La venta por catálogo de los productos de Avon Colombia Ltda. Durante los años 2005 a 2014, un trabajo precario para las mujeres de la ciudad de Túquerres (n): diseño de un nuevo concepto de relación de trabajo

La presente investigación se centra en analizar una forma de empleo que desde la concepción actual de subordinación, que permea el ordenamiento jurídico laboral, se presenta como independiente, pero lleva implícita una relación laboral precaria principalmente para las mujeres; esto es la venta direc...

Full description

Autores:
Bastidas Patiño, Manuel Alejandro
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2017
Institución:
Universidad Nacional de Colombia
Repositorio:
Universidad Nacional de Colombia
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repositorio.unal.edu.co:unal/64512
Acceso en línea:
https://repositorio.unal.edu.co/handle/unal/64512
http://bdigital.unal.edu.co/65430/
Palabra clave:
300 - Ciencias sociales
340 - Derecho
Venta directa
Precariedad laboral femenina
Relación de trabajo
Primacía de la realidad
Subordinación jurídica
Recomendación 198
Trabajo decente
Direct sale
Female labor precariousness,
Employment relationship
Primacy of reality
Legal subordination
Recommendation 198
Decent work
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial 4.0 Internacional
Description
Summary:La presente investigación se centra en analizar una forma de empleo que desde la concepción actual de subordinación, que permea el ordenamiento jurídico laboral, se presenta como independiente, pero lleva implícita una relación laboral precaria principalmente para las mujeres; esto es la venta directa. El estudio abarca la historia, desarrollo y características de la venta directa, y de manera particular a la empresa Avon Colombia Ltda, que comercializa sus productos de belleza mediante este canal. La doctrina ha establecido los parámetros para calificar qué debe considerarse como empleo precario. A partir de su enunciación y el trabajo de campo que el autor realizó en la ciudad de Túquerres en el departamento de Nariño, Colombia, se reafirmará la hipótesis referente a que la venta directa encaja en sus supuestos. Sin embargo, la propuesta no pretende limitarse a exponer el problema, sino que ofrece como solución ubicar la venta directa dentro del manto protector de la relación de trabajo; esto es posible si se replantea el concepto clásico de la primacía de la realidad que descansa sobre la subordinación jurídica, y se opta por su ampliación, teniendo como herramienta la Recomendación 198 de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo (2006), sobre la relación de trabajo y la aspiración de trabajo decente de la OIT. (texto tomado de la fuente)