Reglamentación de créditos de consumo en línea en Colombia a la luz del derecho francés y su incidencia en la protección del consumidor financiero

La banca digital como nuevo escenario del desarrollo de la actividad bancaria, presupone para el consumidor financiero riesgos adicionales a los propios de tal actividad, lo cual pone en tela de juicio la protección de los derechos e intereses del consumidor. Dicha situación hace un llamado al Estad...

Full description

Autores:
Castillo Sierra, Maria Camila
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2021
Institución:
Universidad del Magdalena
Repositorio:
Repositorio Unimagdalena
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repositorio.unimagdalena.edu.co:123456789/21025
Acceso en línea:
https://repositorio.unimagdalena.edu.co/handle/123456789/21025
Palabra clave:
Banca digital, crédito de consumo, deber de información, protección al consumidor financiero, educación financiera.
Rights
restrictedAccess
License
Restringido
Description
Summary:La banca digital como nuevo escenario del desarrollo de la actividad bancaria, presupone para el consumidor financiero riesgos adicionales a los propios de tal actividad, lo cual pone en tela de juicio la protección de los derechos e intereses del consumidor. Dicha situación hace un llamado al Estado, quien en cumplimiento de sus deberes y en aras de garantizar el interés público y general debe buscar establecer el equilibrio en estas relaciones. En el ejercicio del análisis-comparativo legal entre la legislación francesa y colombiana frente al comercio de créditos de consumo digitales, expuesto en el presente informe, en Colombia parece ser que adquirir estos productos a través de estos canales, incrementa las brechas existentes entre el consumidor y la entidad bancaria relacionadas con la denominada asimetría de la información, tomando en cuenta factores como la precariedad de educación financiera en el contexto colombiano y la distancia física entre el consumidor y el empresario, en esta modalidad de comercio. Así mismo se logró constatar que, a diferencia de Francia, no existe en el sistema legal colombiano el ejercicio de prácticas por parte de los bancos que llamen a un responsable y sano consumo del crédito en Colombia, y por el contrario las entidades bancarias podrían estar actuando de manera irresponsable lo cual podría no permitir se alcance una real protección al consumidor financiero. De allí la necesidad de replantear lo que se tiene en materia de protección al consumidor financiero en los aspectos de conocimiento de las nuevas formas contractuales empleadas en la banca, pues el régimen puede resultar muy general y no abrazar los intereses del nuevo consumidor digital financiero.