Los vacíos de la ley colombiana frente a la pensión de invalidez de origen común
Los principios constitucionales y derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de 1991, aseguran la vida, el trabajo, la justicia, la igualdad, el respeto a la dignidad humana, la convivencia, el conocimiento, la libertad, la paz, dentro de un marco jurídico democrático y particip...
- Autores:
-
Pardo Jourdin, Yolanda Eugenia
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2014
- Institución:
- Universidad Nacional de Colombia
- Repositorio:
- Universidad Nacional de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.unal.edu.co:unal/52199
- Acceso en línea:
- https://repositorio.unal.edu.co/handle/unal/52199
http://bdigital.unal.edu.co/46498/
- Palabra clave:
- 340 - Derecho
360 - Problemas y servicios sociales; asociaciones
Constitución
Ley
Invalidez
Origen común
Vacío
Pérdida de capacidad laboral
Constitution
Law
Disability
Common origin
Lost capacity
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial 4.0 Internacional
Summary: | Los principios constitucionales y derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de 1991, aseguran la vida, el trabajo, la justicia, la igualdad, el respeto a la dignidad humana, la convivencia, el conocimiento, la libertad, la paz, dentro de un marco jurídico democrático y participativo, y señalan que para ello, se adoptarán medidas a favor de los grupos discriminados o marginados, y que se protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental se encuentren en circunstancias de debilidad manifiesta. Sin embargo, las leyes y los decretos reglamentarios que desarrollan éstos postulados no armonizan con los mismos, toda vez que la exigencia de requisitos excede la realidad del inválido (como se denomina en las normas de seguridad social). En este estudio se analiza la situación de la persona que ha sido declarada inválida por riesgo común, es decir que ha sido calificada con el 50% o más de pérdida de capacidad laboral, y que ha cotizado al sistema las semanas exigidas, pero que a pesar de esto, no tiene derecho a la pensión de invalidez por este riesgo, ya que las semanas no fueron cotizadas dentro de la densidad que exige la norma. Esta falta de armonía entre la norma y la realidad, está cercenando los derechos de las personas inválidas por riesgo común, y vulnerando sus derechos fundamentales constitucionales y contraviniendo convenios y tratados internacionales que forman parte del bloque de constitucionalidad, y dejando así, desprotegida a esta población inválida. Ante el vacío que existe en la ley colombiana para dar cumplimiento a los postulados constitucionales y de seguridad social para esta población, se hace urgente proponer iniciativas legislativas que garanticen el derecho a la pensión de invalidez por riesgo común específicamente para esta población. (texto tomado de la fuente) |
---|