La naturaleza como sujeto de derechos: análisis y perspectivas a partir de los recientes aportes jurisprudenciales en Colombia
En el contexto nacional colombiano, dada la preocupación por la materialización del mandato constitucional de protección al medio ambiente, la labor judicial ha gestado una tendencia que ha reconocido a ciertos elementos de la naturaleza como sujetos de derechos. Muestra de ello es la Sentencia T-62...
- Autores:
-
Cárcamo García, Magnolia
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2023
- Institución:
- Universidad del Atlántico
- Repositorio:
- Repositorio Uniatlantico
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.uniatlantico.edu.co:20.500.12834/1611
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/20.500.12834/1611
- Palabra clave:
- Naturaleza
Medio ambiente
Legislación
Derecho
- Rights
- openAccess
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
Summary: | En el contexto nacional colombiano, dada la preocupación por la materialización del mandato constitucional de protección al medio ambiente, la labor judicial ha gestado una tendencia que ha reconocido a ciertos elementos de la naturaleza como sujetos de derechos. Muestra de ello es la Sentencia T-622 de 2016, en la cual, la Corte Constitución reconoció por primera vez a un río como sujeto de derechos en Colombia. En ese orden de ideas, esta investigación busca analizar las implicaciones jurídicas del reconocimiento derechos a sistemas específicos dentro de la naturaleza. Para tales efectos, se analizarán las bases teóricas que convergen en torno al debate entre el problema medioambiental y la subjetividad jurídica de la naturaleza. Atendiendo a esto, se realizó un análisis a categorías como “derechos de la naturaleza” y “derechos a la naturaleza” en el contexto del constitucionalismo ambiental latinoamericano a partir de la búsqueda de bibliografía especializada nacional e internacional. Finalmente, la naturaleza como sujeto de derechos significa un proceso de reflexión, pero, sobre todo, un cambio de paradigma referido a las relaciones hombre-naturaleza. Así las cosas, se requiere una relectura a las categorías que se tienen, pero basada en los límites a la conducta del hombre, el deber de salvaguardia, la reinterpretación de la relación del hombre y la naturaleza. |
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