Retos que plantea el desarrollo de los artículos 27A, 27B y 27C en cuanto al momento procesal en que debe de darse la versión voluntaria y la aceptación de responsabilidad en la Ley 1922 de 2018 o Ley de Procedimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz

El presente estudio tiene como objetivo profundizar en la interpretación que los magistrados de la Jurisdicción Especial para la Paz le están dando a las normas 27A, 27B y 27C de la Ley 1922 de 2018, con el fin de resolver la aparente contradicción en cuanto al momento en que debe producirse el Reco...

Full description

Autores:
Borrego Berrio, Lina María
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2023
Institución:
Universidad Nacional de Colombia
Repositorio:
Universidad Nacional de Colombia
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repositorio.unal.edu.co:unal/83817
Acceso en línea:
https://repositorio.unal.edu.co/handle/unal/83817
https://repositorio.unal.edu.co/
Palabra clave:
340 - Derecho::349 - Derecho de jurisdicciones específicas, áreas, regiones socioeconómicas, organizaciones intergubernamentales regionales
TRIBUNALES DE JURISDICCION ESPECIAL
RECONCILIACION
PROCESO DE PAZ
Courts of special jurisdiction
Reconciliation-10a ed.
Justicia Transicional
Justicia Participativa
Versión Voluntaria
Principio dialógico
Proceso deliberativo
Antinomia
Interpretación de la ley
Transitional Justice
Participatory Justice
Voluntary statement hearing
Dialogic construction of the truth
Deliberative Process
Antinomy
Interpretation of the law
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional
Description
Summary:El presente estudio tiene como objetivo profundizar en la interpretación que los magistrados de la Jurisdicción Especial para la Paz le están dando a las normas 27A, 27B y 27C de la Ley 1922 de 2018, con el fin de resolver la aparente contradicción en cuanto al momento en que debe producirse el Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad y las consecuencias jurídicas que de ello se derivan. Se trata de un estudio de Jurídico-Proyectivo o de Pronóstico, en el que se intenta resolver la pregunta: ¿cómo es o cómo va a ser?, o ¿en qué momento se va a dar realmente este reconocimiento?, de conformidad con las resoluciones que están tomando los jueces, las cuáles deben permitir descubrir el verdadero sentido de la ley, de conformidad con los principios y criterios contenidos en el ordenamiento jurídico. En este sentido, y de conformidad con lo ya expresado por el Tribunal de Justicia Especial para la Paz, se está trabajando en la construcción de espacios dialógicos que permiten la toma de decisiones a través de un proceso deliberativo, es decir, que la verdad se va construyendo en diversas etapas con participación de todos los actores hasta llegar a una expresión plena de la misma sobre la cual se pueda proceder a la reparación y alcanzar la finalidad de justicia y no repetición que contiene la ley. (Texto tomado de la fuente)