La retroactividad y el principio de favorabilidad en la pérdida de investidura
¿Debe aplicarse retroactivamente la segunda instancia en procesos de pérdida de investidura, aún cuando la normativa más reciente consagra expresamente la imposibilidad de que ello ocurra? Tal cuestionamiento tiene como origen los diversos interrogantes históricos que se han suscitado ante el proced...
- Autores:
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Cuervo Canossa, Sebastián
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2019
- Institución:
- Universidad de los Andes
- Repositorio:
- Séneca: repositorio Uniandes
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.uniandes.edu.co:1992/45655
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/1992/45655
- Palabra clave:
- Pérdida de la investidura
Funcionarios públicos
Garantías constitucionales
Derecho
- Rights
- openAccess
- License
- Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
Summary: | ¿Debe aplicarse retroactivamente la segunda instancia en procesos de pérdida de investidura, aún cuando la normativa más reciente consagra expresamente la imposibilidad de que ello ocurra? Tal cuestionamiento tiene como origen los diversos interrogantes históricos que se han suscitado ante el procedimiento que regula una figura de semejantes dimensiones, pues solo hasta la promulgación de la Ley 1881 de 2018 se consagró la segunda instancia en este tipo de procesos. En principio, órganos como la Corte Constitucional llegaron a manifestarse al respecto, señalando que si bien los procesos de pérdida de investidura afectan derechos fundamentales como el derecho a ser elegido; era el legislador el que en virtud del principio democrático debía ponderar dicha situación. De este modo, esta Corporación llegó a considerar que el establecimiento de la única instancia en los procesos de pérdida de investidura de Congresistas, era razonable, proporcional y no vulneraba las garantías fundamentales. Esto, en arreglo a las disposiciones constitucionales... |
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