El salario mínimo y el régimen de ahorro individual en pensiones: diagnóstico, evidencia y problemática
Uno de los objetivos principales de la Ley 100 de 1993 era propender por la ampliación progresiva de cobertura a los segmentos de población no cubiertos con un sistema de pensiones obligatorio. Sin embargo, esa misma reforma estableció que (i) en ningún caso se podrá cotizar con ingresos inferiores...
- Autores:
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Schutt Pardo, Erika
- Tipo de recurso:
- Work document
- Fecha de publicación:
- 2011
- Institución:
- Universidad de los Andes
- Repositorio:
- Séneca: repositorio Uniandes
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.uniandes.edu.co:1992/8248
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/1992/8248
- Palabra clave:
- Sistema pensional
Régimen de ahorro individual
Salario mínimo
Garantía de pensión mínima
Informalidad
Política salarial - Investigaciones - Colombia
Pensiones a la vejez - Investigaciones - Colombia
Salario mínimo - Investigaciones - Colombia
J32, G23, H55, J38, J39
- Rights
- openAccess
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
Summary: | Uno de los objetivos principales de la Ley 100 de 1993 era propender por la ampliación progresiva de cobertura a los segmentos de población no cubiertos con un sistema de pensiones obligatorio. Sin embargo, esa misma reforma estableció que (i) en ningún caso se podrá cotizar con ingresos inferiores a un Salario Mínimo Legal Mensual Vigente (SMLV);y (ii) debería adoptarse una Garantía de Pensión Mínima (GPM), mediante la cual se le garantiza a todos los afiliados al Sistema General de Pensiones (SGP) una pensión mínima que no puede ser inferior al SMLV. Así, este documento demuestra empíricamente que la existencia conjunta de un salario mínimo elevado, respecto a la productividad media de la economía colombiana, y una GPM indexada al salario mínimo, están generando exclusión e inequidad en el Régimen de Ahorro Individual (RAIS) y así, en el SGP. En la práctica, el hecho de que la cotización y la pensión mínima estén atadas al SMLV constituye un gran impedimento a la ampliación de la cobertura y equidad del sistema pues las características del mercado laboral (alto desempleo e informalidad) se ven reflejadas directamente en el sistema pensional y se hace muy difícil (i) afiliarse al sistema (las personas excluidas del mercado laboral formal por definición quedan excluidas del sistema pensional); y (ii) acumular el capital necesario que permita obtener una pensión mínima igual a un SMLV por el resto de la vida (requisito del RAIS para poderse pensionar). De esta manera, se impone una barrera a las personas para pensionarse, en especial a las de menor educación que corresponden a las más pobres. Adicionalmente, este hecho genera unas transferencias bastante inequitativas de pobres a ricos dentro del sistema y hace que las mesadas sean inferiores a lo que podrían ser si no existieran esas restricciones. Es decir, se desvirtúan los propósitos que inicialmente dan origen a la GPM. |
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