Hacia una optimización del proceso concursal : la necesidad de una adecuada valoración probatoria en la labor del promotor al presentar la calificación y graduación de créditos
El proceso de reorganización establecido en la Ley 1116 de 2006, actual estatuto de insolvencia, contempla una figura fundamental dentro del concurso. La del promotor. La investigación demostrará cómo este auxiliar de la justicia, en el desarrollo de sus funciones, efectivamente realiza un ejercicio...
- Autores:
-
Alava Franco, Juan Jose
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2021
- Institución:
- Universidad de los Andes
- Repositorio:
- Séneca: repositorio Uniandes
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.uniandes.edu.co:1992/53800
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/1992/53800
- Palabra clave:
- Concurso de acreedores
Reorganización de compañías
Ley 1116 de 2006
Derecho
- Rights
- openAccess
- License
- Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
Summary: | El proceso de reorganización establecido en la Ley 1116 de 2006, actual estatuto de insolvencia, contempla una figura fundamental dentro del concurso. La del promotor. La investigación demostrará cómo este auxiliar de la justicia, en el desarrollo de sus funciones, efectivamente realiza un ejercicio de valoración probatoria al momento de presentar la calificación y graduación de créditos, pues analiza, actualiza y modifica el proyecto presentado por el deudor, considerando el material probatorio que le presenten los interesados en el concurso. Finalidad que no es contraria a la esencia del proceso de reorganización establecido en la Ley 1116 de 2006, pues lo que se busca es darle celeridad al proceso concursal. Sin embargo, para propender aún más por esa garantía del concursado y sus acreedores, la labor de valoración se debe hacer de manera precisa y con conocimiento suficiente en términos de valoración de la prueba en todos sus componentes. De ahí entonces la necesidad de instruir su labor respecto de la determinación de las acreencias para evitar consecuencias negativas dentro del concurso, y, del mismo modo garantizar los derechos de los intervinientes. |
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