Fiducia en garantía y fuente de pagos : ¿una garantía admisible e idónea para el desarrollo de proyectos inmobiliarios en Colombia?

Desde el año 2012 se han implementado nuevos modelos de negocios inmobiliarios en Colombia, conllevando a una evolución en las metodologías de financiación. En este contexto, surge la importancia de proponer un mecanismo eficiente y jurídicamente viable de financiación para el desarrollo de proyecto...

Full description

Autores:
Palomar Gechem, Ana María
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2019
Institución:
Universidad de los Andes
Repositorio:
Séneca: repositorio Uniandes
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repositorio.uniandes.edu.co:1992/44099
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/1992/44099
Palabra clave:
Fiducia - Aspectos jurídicos - Colombia
Prenda (Derecho) - Investigaciones - Colombia
Bienes raíces - Aspectos jurídicos - Colombia
Derecho
Rights
openAccess
License
Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
Description
Summary:Desde el año 2012 se han implementado nuevos modelos de negocios inmobiliarios en Colombia, conllevando a una evolución en las metodologías de financiación. En este contexto, surge la importancia de proponer un mecanismo eficiente y jurídicamente viable de financiación para el desarrollo de proyectos inmobiliarios que atienda estas nuevas metodologías de financiación de proyectos. El objetivo del presente trabajo es estudiar si la actual regulación colombiana permite o debería permitir: (i) que la fiducia en garantía y fuente de pago sea considerada como garantía idónea y admisible para la financiación de proyectos inmobiliarios de renta (cuando sus activos subyacentes sean exclusivamente flujos futuros derivados de los contratos de arrendamiento, sin incluir el inmueble) o (ii) que los proyectos inmobiliarios obtengan financiación aplicando la prerrogativa otorgada a los proyectos de infraestructura de la cuarta generación de concesiones viales (4G), consistente en permitir un endeudamiento de hasta el 25% del patrimonio técnico del banco acreedor sin necesidad de presentar una garantía admisible.