La reglamentación del procedimiento del árbitro de emergencia por los centros de arbitraje de Colombia

El proyecto de Ley No. 06 de 2019 Senado, mediante el cual se pretende modificar la Ley 1563 de 2012, Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional, incluyó un parágrafo 2o en el artículo 32, el cual indica que los reglamentos de los Centros de Arbitraje podrán prever la figura del Árbitro de Emerg...

Full description

Autores:
Conde Barragan, Diana del Pilar
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2020
Institución:
Universidad de los Andes
Repositorio:
Séneca: repositorio Uniandes
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repositorio.uniandes.edu.co:1992/48624
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/1992/48624
Palabra clave:
Arbitraje
Arbitraje (Derecho internacional)
Medidas cautelares
Debido proceso
Derecho
Rights
openAccess
License
Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
Description
Summary:El proyecto de Ley No. 06 de 2019 Senado, mediante el cual se pretende modificar la Ley 1563 de 2012, Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional, incluyó un parágrafo 2o en el artículo 32, el cual indica que los reglamentos de los Centros de Arbitraje podrán prever la figura del Árbitro de Emergencia con la función de decidir de manera expedita las solicitudes de las medidas cautelares presentadas hasta tanto se instale el Tribunal de Arbitramento. La referida propuesta de reforma normativa, no solo faculta a los Centros de Arbitraje de Colombia a incluir la figura del Árbitro de Emergencia en sus reglamentos, sino que también les delega la función de establecer el procedimiento que deberá surtir el Árbitro de Emergencia para decidir dicha solicitud. Con el presente estudio se establece que esta facultad no es incompatible con los principios constitucionales del arbitraje y tampoco vulnera el derecho constitucional al debido proceso y, se presenta una propuesta de las Reglas del Árbitro de Emergencia para los Centros de Arbitraje de Colombia, que se anexan como Apéndice de este trabajo de investigación