Aplicación del principio general "Nemo auditur propiam turpitudinem allegans - nadie puede ser oído, invocando su propia torpeza" en los contratos estatales de asociación público: apuntes críticos con ocasión de la sentencia C-207 del 16 de mayo de 2019
La Sentencia C-207 del 16 de mayo de 2019 moduló la aplicación del principio general del derecho "nemo auditur propiam turpitudinem allegans - nadie puede ser oído, invocando su propia torpeza" en los contratos estatales de Asociación Público Privada. Esto, con ocasión de una interpretació...
- Autores:
-
Diaz Peñaloza, Javier Ricardo
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2021
- Institución:
- Universidad de los Andes
- Repositorio:
- Séneca: repositorio Uniandes
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.uniandes.edu.co:1992/53088
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/1992/53088
- Palabra clave:
- Asociaciones público privadas
Contratos
Derecho
- Rights
- openAccess
- License
- Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
Summary: | La Sentencia C-207 del 16 de mayo de 2019 moduló la aplicación del principio general del derecho "nemo auditur propiam turpitudinem allegans - nadie puede ser oído, invocando su propia torpeza" en los contratos estatales de Asociación Público Privada. Esto, con ocasión de una interpretación errónea del régimen jurídico de los contratos en el ordenamiento jurídico nacional, el cual es integral y sistemático. |
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