La efectividad del seguro de cumplimiento en contratación estatal : un análisis de la declaratoria de siniestro
El propósito del presente trabajo es establecer qué es el siniestro de un contrato de seguro de cumplimiento de contratos estatales, y, cuál es la ritualidad que deben emplear las entidades públicas para cobrar el monto cubierto por las compañías aseguradoras. Con el objetivo de cumplir este propósi...
- Autores:
-
Camacho Osorio, Juan Camilo
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2017
- Institución:
- Universidad de los Andes
- Repositorio:
- Séneca: repositorio Uniandes
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.uniandes.edu.co:1992/13570
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/1992/13570
- Palabra clave:
- Derecho de seguros - Investigaciones - Colombia
Contratos y responsabilidad - Legislación - Investigaciones - Colombia
Contratos públicos - Aspectos jurídicos - Investigaciones - Colombia
Derecho
- Rights
- openAccess
- License
- Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
Summary: | El propósito del presente trabajo es establecer qué es el siniestro de un contrato de seguro de cumplimiento de contratos estatales, y, cuál es la ritualidad que deben emplear las entidades públicas para cobrar el monto cubierto por las compañías aseguradoras. Con el objetivo de cumplir este propósito, en primer lugar, el autor verifica la esencia y características del seguro en el derecho privado; luego, expone la evolución de la normativa que regula el régimen de garantías en la contratación estatal. Ulteriormente, se aproxima a la noción de siniestro en los contratos estatales; enseguida, detalla en las herramientas de cobro de las que disponen las entidades para percibir el valor asegurado y, por último, a guisa de síntesis, recoge las conclusiones en la parte final del texto. Dentro del esquema propuesto, se comprueba si es ajustado a los fines de la contratación estatal, establecidos en la Ley 80 de 1993, que las entidades ostenten la prerrogativa de declarar siniestros y ejecutar directamente, mediante del procedimiento administrativo de cobro coactivo, el monto del perjuicio infligido por el incumplimiento del contratista a la entidad contratante; para así arribar a la conclusión de que, en efecto, el Estado en su actividad contractual no se desprende de sus prerrogativas cuando de proteger el erario público se trata |
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