ALCANCE DE LA REPARACIÓN INTEGRAL FRENTE AL DAÑO A LA SALUD EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD DEL ESTADO

En Colombia se ha establecido un régimen de responsabilidad, donde es necesario que se configuren ciertos parámetros que permitan generar responsabilidad patrimonial del Estado. Lo anterior, se ha establecido en virtud del artículo 90 de la Constitución Política de Colombia. Así pues, el daño para q...

Full description

Autores:
ANA KARINA RADA CABRERA, MANUEL JOSE CABRERA HURTADO Y FELIPE DE JESUS RICARDO MORA
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2022
Institución:
Universidad del Magdalena
Repositorio:
Repositorio Unimagdalena
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repositorio.unimagdalena.edu.co:123456789/12475
Acceso en línea:
https://repositorio.unimagdalena.edu.co/handle/123456789/12475
Palabra clave:
1. El principio de reparación integral, su concepto en la responsabilidad y su marco normativo; 2. Analizar el daño a la salud y su evolución histórica al interior de la jurisdicción contencioso-administrativa. y 3. Daño a la salud.
Rights
openAccess
License
Acceso Abierto
Description
Summary:En Colombia se ha establecido un régimen de responsabilidad, donde es necesario que se configuren ciertos parámetros que permitan generar responsabilidad patrimonial del Estado. Lo anterior, se ha establecido en virtud del artículo 90 de la Constitución Política de Colombia. Así pues, el daño para que pueda ser resarcible debe acontecer de carácter antijurídico, esto es, que el afectado no tiene el deber de tolerarlo, a su vez, debe tratarse de un daño real y que este se encuentre amparado y protegido en el ordenamiento jurídico de Colombia. En efecto, se ha logrado comprender que existen tipos de daños resarcibles que permiten la compensación de lesiones en la esfera de la responsabilidad del Estado, y a su vez, una ristra de perjuicios como el fisiológico, el daño en la vida de relación y alteraciones graves en las condiciones de existencia que con el tiempo y la evolución jurisprudencial han desencadenado críticas sobre el concepto de un nuevo perjuicio inmaterial reconocido como “daño a la salud”.