Análisis de la imprescriptibilidad de los delitos de violencia intrafamiliar cometidos en víctimas menores de edad en Colombia

Anteriormente referenciamos el artículo 11 del Código de Infancia y Adolescencia, donde se consagra que cualquier persona puede exigir a la autoridad competente el cumplimiento y restablecimiento de los derechos de los niños, quienes son sujetos de especial protección constitucional, y asimismo teni...

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Autores:
Plazas Galindo, Maria Camila
Amaya Mora, Laura Katalina
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2024
Institución:
Universidad de Ibagué
Repositorio:
Repositorio Universidad de Ibagué
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repositorio.unibague.edu.co:20.500.12313/4406
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/20.500.12313/4406
Palabra clave:
Violencia intrafamiliar
Violencia intrafamiliar - Menores de edad - Víctimas
Imprescriptibilidad
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description Anteriormente referenciamos el artículo 11 del Código de Infancia y Adolescencia, donde se consagra que cualquier persona puede exigir a la autoridad competente el cumplimiento y restablecimiento de los derechos de los niños, quienes son sujetos de especial protección constitucional, y asimismo teniendo en cuenta el artículo 83 de la ley 2081 de 2021 el término de prescripción de la acción penal prescribirá en un tiempo igual al máximo de la pena fijada en la ley, si fuere privativa de la libertad, pero en ningún caso será inferior a cinco (5) años, ni excederá de veinte .Es importante tener en cuenta el análisis sobre el restablecimiento de los derechos de los niños, cuando fueron niños y que ahora son mayores de edad, quienes no pudieron bajo ciertas circunstancias el denunciar la violencia intrafamiliar a la que frecuentemente se enfrentaban. ¿Qué pasa con esto? ¿Por qué este artículo debe de ser específicamente para quienes aún son menores de edad y no para quienes vieron sus derechos fundamentales vulnerados aún en su niñez o adolescencia pero que ahora que son mayores quieren que estos derechos se les sean restablecidos? La norma debe de tener una interpretación más amplia en la que se tome en cuenta el cumplimiento y restablecimiento de los derechos de quienes fueron menores de edad y ya no lo son. ¿Por qué? porque en muchas ocasiones, si no es que en todas en las que un menor está envuelto un contexto de violencia, su cerebro aún no está desarrollado, así como sus habilidades socio-económicas tampoco y el alcance que puede tener es muy mínimo. Estas personas están en proceso de crecimiento y por lo tanto están en un estado vulnerable en el que aún dependen de sus padres tanto económicamente, como de manera afecto- filial. Los niños no son conscientes del peligro en el que están envueltos, una situación que amenaza con sus derechos fundamentales e incluso su vida, no saben que están en un contexto de violencia y que no está permitido por la Constitución Colombiana por lo que se crea una realidad donde se normaliza la violencia y no realizan ningún tipo de acción judicial porque su psiquis aun no dimensiona lo que está bien o mal debido a que ese ha sido su unico y mas fuerte círculo social: su familia. Existen muchos que continúan en la violencia y están conscientes de que esa no es la manera en la que un niño debería ser tratado, y está en la búsqueda de ayuda, sin embargo, como expuse anteriormente, al ser niños están atados de cierta manera bajo la responsabilidad económica social de los padres, donde continuamente son estos últimos quienes ejercen esta fuerza -manipulación- sobre el menor de edad para que este no exponga ante ninguna persona o autoridad competente la situación de maltrato que vive en su hogar. De qué manera podemos evidenciar la manipulación que los padres o quienes están a cargo del menor realizan? una de las manera que se utiliza para silenciar al niño que quiere contar su situación de violencia intrafamiliar, es convencerlo de que si habla se quedará solo y nadie mostrará afecto alguno por él o ella nunca más, incluidos sus progenitores; asimismo si denuncia, ya no tendrá más comida, estudio, vestimenta e incluso elementos esenciales dentro de la “alimentación” que comprende también la salud y recreación, componente esenciales en la vida de un menor de edad. Por último, se trae a colación otra manera de manipulación, y es anunciar amenazas tanto verbales como físicas de que si habla de lo que sucede en su círculo familiar, provocará lesiones personales e incluso la muerte a sus seres queridos e incluso a él o ella mismo (a). Teniendo en cuenta que las personas que incurren en el delito de violencia intrafamiliar son, por regla general, adultos, es evidente que estos últimos pueden ejercer fuerza y manipulación hacia los infantes y adolescente para influir según sea su conveniencia, lo que impide de manera importante el desarrollo mental del niño y asimismo obstruye que este pueda dar a conocer el contexto de violencia en el que viven. Un niño no tiene la capacidad cognitiva, física o económica para poder salir de esta “burbuja de vulneraciones de derechos” bajo sus propios medios, y las posibilidades se reducen aún más cuando se amenaza a un ser querido o él mismo para obtener su silencio. Es así como tenemos que la prescripción para delitos hacia menores es de 5 años, sin embargo, debería ser imprescriptible por cuando hay factores externos que imposibilitan que el niño inicie un proceso. Es más sensato el hacer que se vuelvan imprescriptibles todos estos delitos cometidos en el contexto de violencia intrafamiliar, dando la posibilidad a que quienes fueron víctimas de estas agresiones, puedan acceder al restablecimiento de sus derechos cuando se sientan preparados y asimilen sus vivencias.
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La norma debe de tener una interpretación más amplia en la que se tome en cuenta el cumplimiento y restablecimiento de los derechos de quienes fueron menores de edad y ya no lo son. ¿Por qué? porque en muchas ocasiones, si no es que en todas en las que un menor está envuelto un contexto de violencia, su cerebro aún no está desarrollado, así como sus habilidades socio-económicas tampoco y el alcance que puede tener es muy mínimo. Estas personas están en proceso de crecimiento y por lo tanto están en un estado vulnerable en el que aún dependen de sus padres tanto económicamente, como de manera afecto- filial. Los niños no son conscientes del peligro en el que están envueltos, una situación que amenaza con sus derechos fundamentales e incluso su vida, no saben que están en un contexto de violencia y que no está permitido por la Constitución Colombiana por lo que se crea una realidad donde se normaliza la violencia y no realizan ningún tipo de acción judicial porque su psiquis aun no dimensiona lo que está bien o mal debido a que ese ha sido su unico y mas fuerte círculo social: su familia. Existen muchos que continúan en la violencia y están conscientes de que esa no es la manera en la que un niño debería ser tratado, y está en la búsqueda de ayuda, sin embargo, como expuse anteriormente, al ser niños están atados de cierta manera bajo la responsabilidad económica social de los padres, donde continuamente son estos últimos quienes ejercen esta fuerza -manipulación- sobre el menor de edad para que este no exponga ante ninguna persona o autoridad competente la situación de maltrato que vive en su hogar. De qué manera podemos evidenciar la manipulación que los padres o quienes están a cargo del menor realizan? una de las manera que se utiliza para silenciar al niño que quiere contar su situación de violencia intrafamiliar, es convencerlo de que si habla se quedará solo y nadie mostrará afecto alguno por él o ella nunca más, incluidos sus progenitores; asimismo si denuncia, ya no tendrá más comida, estudio, vestimenta e incluso elementos esenciales dentro de la “alimentación” que comprende también la salud y recreación, componente esenciales en la vida de un menor de edad. Por último, se trae a colación otra manera de manipulación, y es anunciar amenazas tanto verbales como físicas de que si habla de lo que sucede en su círculo familiar, provocará lesiones personales e incluso la muerte a sus seres queridos e incluso a él o ella mismo (a). Teniendo en cuenta que las personas que incurren en el delito de violencia intrafamiliar son, por regla general, adultos, es evidente que estos últimos pueden ejercer fuerza y manipulación hacia los infantes y adolescente para influir según sea su conveniencia, lo que impide de manera importante el desarrollo mental del niño y asimismo obstruye que este pueda dar a conocer el contexto de violencia en el que viven. Un niño no tiene la capacidad cognitiva, física o económica para poder salir de esta “burbuja de vulneraciones de derechos” bajo sus propios medios, y las posibilidades se reducen aún más cuando se amenaza a un ser querido o él mismo para obtener su silencio. Es así como tenemos que la prescripción para delitos hacia menores es de 5 años, sin embargo, debería ser imprescriptible por cuando hay factores externos que imposibilitan que el niño inicie un proceso. Es más sensato el hacer que se vuelvan imprescriptibles todos estos delitos cometidos en el contexto de violencia intrafamiliar, dando la posibilidad a que quienes fueron víctimas de estas agresiones, puedan acceder al restablecimiento de sus derechos cuando se sientan preparados y asimilen sus vivencias.Previously we referenced article 11 of the Code of Childhood and Adolescence, which establishes that any person can demand from the competent authority the fulfillment and restoration of the rights of children, who are subjects of special constitutional protection, and also taking into account the article 83 of Law 2081 of 2021, the limitation period for the criminal action will expire in a time equal to the maximum penalty established by law, if it is deprivation of liberty, but in no case will it be less than five (5) years, nor will it exceed twenty. It is important to take into account the analysis on the restoration of the rights of children, when they were children and who are now of age, who were not able under certain circumstances to report the domestic violence that they frequently faced. . What's up with this? Why should this article be specifically for those who are still minors and not for those who saw their fundamental rights violated even in their childhood or adolescence but who now that they are older want these rights to be restored? The norm must have a broader interpretation that takes into account the fulfillment and restoration of the rights of those who were minors and are no longer minors. Because? because in many cases, if not all in which a minor is involved in a context of violence, his brain is not yet developed, nor are his socio-economic skills and the scope it can have is very minimal. These people are in the process of growing and therefore are in a vulnerable state in which they still depend on their parents both economically and in an affectionate-filial way. Children are not aware of the danger in which they are involved, a situation that threatens their fundamental rights and even their lives, they do not know that they are in a context of violence and that it is not permitted by the Colombian Constitution, which is why a reality where violence is normalized and they do not take any type of judicial action because their psyche still does not understand what is right or wrong because that has been their only and strongest social circle: their family. There are many who continue in violence and are aware that this is not the way a child should be treated, and are seeking help, however, as I explained previously, being children they are bound in a certain way under the social economic responsibility of the parents, where it is continually the latter who exert this force - manipulation - on the minor so that he or she does not expose the situation of abuse that he or she experiences in his or her home to any competent person or authority. How can we evidence the manipulation that the parents or those in charge of the minor carry out? One of the ways used to silence the child who wants to tell about his or her situation of domestic violence is to convince him or her that if he or she speaks, he or she will be left alone and no one will ever show any affection for him or her again, including his or her parents; Likewise, if you report, you will no longer have food, study, clothing and even essential elements within the “food” that also includes health and recreation, an essential component in the life of a minor. Finally, another way of manipulation is brought up, and that is to announce both verbal and physical threats that if you talk about what is happening in your family circle, it will cause personal injury and even death to your loved ones and even him or her. himself (a). Taking into account that the people who commit the crime of domestic violence are, as a general rule, adults, it is evident that the latter can exert force and manipulation towards children and adolescents to influence them according to their convenience, which significantly prevents the mental development of the child and also prevents them from making known the context of violence in which they live. A child does not have the capacity cognitive, physical or economic to be able to get out of this “bubble of rights violations” under their own means, and the possibilities are reduced even further when a loved one or themselves are threatened to obtain their silence. This is how we have that the statute of limitations for crimes against minors is 5 years, however, it should be imprescriptible when there are external factors that make it impossible for the child to initiate a process. It is more sensible to make all these crimes committed in the context of domestic violence imprescriptible, giving the possibility for those who were victims of these attacks to access the restoration of their rights when they feel prepared and assimilate their experiences.PregradoAbogada1. Contenido 2. Tablas 3. Introducción 4. Justificación 5. Objetivos 5.1. Objetivo general 5.2. Objetivos específicos 6. Marco teórico 7. Marco referencial 8. Marco legal 9. La prescripción 10. Distinción entre violencia intrafamiliar y corrección disciplinaria 11. Impedimentos para ejercer la acción penal 12. La amígdala 13. Efectos neuropsicológicos de la violencia intrafamiliar en niños 13.1. Tipos efectos traumáticos 14. El impacto de la violencia en la salud mental de las víctimas 14.1. Testimonios 15. Análisis del marco jurídico colombiano 16. Conclusiones 17. Referencias47 páginasapplication/pdfPlazas Galindo, M.C & Amaya Mora, L.K. (2024). Análisis de la imprescriptibilidad de los delitos de violencia intrafamiliar cometidos en víctimas menores de edad en Colombia. [Trabajo de grado, universidad de Ibagué]. https://hdl.handle.net/20.500.12313/4406https://hdl.handle.net/20.500.12313/4406spaUniversidad de IbaguéDerecho y Ciencias politicasIbaguéDerechoConstitución Política de Colombia. República de Colombia. 1991 http://www.secretariasenado.gov.co/constitucion-politicaCódigo de la Infancia y la Adolescencia de Colombia. República de Colombia. 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