¿Hasta dónde va la autonomía de las entidades estatales para decidir que contratos debe liquidar y como esta decisión impacta en la transparencia de la misma?
El presente trabajo tiene como fin analizar la liquidación de los contratos estatales desde tres puntos de vista. El primero, desde la norma; en donde se analizará desde el estatuto de contratación estatal (Ley 80 de 1993), hasta el Decreto 0019 de 2012 (último documento que trata el tema). En esta...
- Autores:
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2016
- Institución:
- Universidad Militar Nueva Granada
- Repositorio:
- Repositorio UMNG
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.unimilitar.edu.co:10654/15441
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/10654/15441
- Palabra clave:
- Liquidación
Leyes
representante legal
delegatario
normas
AUTONOMIA
CONTRATOS PUBLICOS
CONTRATOS ADMINISTRATIVOS
LIQUIDACION DE NEGOCIOS
Settlement
Law
legal representative
delegatee
standards
- Rights
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | El presente trabajo tiene como fin analizar la liquidación de los contratos estatales desde tres puntos de vista. El primero, desde la norma; en donde se analizará desde el estatuto de contratación estatal (Ley 80 de 1993), hasta el Decreto 0019 de 2012 (último documento que trata el tema). En esta primera parte se criticará la subjetividad de lo que pretende la Ley y lo que en realidad especifica. En segundo lugar, desde la entidad estatal; comparando la norma y la interpretación que le dan estas e indagando los manuales de contratación estatal de veinte (20) entidades que obtuvieron mayor puntaje en la calificación ITP (puntaje que da la corporación Transparencia por Colombia; entidad no gubernamental que ayuda al control social en varios países del mundo). Seguido a esto, se tomará como año de estudio, la vigencia fiscal 2013; año que por ley y a la fecha, debería tener liquidados todos los contratos suscritos dentro del mismo. Para lo anterior se Solicitará a estas entidades, la cantidad de contratos suscritos en la vigencia fiscal de estudio y de esos, cuales fueron liquidados; confrontando además esa información con lo contenido en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP). En tercer lugar, desde los entes de control, en donde se solicitará a la Contraloría General de la República los informes de auditoría de la vigencia 2013 de estas entidades; con el fin de verificar el control que hay con respecto al tema de interés del presente ensayo. Los juicios aquí enunciados son a título personal del ensayista, basados en la interpretación de la evidencia recolectada para la demostración del problema planteado. Todo desde un ámbito netamente académico. |
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