Pasivos estimados, provisiones y contingencias, efectos en la declaración de renta de personas jurídicas, en Colombia

El presente trabajo se analiza la NIC 37 de cómo establece que las provisiones son pasivos cuya fecha de liquidación o valor son inciertos, y deben ser reconocidas en los estados financieros cuando se cumplan tres requisitos: una obligación existente, la probabilidad de salida de los recursos y una...

Full description

Autores:
León Medrano, Ivonne Andrea
Orozco Gallego, Alexander
Castaño Munive, Jose Elias
Tipo de recurso:
https://purl.org/coar/resource_type/c_7a1f
Fecha de publicación:
2025
Institución:
Universidad El Bosque
Repositorio:
Repositorio U. El Bosque
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repositorio.unbosque.edu.co:20.500.12495/14045
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/20.500.12495/14045
Palabra clave:
Provisiones
Activos Contingentes
Pasivos Contingentes
Declaración de Renta
NIC 12
NIC 37
Estatuto Tributario
657
Provisions
Contingent Assets
Contingent Liabilities
Income Tax Return
IAS 12
IAS 37
Tax Statute
Rights
License
Attribution 4.0 International
Description
Summary:El presente trabajo se analiza la NIC 37 de cómo establece que las provisiones son pasivos cuya fecha de liquidación o valor son inciertos, y deben ser reconocidas en los estados financieros cuando se cumplan tres requisitos: una obligación existente, la probabilidad de salida de los recursos y una estimación fiable del monto. La estimación más acertada debe representar el monto que la entidad tendría que pagar para cancelar o transferir la obligación al concluir o finalizar el periodo., considerando los riesgos e incertidumbres y evaluando la provisión de manera constante. La norma distingue entre provisiones y pasivos contingentes, los cuales no se registran en el balance debido a su elevada incertidumbre y a la dependencia de sucesos o eventos futuros. Si bien los pasivos contingentes no influyen ni afectan de manera directa en los resultados, si se materializan podrían afectar las finanzas de la entidad financiera. Para la presentación en los estados financieros, es necesario especificar cada provisión, incluyendo su valor al inicio y final del periodo, adiciones, montos utilizados y ajustes. Además, es necesario detallar las circunstancias y la naturaleza de la obligación. En el contexto colombiano, el manejo de las provisiones y pasivos contingentes se rige por el Estatuto Tributario y otras leyes que alinean la contabilidad local con estándares internacionales, lo que permite tratamientos fiscales especiales en ciertas situaciones. Los activos y pasivos contingentes debido a su naturaleza incierta no son tributariamente reconocibles, evidenciando una política fiscal conservadora. ¿Qué es una provisión? Una provisión es una obligación presente de la entidad, surgida de eventos pasados, para la cual es probable que se requiera una salida de recursos que incorporen beneficios económicos y cuya cuantía pueda estimarse de forma fiable. Condiciones para reconocer una provisión: 1. Obligación presente: La entidad tiene un compromiso legal o implícito. 2. Probabilidad de salida de recursos: Es probable que la entidad tenga que pagar. 3. Estimación fiable: Se puede calcular de forma confiable el monto a pagar. Medición y reconocimiento: • Valoración: Se basa en la mejor estimación del desembolso necesario para cancelar la obligación. • Clasificación: Se registra como pasivo corriente o no corriente según su vencimiento. • Revisión: Las provisiones deben revisarse periódicamente y ajustarse si cambian las circunstancias. Diferencias entre provisiones y pasivos contingentes: • Provisiones: Se reconocen en el balance general y se miden de forma fiable. • Pasivos contingentes: No se reconocen en el balance, pero se revelan en las notas si es probable que se conviertan en obligaciones. Aplicación en Colombia: • Marco normativo: La NIC 37 se aplica en Colombia, pero la legislación tributaria (Estatuto Tributario) puede establecer reglas específicas. • Activos y pasivos contingentes: En Colombia, estos no se reconocen fiscalmente debido a su incertidumbre. • Provisiones: Su tratamiento fiscal puede diferir del contable, y su deducibilidad depende de la legislación vigente. la NIC 37 proporciona un marco conceptual para el tratamiento de provisiones, asegurando que estas se reconozcan y midan de manera adecuada en los estados financieros. En Colombia, la aplicación de esta norma se complementa con las disposiciones del Estatuto Tributario, que establecen reglas específicas para fines fiscales.