F. (2004). La protección de la confianza legítima y su aplicación a la contratación estatal. Bogotá. Revista Derecho Público de la Universidad de los Andes, ejemplar No. 17 (123 – 148).Atienza M. (2003). Sentido del Derecho. Barcelona. Ariel.Balbuena Hernández G. (2008). Tesis: La defraudación de la confianza legítima. Bogotá, Universidad Externado de Colombia.Bobbio, Norberto (1994). Teoría General del Derecho. Bogotá. Editorial Temis, S.A.Cajarville, Juan C. (2013). La buena fe y su aplicación en el derecho argentino. Buenos Aires. Revista Prudenta.Eastman, Robledo, J.M. (1996). Del principio de la buena fe en las actuaciones administrativas. Bogotá. Edisoma Ltda.Ferrajoli, Luigi. (2001). Los fundamentos de los derechos fundamentales. Madrid. Trotta.García, D, E (1997). Las transformaciones de la justicia administrativa. Madrid. Cantabria.García Macho, R. (1987). Contenido y límite del principio de confianza legítima. Sevilla. REDA.García, Macho, R. (1987). El Derecho Administrativo. Sevilla. UJI.García Mainéz E. (1968). El Positivismo Jurídico y Realismo. Ciudad de México. Fontamara.González Cerón. N. (2008). Tesis: El principio de la confianza legítima en la actuación administrativa como límite a la revocatoria de los actos administrativos. Bogotá. Universidad Santo Tomás.Habermas, J. (1992). Facticidad y Validez sobre el derecho y el estado democrático. Madrid. Trotta.Kelsen, H. (1979). Teoría General de Derecho y del Estado. México, D.F. UNAM.López M., (1993). Que es la seguridad jurídica. Bogotá. Legis EditoresLópez M. (1996). La Conciencia Jurídica Clásica. Bogotá. Legis Editores.López Oliva, J.O. (2011). Revista Prolegómenos - Derechos y Valores. Tomo II Bogotá.Mestre de Tobón, O. (1997). El Estado de Derecho en Colombia. Bogotá. Temis.Páez D. & Perafán B., & Amaya, R. (2013). La desconfianza en el derecho. Bogotá. Revista Derecho Público, Universidad de los Andes.Pérez, Luño. (1994). La seguridad jurídica. Barcelona. Ariel S.A.Roa Jorge. (2009). La Protección del Espacio Público y los derechos de los trabajadores informales. Bogotá. Revista Derecho del Estado. Universidad de los Andes.Rodríguez, Gutiérrez. A. (2012). El derecho al espacio público: ¿Un tema urbanístico o de constitucionalismo humano? Tunja. Revista Principia Iuris, Universidad Santo Tomás.Rodríguez, R, Libardo, (2011). Derecho Administrativo. Bogotá. Editorial Temis.Rozo, A, Maldonado, C. &Anzola, G. (1987). La Constitución de 1886 en el Derecho Comparado. Bogotá. Librería del profesional.Viana Cleves, M.J. (2007). El principio de confianza legítima en el derecho administrativo colombiano. Bogotá. Digiprint Editores EU.Colombia, Congreso de la República. (2012). Constitución Política de Colombia, Bogotá. Temis.Colombia, Congreso de la República. (2012). Ley 1437 del 8 de enero de 2011, por medio de la cual se expide el Código Contencioso Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Bogotá. Leyer.Colombia, Corte Constitucional, Sala Plena de Constitucionalidad. (2002, 05 de septiembre). Sentencia T-730 de 2002, (T-593714), M.P. Cepeda Espinosa, M. J. Bogotá.Colombia, Corte Constitucional, Sala Tercera de Revisión (2003, 4 de septiembre) Sentencia T-772 de 2003, (T-728123), M.P. Cepeda Espinosa, M. J., C.C. Bogotá.Colombia, Corte Constitucional, Sala Novena de Revisión (2009, 16 de julio) Sentencia T-472 de 2009, (T-2234101), M.P. Palacio, J. I., C.C. Bogotá.Colombia, Corte Constitucional, Sentencia T-210 del 23 de marzo de 2010, M.P. Juan Carlos Henao Pérez. Bogotá.Colombia, Consejo de Estado, Sentencia 63001-23-31-000-2005-01898-01 del 12 de agosto 2010, C. P.: María Claudia Rojas Lasso. BogotáColombia, Corte Constitucional, Sentencia C-639 del 17 de agosto de 2010, Magistrado Ponente: Dra. Humberto Antonio Sierra Porto. 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Bertha Dr. Jorge Ignacio Pretel Chaljub.Bogotá.Colombia, Corte Constitucional, Sentencia T-820 del 11 de enero de 2013, M.P: Dr. Mauricio González Cuervo. Bogotá.Colombia, Corte Constitucional, Sentencia T-386 del 28 de junio de 2013, M.P: Bertha Dra. María Victoria Calle Correa.Bogotá.Colombia, Corte Constitucional, Sentencia T-629 del 11 de septiembre de 2013, M.P:Dra. Alberto Rojas Ríos.Bogotá.Colombia, Corte Constitucional, Sentencia T-231 del 18 de abril de 2014, M.P: Dr. Jorge Ignacio Pretel Chaljub.Bogotá.Colombia, Corte Constitucional, Sentencia T-481 del 25 de julio de 2014, Magistrado Ponente: Bertha Dra. María Victoria Calle Correa.Colombia, Corte Constitucional, Sentencia C-179 del 13 de abril de 2016, M.P: Luis Guillermo Guerrero Pérez. Bogotá.Colombia, Consejo de Estado, Sentencia 2003-00401-01, del 14 de octubre de 2010, C. 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