La justicia del dolor: una crítica a la reparación de las víctimas de violencia de género
Querido lector, no lo siento. Estoy convencida de que este documento es una tesis de pregrado en derecho. Sin embargo, en mis palabras también he encontrado una forma de rebeldía y tengo la convicción de que las leyes son para todas las personas. A mi parecer, éstas definen, limitan y moldean las di...
- Autores:
-
Vargas Zabaraín, Laura
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2023
- Institución:
- Universidad de los Andes
- Repositorio:
- Séneca: repositorio Uniandes
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.uniandes.edu.co:1992/73465
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/1992/73465
- Palabra clave:
- Violencia de género
Reparación de víctimas
Responsabilidad civil extracontractual
Enfoque de género
Feminismos
Daño indemnizable
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Querido lector, no lo siento. Estoy convencida de que este documento es una tesis de pregrado en derecho. Sin embargo, en mis palabras también he encontrado una forma de rebeldía y tengo la convicción de que las leyes son para todas las personas. A mi parecer, éstas definen, limitan y moldean las dinámicas de la sociedad, la convivencia y la vida misma. Por eso, nunca he entendido cómo es que esta disciplina está llena de términos y complejidades. No lo entiendo porque es una expresión absolutamente contradictoria con el fin de la materia. Me parece, de hecho, que es una cuestión de ego y reconocimiento, no de lógica, practicidad o construcción. Consecuentemente, el lenguaje, las narrativas y las teorías que aquí recojo están pensadas para que haya accesibilidad al público. Para que si alguien se topa con este trabajo y no sabe de derecho, pueda entenderlo. Para que si alguna mujer está pasando por una situación de violencia, pueda sentirse acompañada. Querido lector, no es usual que en los textos académicos en las facultades de derecho aparezcan narrativas personales ni que estén escritas de la manera en la que aquí escribí. Creo que una razón importante —además del ego — tiene que ver con que nuestra práctica es colectiva y lo individual parece perder sentido frente a lo objetivo. Sin embargo, esta postura que defiendo pretende plantear que las narrativas personales permiten entender —o por lo menos traer— aspectos emocionales e íntimos sobre la práctica del derecho y sus retos, que tienen un lugar en la academia jurídica, pero que desde ese lugar no son evidentes ni perceptibles. Más allá de este sentir, quería comenzar justificando que las narrativas personales son tan importantes como otras formas de expresión jurídica y han sido especialmente importantes para las personas marginadas. Si bien es cierto que las mujeres somos el 51,2% de la población colombiana, creo que algunas todavía sentimos que nuestra experiencia no ha llegado al derecho y el derecho no fue creado para entendernos. Por esa razón, este texto está escrito desde la vulnerabilidad y las palabras simples llenas de sentido. Está escrito para todas las mujeres que alguna vez han sentido que están solas y que el mundo no las entiende. Para mí, este texto sí cumple con la finalidad formal y objetiva pero desde la humanidad. Por eso, querido lector, no lo siento. |
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Abril 15 de 1887 (Colombia) Congreso de la República de Colombia, Ley 1257 de 2008, "Por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman los Códigos Penal, de Procedimiento Penal, la Ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones" Congreso de la República de Colombia, Ley 1542 de 2012, “Por la cual se reforma el artículo 74 de la Ley 906 de 2004, Código de Procedimiento Penal” Congreso de la República de Colombia, Ley 1761 de 2015, Por la cual se crea el tipo penal de feminicidio como delito autónomo y se dictan otras disposiciones(Rosa Elvira Cely)” Congreso de la República de Colombia, Ley 1959 de 2019, Por medio de la cual se modifican y adicionan artículos de la Ley 599 de 2000 y la Ley 906 de 2004 en relación con el delito de violencia intrafamiliar. Congreso de la República de Colombia, Ley 446 de 1998 “Por la cual se adoptan como legislación permanente algunas normas del Decreto 2651 de 1991, se modifican algunas del Código de Procedimiento Civil, se derogan otras de la Ley 23 de 1991 y del Decreto 2279 de 1989, se modifican y expiden normas del Código Contencioso Administrativo y se dictan otras disposiciones sobre descongestión, eficiencia y acceso a la justicia” Congreso de la República de Colombia, Ley 1257 de 2008, “Por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman los Códigos Penal, de Procedimiento Penal, la Ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones” Congreso de la República de Colombia, Ley 2126 de 2021, “Por la cual se regula la creación, conformación y funcionamiento de las Comisarías de Familia, se establece el órgano rector y se dictan otras disposiciones” Congreso de la República de Colombia. Ley de Víctimas. [Ley 1448 de 2011]. Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, 1981, https://www.ohchr.org/es/instruments-mechanisms/instruments/convention-elimination-all-forms-discrimination-against-women Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, Convención de Belém do Pará, 1995, https://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/a-61.html Corte IDH. Caso Velásques Rodrñiguez Vs. Honduras. Reparaciones y Costas. Sentencia de 21 de julio de 1989. Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Civil. Sentencia del 19 de diciembre de 2018. MP. Margarita Cabello Blanco. Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Civil. Sentencia de 28 de Febrero de 2013. MP. Arturo Solarte Rodriguez. Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Civil. Sentencia del 30 de septiembre de 2002. MP. Carlos Ignacio Jaramillo. Corte Suprema de Justicia. Sala de Familia. Sentencia SU 080 del 2020. MP. Jose Fernando Reyes. Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Civil. Sentencia del 13 de mayo de 2008. MP. César Julio Valencia Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Civil. Sentencia del 5 de agosto de 2014. MP. Ariel Salazar Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Civil. Sentencia de 9 de julio de 2010. MP. William Namén Vargas Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Civil. Sentencia del 26 de agosto de 2021. Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil. Sentencia del 20 de enero de 2009. MP. Pedro Octavio Munar. Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Acceso a la justicia para mujeres víctimas de violencia en las Américas, https://www.cidh.oas.org/women/acceso07/cap2.htm Crenshaw, Kimberle. “Raza, reforma y retroceso”, Mauricio García, Isabel C. Jaramillo & Esteban Restrepo, Bogotá: Universidad de los Andes y Universidad Nacional, 2006 Diez, Ana. “Enbolaatados”. https://www.anaisabeldiez.com/enbolaatados (Consultado el 05/03/2023) Elster, Jon. Coming to terms with the past. 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Transitional Justice: How Emerging Democracies Reckon with Former Regimes. Washington:Institute for Peace Press, 1996 Lemaitre, Julieta. El derecho como conjuro: Fetichismo legal, violencia y movimientos sociales. Colombia, Universidad de los Andes, 2009 Love, Jean. The Value of Narrative in Legal Scholarship and Teaching. California: Santa Clara University School of Law, 1998 Matasar, Richard. Storytelling and Legal Scholarship. Chicago: Kent College of Law, 1992 Ministerio de Justicia, Decreto 4799 2011, Por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 294 de 1996, 575 de 2000 y 1257 de 2008. Ministerio de Salud y Protección Social, Decreto 2734 de 2012, Por el cual se reglamentan las medidas de atención a las mujeres víctimas de violencia. Ministerio de Salud y Protección Social, Resolución 459 de 2012, Por la cual se adopta el Protocolo y Modelo de Atención Integral en Salud para Víctimas de Violencia Sexual Molano, M.F. 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Educación y futuro: revista de investigación aplicada y experiencias educativas, 2004 Salvador, Herencia. “Las Reparaciones en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/8/3801/17.pdf Tamayo, Javier. Tratado de responsabilidad civil. Colombia: Editorial Legis, 2007 Teitel, R. Transitional Justice. Nueva York: Oxford University, 2000. Tonin, Angelica. Daño moral: interpretación desde una perspectiva semiótica. Buenos Aires: Editorial Astrea, 2017. Universidad de los Andes. Opción de grado. https://derecho.uniandes.edu.co/es/estudiantes/opciones-de-grado Vargas, Camilo. Derecho de daños actual: ires y venires. Bogotá: Grupo Editorial Ibañez, 2021 Villar, Juan, Escenarios de no-guerra: el papel de la música en la transformación de sociedades en conflicto. Colombia: Universidad Distrital Francisco José de Caldas, 2011 White, Lucie. Subordination, Rhetorical Survival Skills, and Sunday Shoes: Notes on the Hearing of Mrs. G., California: University of California, 1990 |
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Consecuentemente, el lenguaje, las narrativas y las teorías que aquí recojo están pensadas para que haya accesibilidad al público. Para que si alguien se topa con este trabajo y no sabe de derecho, pueda entenderlo. Para que si alguna mujer está pasando por una situación de violencia, pueda sentirse acompañada. Querido lector, no es usual que en los textos académicos en las facultades de derecho aparezcan narrativas personales ni que estén escritas de la manera en la que aquí escribí. Creo que una razón importante —además del ego — tiene que ver con que nuestra práctica es colectiva y lo individual parece perder sentido frente a lo objetivo. Sin embargo, esta postura que defiendo pretende plantear que las narrativas personales permiten entender —o por lo menos traer— aspectos emocionales e íntimos sobre la práctica del derecho y sus retos, que tienen un lugar en la academia jurídica, pero que desde ese lugar no son evidentes ni perceptibles. Más allá de este sentir, quería comenzar justificando que las narrativas personales son tan importantes como otras formas de expresión jurídica y han sido especialmente importantes para las personas marginadas. Si bien es cierto que las mujeres somos el 51,2% de la población colombiana, creo que algunas todavía sentimos que nuestra experiencia no ha llegado al derecho y el derecho no fue creado para entendernos. Por esa razón, este texto está escrito desde la vulnerabilidad y las palabras simples llenas de sentido. Está escrito para todas las mujeres que alguna vez han sentido que están solas y que el mundo no las entiende. Para mí, este texto sí cumple con la finalidad formal y objetiva pero desde la humanidad. Por eso, querido lector, no lo siento.AbogadoPregrado28 páginasapplication/pdfspaUniversidad de los AndesDerechoFacultad de Derechohttps://repositorio.uniandes.edu.co/static/pdf/aceptacion_uso_es.pdfinfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2La justicia del dolor: una crítica a la reparación de las víctimas de violencia de géneroTrabajo de grado - Pregradoinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisinfo:eu-repo/semantics/acceptedVersionhttp://purl.org/coar/resource_type/c_7a1fTexthttp://purl.org/redcol/resource_type/TPViolencia de géneroReparación de víctimasResponsabilidad civil extracontractualEnfoque de géneroFeminismosDaño indemnizableDerechoAcuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, 24 de noviembre de 2016, https://www.jep.gov.co/Marco%20Normativo/Normativa_v2/01%20ACUERDOS/N01.pdfArendt, Hannah. Collective Responsibility en Responsibility and Judgment. 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Abril 15 de 1887 (Colombia)Congreso de la República de Colombia, Ley 1257 de 2008, "Por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman los Códigos Penal, de Procedimiento Penal, la Ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones"Congreso de la República de Colombia, Ley 1542 de 2012, “Por la cual se reforma el artículo 74 de la Ley 906 de 2004, Código de Procedimiento Penal”Congreso de la República de Colombia, Ley 1761 de 2015, Por la cual se crea el tipo penal de feminicidio como delito autónomo y se dictan otras disposiciones(Rosa Elvira Cely)”Congreso de la República de Colombia, Ley 1959 de 2019, Por medio de la cual se modifican y adicionan artículos de la Ley 599 de 2000 y la Ley 906 de 2004 en relación con el delito de violencia intrafamiliar.Congreso de la República de Colombia, Ley 446 de 1998 “Por la cual se adoptan como legislación permanente algunas normas del Decreto 2651 de 1991, se modifican algunas del Código de Procedimiento Civil, se derogan otras de la Ley 23 de 1991 y del Decreto 2279 de 1989, se modifican y expiden normas del Código Contencioso Administrativo y se dictan otras disposiciones sobre descongestión, eficiencia y acceso a la justicia”Congreso de la República de Colombia, Ley 1257 de 2008, “Por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman los Códigos Penal, de Procedimiento Penal, la Ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones”Congreso de la República de Colombia, Ley 2126 de 2021, “Por la cual se regula la creación, conformación y funcionamiento de las Comisarías de Familia, se establece el órgano rector y se dictan otras disposiciones”Congreso de la República de Colombia. Ley de Víctimas. [Ley 1448 de 2011].Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, 1981, https://www.ohchr.org/es/instruments-mechanisms/instruments/convention-elimination-all-forms-discrimination-against-womenConvención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, Convención de Belém do Pará, 1995, https://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/a-61.htmlCorte IDH. Caso Velásques Rodrñiguez Vs. Honduras. Reparaciones y Costas. Sentencia de 21 de julio de 1989.Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Civil. Sentencia del 19 de diciembre de 2018. MP. Margarita Cabello Blanco.Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Civil. Sentencia de 28 de Febrero de 2013. MP. Arturo Solarte Rodriguez.Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Civil. Sentencia del 30 de septiembre de 2002. MP. Carlos Ignacio Jaramillo.Corte Suprema de Justicia. Sala de Familia. Sentencia SU 080 del 2020. MP. Jose Fernando Reyes.Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Civil. Sentencia del 13 de mayo de 2008. MP. César Julio ValenciaCorte Suprema de Justicia. Sala de Casación Civil. Sentencia del 5 de agosto de 2014. MP. Ariel SalazarCorte Suprema de Justicia. Sala de Casación Civil. Sentencia de 9 de julio de 2010. MP. William Namén VargasCorte Suprema de Justicia. Sala de Casación Civil. Sentencia del 26 de agosto de 2021.Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil. Sentencia del 20 de enero de 2009. MP. Pedro Octavio Munar.Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Acceso a la justicia para mujeres víctimas de violencia en las Américas, https://www.cidh.oas.org/women/acceso07/cap2.htmCrenshaw, Kimberle. “Raza, reforma y retroceso”, Mauricio García, Isabel C. Jaramillo & Esteban Restrepo, Bogotá: Universidad de los Andes y Universidad Nacional, 2006Diez, Ana. “Enbolaatados”. https://www.anaisabeldiez.com/enbolaatados (Consultado el 05/03/2023)Elster, Jon. 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