Retención en la fuente por salarios e implicaciones por su inadecuada aplicación
El actual trabajo está enfocado en explicar la práctica correcta de la retención en la fuente por salarios y las implicaciones de su inadecuada aplicación, tomando como referente el Estatuto Tributario colombiano. Dicha retención es practicada a todas las personas naturales que reciben ingresos a tr...
- Autores:
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Gutiérrez Sanabria, Mayoli Roció
Mambuscay Roque, Danna Yarithza
Peña Castañeda, Tania Geraldine
Romero González, Diana María
Vargas Chávez, Diana Milena
- Tipo de recurso:
- https://purl.org/coar/resource_type/c_7a1f
- Fecha de publicación:
- 2024
- Institución:
- Universidad El Bosque
- Repositorio:
- Repositorio U. El Bosque
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.unbosque.edu.co:20.500.12495/13077
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/20.500.12495/13077
- Palabra clave:
- Salarios
Rentas laborales
Ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional
Rentas exentas, deducciones.
657
Salaries
Labor income
Income that does not constitute income or occasional profit
Deductions exempt income
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-CompartirIgual 4.0 Internacional
Summary: | El actual trabajo está enfocado en explicar la práctica correcta de la retención en la fuente por salarios y las implicaciones de su inadecuada aplicación, tomando como referente el Estatuto Tributario colombiano. Dicha retención es practicada a todas las personas naturales que reciben ingresos a través de su relación laboral o por la prestación de servicios personales. Es así como las retenciones son un pago anticipado del impuesto de renta que permite, de una manera gradual, la recaudación del impuesto; por tal motivo, la legislación tributaria designó dos métodos para la aplicación de la retención, los cuales se encuentran en el artículo 385 y 386 del Estatuto Tributario con el fin de determinar el porcentaje que se debe calcular al contribuyente, conduciendo a utilizar el método más conveniente según el caso. Se resalta que el método elegido se debe utilizar durante todo el periodo gravable. Es importante tener en cuenta que no es posible utilizar los dos métodos simultáneamente; el procedimiento uno es un cálculo que se hace cada mes y el procedimiento dos determina un porcentaje fijo aplicado semestralmente. |
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