La tensión de los derechos frente a los modelos de adjudicación
ilustraciones
- Autores:
-
García Lozano, Luisa Fernanda
- Tipo de recurso:
- Doctoral thesis
- Fecha de publicación:
- 2020
- Institución:
- Universidad Nacional de Colombia
- Repositorio:
- Universidad Nacional de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.unal.edu.co:unal/83334
- Palabra clave:
- 340 - Derecho::349 - Derecho de jurisdicciones específicas, áreas, regiones socioeconómicas, organizaciones intergubernamentales regionales
340 - Derecho::342 - Derecho constitucional y administrativo
Minorías
Servicios legales
Minorities
Legal services
Modelos de adjudicación
Indigenous women
Subjects of special constitutional protection
Protección
Sujetos de especial protección
Mujeres indígenas.
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- openAccess
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Acosta Navas, J. P. (2019). Derechos humanos de los pueblos indígenas en clave de pluralismo jurídico e interculturalidad. Ánfora, 26(47), 37-60. Aflen, K. (2006). Hermenéutica jurídica y concreción judicial. Temis. Agudelo, M. (2018). Pasado, presente y futuro de la idea de los Derechos Humanos mirando al futuro. Algunos desarrollos culturales. En El cincuentenario de los Pactos Internacionales de derechos Humanos de la ONU (pp. 141-154). Ediciones Universidad de Salamanca. Alchourrón, C. (1991). Normativas, lógica de normas y lógica de proposiciones. En C. Alchourrón & E. Bulygin, Análisis lógico y derecho (pp. 25-50). Centro de Estudios Constitucionales. Alchourrón, C. E., & Bulygin, E. (1991). Análisis lógico y derecho. Centro de Estudios Constitucionales. Alemán Peñaranda, I. A., & Martínez, F. C. A. (2011). Elementos de un nuevo paradigma constitucional para la sociedad colombiana. Justicia Juris, 7(2), 67-76. Alexy, R. (2006). Sobre la ponderación y la subsunción. Una comparación estructural. Pensamiento jurídico, 16, 93-111. Anchondo, V. (2012). Métodos de interpretación jurídica. Quid Iuris, 1(16). Ansuátegui Roig, F. J. A. (2012). Jueces constitucionales (garantía de la Constitución y responsabilidad). Revista Estudios socio jurídicos, 2(12), 12-33. Arango, R. (2005). Justiciabilidad de los derechos sociales fundamentales en Colombia. Aporte a la construcción de un Ius constitucionales en Latinoamérica. Biblioteca Virtual del instituto de investigaciones jurídicas de la UNAM, 17-35. Ardila Amaya, É. (2000). Justicia comunitaria claves para su comprensión. Pensamiento Jurídico, 12, 43-52. Ardila Amaya, É. (2007). Breve historia de un eclipse. La formación del derecho moderno y la justicia comunitaria. Pensamiento Jurídica, 20, 137-172. Ardila Amaya, É. (2018). Las fronteras judiciales en Colombia. /z-wcorg/. Arendt, H. (1995). De la historia a acción. Paidós. Arendt, H. (1997). Qué es política? Paidós. Arendt, H. (1998). Los orígenes del totalitarismo. Taurus. Arendt, H. (2003). Eichmann en Jerusalén (cuarta). Editorial Lumen. Arendt, H. (2005). La condición humana. Paidós. Ariza Higuera, L., & Bonilla Maldonado, D. (2007). El pluralismo jurídico. Contribuciones, debilidades y retos de un concepto polémico (De S. Engle Merry, J. Griffiths, & B. Tamanaha; pp. 19-86). Siglo del Hombre Editores; Universidad de los Andes; Pontificia Universidad Javeriana-Instituto Pensar. Ariza Santamaría, R. (2010). El derecho profano: Justicia indígena, justicia informal y otras maneras de realizar lo justo. Universidad Externado de Colombia. Ariza Santamaría, R. (2016). El pluralismo en el Estado plurinacional, redundancia o pertinencia. Iusta, 33, 55-65. Ariza Santamaría, Rosembert., & Abondano, D. Carolina. (2009). Jueces de paz: El dilema de lo justo. Universidad Santo Tomás, Facultad de Derecho; http://books.google.com/books?id=UbtDAQAAIAAJ Arteaga Morales, B. I. (2012). Identidades, enfoque diferencial y construcción de paz. Universidad de Bogotá Jorge Tadeo Lozano & Observatorio de Construcción de Paz. Asensi, J. (2012). Crisis teórica, transiciones constitucionales. Revista Derecho del Estado, 28, 9-35. Asociación de cabildos indígenas de Antioquia. (2012). Ante las violencias las mujeres hablan Reconociendo sus derechos, exigiendo sus derechos, si hay equidad y armonía. Asociación de cabildos Indígenas de Antioquia - OIA. Atienza, M. (1998). Derecho y Argumentación. Universidad Externado de Colombia. Atienza, M., & Ruiz, J. (1996). Las piezas del Derecho. Ariel. Bacca Benavides, P. I. (2008). Las contra narrativas constitucionales en el seguimiento jurisprudencial de la jurisdicción especial indígena. Pensamiento Jurídico, 22, 193-232. Barabas, A. (2014). Multiculturalismo, pluralismo cultural y interculturalidad en el contexto de América Latina: La presencia de los pueblos originarios. Configurações, 14, 11-24. Barnige, R. (2016). Self-determination, statehood, and the law of negotation The case of palestine. Hart publishing. Barrios, R. F. P. (2017). Los mecanismos de control constitucional. Un análisis desde y para Cuba con especial referencia a la inconstitucionalidad por omisión. Revista de Investigações Constitucionais, 4(1), 87-108. https://doi.org/10.5380/rinc.v4i1.49303 Barton, T. D. (1987). Liberalism and Theories of Adjudication. Boston College Law Reviw, 28, 625-657. Bauman, Z. (2002). La hermenéutica y las ciencias sociales. Nueva Visión. Bechara Llanos, A. Z. (2016). New subjects of special constitutional protection: Defense from the principialist theory of the fundamental rights; Nuevos sujetos de especial protección constitucional: Defensa desde la teoría principialista de los derechos fundamentales. Revista científicas Universidad Simón Bolívar, 21(29). BASE. https://doi.org/10.17081/just.21.29.1231 Benavides, F. (2009). La democracia Liberal y el Reto Intercultural. En Derecho, Interculturalidad y Resistencia Étnica (pp. 133-167). Universidad Nacional de Colombia. Benhabib, S. (2018). The Claims of Culture: Equality and Diversity in the Global Era. /z-wcorg/. https://www.degruyter.com/doi/book/10.23943/9780691186542 Benítez Naranjo, H. D. (2002). La Corte Constitucional ¿juez penal? El caso de la jurisdicción especial indígena. Opinión jurídica, 1(2), 51-58. Bernal Camargo. (2009). Jurisdicciones constitucional y especial indígena colombianas. Diálogos de saberes, 0(31), 245. 261. Bernal Camargo, D. R., & Padilla Muñoz, A. C. (2018). Los sujetos de especial protección: Construcción de una categoría jurídica a partir de la constitución política Colombiana de 1991. Revistas jurídicas, 15, 46-64. Blanco Blanco, J. (2007). Administración de justicia en la jurisdicción especial indígena. Diálogos de saberes, 26, 11-44. Borrero García, C. (2009). ¿Multiculturalismo o interculturalidad? En D. Carrillo González & N. Santiago. Patarroyo Rengifo (Eds.), Derecho , interculturalidad y resistencia étnica (67.a-76.a ed.). Universidad Nacional de Colombia. Borrero García, C. (2014). Derechos multiculturales (étnicos) en Colombia: Una dogmática ambivalente. Universidad Nacional de Colombia. Botero, J., & Leal, L. (2017). Pensamiento, voluntad y juicio en Hannah Arendt. Tópicos, Revista de filosofía, 53, 85-119. Botero Marino, C. (2003). Multiculturalismo y derechos de los pueblos indígenas en la jurisprudencia de la Corte constitucional. Precedente. Revista Jurídica, 45-85. https://doi.org/10.18046/prec.v0.2039 Bourdieu, P. (2019). Curso de sociología general 1, conceptos fundamentales. Siglo veintiuno editores. Brown, W. (2008). Regulating aversion: Tolerance in the age of identity and empire. Princeton University Press. Bulygin, E. (1991). Teoría y técnica de la legislación. En C. Alchourrón & E. Bulygin, Análisis lógico y derecho, (pp. 409-426). Centro de estudios constitucionales. Burke, R. (2010). Decolonization and the evolution of international Human Rights. University of Pennsylvania Press. Burke, R. (2017). Emotional Diplomacy and Human Rigths at the United Nations. Human Rigths Quarterly, 273-295. Cajas Sarria, M. (2007). Acerca de la interpretación en el control de las reformas constitucionales. Díkaion, 21(16), 31-47. Carrasco, M., & Ramírez, S. (2015). «Somos un pueblo, precisamos un territorio porque allí es donde se da la vida indígena; sin territorio no hay identidad como pueblo». Revista Pueblos y fronteras, 10(19), 28-51. Carrillo González, D., & Patarroyo Rengifo, N. S. (2010). Derecho interculturalidad y resistencia étnica. Universidad Nacional de Colombia. Castillo, C. E., & Castellanos, E. N. (2009). El disfraz constitucional: El constitucionalismo relativo. Papel Político, 14(1), 13-38. Castro- Gómez, S. (2000). Ciencias sociales, violencia epistémica y el problema de la invención del otro. En La colonialidad del saber: Eurocentrismo y ciencias sociales. Perspectivas latinoamericanas (pp. 88-98). Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales. Cea, J. L. (1983). Sistema y problema en la investigación jurídica: Para una dogmática flexible del derecho. Revista chilena de derecho, 10(2), 341-365. Ceballos Rosero, F. (2020). Otros sujetos de derecho o personas(?). Estudios sociojurídicos, 321-351. Cepal- Naciones Unidas. (2014). Los pueblos indígenas en América Latina. Avances en el último decenio y retos pendientes para la garantía de sus derechos. Naciones Unidas. Chakrabarty, D. (2011). Historia de las minorías, pasados subalternos. En La (re)vuelta de los estudios subalternos: Una cartografía a (des)tiempo (pp. 193-215). Universidad Católica del Norte. Chakravor Spivak, G. (2010). Crítica de la razón poscolonial: Hacia una crítica del presente evanescente. Ediciones AKAL. Chakravort Spivak, G. (1990). The Post-Colonial Critic (S. Harasym, Ed.). Routledge. http://gen.lib.rus.ec/book/index.php?md5=906715F0E781A566BD328BB2EE321A91 Chakravorty Spivak, G. (1998). ¿Puede hablar el sujeto subalterno? Orbis Tertius, 175-235. Chakravorty spivak, G. (2011). Marginalidad en la Máquina académica. En La (re)vuelta de los estudios subalternos: Una cartografía a (des)tiempo (pp. 156-189). Universidad Católica del Norte. Chakravorty Spivak., G. C. (2010). ¿Por qué los Estudios de las Mujeres? Nación, diversidad y género: perspectivas críticas, 2010, ISBN 978-84-7658-951-9, págs. 15-40, 15-40. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=3162700 Comanducci, P. (2002). Formas de (neo)constitucionalismo: Un análisis metateórico. Isonomía : Revista de Teoría y Filosofía del Derecho., 16, 90-112. Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). (2017). Resumen gráfico de las principales ideas y conceptos del informe: “Las Mujeres Indígenas y sus Derechos Humanos en las Américas”. Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Consejería Mujer y Generación - Organización Nacional Indígena de Colombia. (2013). Una mirada a los derechos humanos de las mujeres indígenas colombianas. Consejería presidencial para los Derechos Humanos y Asuntos Internacionales. (2017). Mujeres de los pueblos indígenas defienden sus derechos. Corporación infancia y desarrollo. (2012). Atención indígena humanitaria con enfoque diferencial indígena para el Putumayo. Cortázar, M. G. (2012). Las garantías judiciales. Análisis a partir de los estándares de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Prolegómenos, 15(30), 65-79. https://doi.org/10.18359/prole.2358 Cox, L., & Yoo, J. (2009). Are Human Rights Universal? The Brown Journal of World Affairs, 16(1), 9-20. JSTOR. Crenshaw, K. (1989). Emarginalizing the Intersection of Race and Sex: A Black Feminist Critique of Antidiscrimination Doctrine, Feminist Theory and Antiracist Politics. University the Chicago legal forum, 139-167 Cruz Rodríguez, E. (2013a). Multiculturalismo e interculturalismo: Una lectura comparada. Cuadernos Interculturales, 11(20), 45-76. Cruz Rodríguez, E. (2013b). Pluralismo jurídico, multiculturalismo e interculturalidad. Criterio jurídico, 13(2), 69-102. Cruz Rodríguez, M. (2012). Múltiples derechos, la misma desprotección: La eficacia simbólica de los derechos de las mujeres indígenas desplazadas en Colombia. Estudios Sociojuridicos, 2(14), 289-325. Davis, K. (2008). Intersectionality as buzzword A sociology of science perspective on what makes a feminist theory successful. Feminist Theory, 9(1), 67-85. Daza Coronado, S. M. (2019). La mujer como sujeto de especial protección constitucional en la elección a la maternidad subrogada en Colombia. Repositorio Institucional UN. http://ezproxy.unal.edu.co/login?url=http://search.ebscohost.com/login.aspx?direct=true&db=ir00238a&AN=unal.74941&lang=es&site=eds-live De la Torre Rangel, J. A. (2006). El derecho como arma de liberación en América latina sociología jurídica y uso alternativo del derecho. Universidad Autónoma de San Luis Potosí, Centro de Estudios Jurídicos y Sociales P. Enrique Gutiérrez y Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí. De Sousa Santos, B. (1991). Estado, derecho y luchas sociales. Instituto Latinoamericano de Servicios Legales Alternativos. De Sousa Santos, B. (1998). La globalización del derecho: Los nuevos caminos de la regulación y la emancipación. Universidad Nacional de Colombia e Instituto Interamericano de Servicios legales alternativos. De Sousa Santos, B. (Ed.). (2008). La reinvención del Estado y el Estado plurinacional. Debates, 22, 25-46. De Sousa Santos, B. (2009a). Sociología jurídica critica. Para un nuevo sentido común en el derecho. Instituto latinoamericano de servicios legales alternativos-. De Sousa Santos, B. (2009b). Una epistemología del sur: La reinvención del conocimiento y la emancipación social. Clacso Ediciones. De Sousa Santos, B. (2012). Derecho y emancipación. Corte Constitucional. De Sousa Santos, B. (2014). Derechos humanos, democracia y desarrollo. Dejusticia. De Sousa Santos, B. (2017). justicia entre saberes: Epistemologías del Sur contra el epistemicidio (tercera). Ediciones Morata. De Sousa Santos, B. (2018). Las bifurcaciones del orden. Revolución, ciudad, campo e indignación. Siglo del hombre Editores, Editorial Trotta e ILSA. De Sousa Santos, B. (2019). Los derechos humanos, una frágil hegemonía. En Construyendo las epistemologías del Sur Para un pensamiento alternativo de alternativas: Vol. II. Clacso ediciones. De Sousa Santos, B., & Rodríguez Garavito, C. A. (2007). La ley de Nike: El movimiento antimaquila, las empresas transnacionales y la lucha por los derechos laborales en las Américas. En El derecho y la globalización desde abajo Hacia una legalidad cosmopolita (pp. 61-85). Anthropos. Di Pego, A. (2016). La comprensión como perspectiva metodológica en Hannah Arendt. Andamios. Revista de investigación social, 13, 61-83. Díaz Ocampo, E. (2018). El pluralismo jurídico en América Latina. Principales posiciones teórico-prácticas. Reconocimiento legislativo. Revista de la Facultad de Derecho de México, 271(LXVIII), 363-394. Dorado Zúñiga, O. (2019). Jurisdicción indígena y jurisdicción estatal: Análisis desde el derecho constitucional colombiano. En Velasco Cano, N., Llano Franco, J. V., & Lagos Enríquez, M. (Eds.), Pluralismo jurídico, justicia indígena y sistema carcelario (pp. 63-87). Grupo Editorial Ibañez. Durango Álvarez, G. (2007). Estado democrático de derecho—Estado constitucional de derecho: ¿tensión entre el desarrollo y garantía de los derechos fundamentales? Revista de Derecho, 28, 88-111. Dworkin, R. (1986a). A Matter of Principle. Clarendon Press. Dworkin, R. (1986b). Law’s Empire. Harvard University Press Engle Merry, S. (2007). Pluralismo Jurídico. En S. Engle Merry, J. Griffiths, & B. Tamanaha, Pluralismo jurídico (pp. 87-142). Siglo del Hombre Editores, Universidad de los Andes, Pontificia Universidad Javeriana. Espinosa, M. (2007). Ese indiscreto asunto de la violencia. Modernidad, colonialidad y genocidio en Colombia. En S. Castro- Gómez & R. Grosfoguel (Eds.), El giro decolonial: Reflexiones para una diversidad epistémica más allá del capitalismo global (pp. 267-288). Siglo del Hombre Editores; Universidad Central, Instituto de Estudios Sociales Contemporáneos y Pontificia Universidad Javeriana, Instituto Pensar. Espinosa Miñoso, Y. (2019). Superando el análisis fragmentado de la dominación. En X. Leyva Solano & R. Icaza (Eds.), En tiempos de muerte:cuerpo, rebeldía, resistencias (pp. 273-293). Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales, Cooperativa Editorial Retos, Institute of Social Studies. Espinosa, S. (2015). Identidad y otredad en la teoría descolonial de Aníbal Quijano. Ciencia Política; Vol. 10, Núm. 20 (2015): Pensamiento político latinoamericano: identidad, otredad, alteridad y diversidad, 108-130, 10.15446/cp.v10n20.53920. Estupiñan-Silva, R. (2014). Pueblos indígenas y tribales: La construcción de contenidos culturales inherentes en la jurisprudencia interamericana de derechos humanos. Anuario mexicano de derecho internacional, 14, 581-616. Ezeizabarrena, X. (2017). Derecho de libre determinación y derecho a decidir: Nueva soberanía y Derechos Humanos en el siglo XXI. Deusto Digital e Instituto de Derechos Humanos Pedro Arrupe. Fajardo Sánchez, L. A., Abondano, D. C., & García Lozano, L. F. (Eds.). (2008). Los invisibles y la lucha por el derecho en Colombia: Una mirada desde la Casa de Justicia. Universidad de Santo Tomás. Ferrajoli, L. (1989). Derecho y razón. Trotta. http://www.trotta.es/libros/derecho-y-razon/9788498790467 Ferrajoli, L. (1995). Derecho y razón: Teoría del garantismo penal. Trotta. Ferrajoli, L. (2006a). Garantismo. Una discusión sobre derecho y democracia. Trotta. http://www.dykinson.com/libros/garantismo-una-discusion-sobre-derecho-y-democracia/9788481648669/ Ferrajoli, L. (2009a). Derecho y garantías la ley del más débil. Trotta. Ferrajoli, L. (2009c). Garantismo una discusión. Trotta. Ferrajoli, L. (2011). Constitucionalismo principialista y constitucionalismo garantista. 15-53. Ferrajoli, L. (2014). La democracia a través de los derechos El constitucionalismo garantista como modelo teórico y como proyecto político. Trotta. Ferrajoli, L. (2015). La democracia a través de los derechos. Trotta. Ferrajoli, L. (2003). Pasado y futuro del Estado de derecho. Neoconstitucionalismo(s), 2003, ISBN 84-8164-573-7, págs. 13-30, 13-30. Ferrer Mac-Gregor, E., & Pelayo Moller, C. M. (2012). La obligación de «respetar» y «garantizar» los Derechos Humanos A la luz de la jurisprudencia de la Corte Interamericana: Análisis del artículo 1° del pacto de San José como fuente convencional del derecho procesal constitucional mexicano. Estudios Constitucionales, 10, 141-192. Firth, A. (2010). Etnometodología. Discurso y sociedad, 597-614. Fiss, O. (1997). Affirmative Action as a Strategy of Justice. Yale School. https://digitalcommons.law.yale.edu/fss_papers/1322 Fiss, O. (1999). Grupos y la clausura de la igual protección. En Derecho y grupos desaventajados (pp. 137-167). Editorial Gedisa. Fonseca, I., & Guzzo, M. (2018). Feminismos y herida colonial: Una propuesta para rescatar los cuerpos secuestrados en Brasil. Tabula Rasa, 29, 65-84. Font Oporto, P. (2012). Ruptura del consenso socialdemócrata y crisis del modelo de Estado. Revista de fomento social, 211-250. Forero Salcedo, J. R. (2019). Derechos humanos, enfoque diferencial y construcción de paz. Breves reflexiones desde una visión constitucional. Base. http://ezproxy.unal.edu.co/login?url=http://search.ebscohost.com/login.aspx?direct=true&db=edsbas&AN=edsbas.E1BD1945&lang=es&site=eds-live Franck, T. M. (2001). Are Human Rights Universal? Foreign Affairs, 80(1), 191-204. JSTOR. https://doi.org/10.2307/20050052 Fraser, N., Holguín, M., & Jaramillo, I. C. (1997). Iustitia interrupta: Reflexiones críticas desde la posición «postsocialista». Siglo del Hombre Editores y Universidad de los Andes. Frosini, V. (1991). Teoría de la interpretación jurídica. Temis. http://www.marcialpons.es/libros/teoria-de-la-interpretacion-juridica/9789563920833/ Gadamer, H. G. (1993). Verdad y método. Sígueme Gadamer, H.-G. (1995). El giro hermenéutico. Cátedra. García, A. J. (2003). La teoría del Derecho en tiempos del constitucionalismo. Neoconstitucionalismo(s), 2003, ISBN 84-8164-573-7, págs. 159-186, 159-186. García Jaramillo, L. (2012). El neoconstitucionalismo en el contexto de la internacionalización del derecho: El caso colombiano. Boletín mexicano de derecho comparado, 45(133), 93-118. García, L. (2008). El nuevo derecho en Colombia: ¿Entelequia innecesaria o novedad pertinente? Revista de Derecho, 29, 289-330. Garcia Lozano, L. F. (2009). A jurisprudência indígena da Corte Constitucional Colombiana: Produto de práticas emancipadores ou adaptativas? En R. Verdum (Ed.), Povos Indígenas Constituições E Reformas Políticas Na América Latina (pp. 193-212). Instituto de estudios socioeconómicos. García Lozano, L. F. (2011). La incidencia del concepto estado de derecho y estado social de derecho en la independencia judicial. Revista Prolegómenos. Derechos y Valores, 14(27), 181-198. García Lozano, L. F. (2013a). El papel del juez en la sociedad de contrastes: Análisis de la autonomía funcional del juez en Colombia. Ediciones USTA García Lozano, L. F. (2013b). La crisis de la modernidad: Una fractura del pensamiento político y jurídico. Novum Jus: Revista Especializada en Sociología Jurídica y Política, 7(1), 11-29. https://doi.org/10.14718/NovumJus.2013.7.1.1 García Lozano, L. F. (2014). Los autos de seguimiento de la corte constitucional la constitución de un imaginario simbólico de justicia por parte de la corte. Análisis Político, 27(82), 149-166. https://doi.org/10.15446/anpol.v27n82.49412 García Lozano, L. F., & Fajardo Sánchez, L. A. (2010). Utopía y jurisprudencia constitucional un enfoque progresista de la Corte Constitucional Colombiana (1991-2000). Universidad Santo Tomás. García Lozano, L. Fernanda., & Ramírez Lemo, R. (2010). Egida de una administración de justicia precaria: Derecho de acceso a la administración de justicia y pluralismo jurídico débil en Colombia. Revista Iusta. (Santafé de Bogotá), 33, 29-39. /z-wcorg/. García Pelayo, M. (1987). El Estado Social y sus implicaciones. Alianza Editorial. García Villegas, M. (2012). Constitucionalismo aspiracional: Derecho democracia y cambio social en América Latina. Análisis Político, 25(75), 89-110. García Villegas, M. (2014). La eficacia simbólica del derecho: Sociología política del campo jurídico en América Latina. Instituto de Estudios Políticos y Relaciones Internacionales, Universidad Nacional de Colombia. García Villegas, M. (2010). Sociología y crítica del derecho. Fontamara; /z-wcorg/. García Villegas, M., Rodríguez M., C. A., Uprimny, R., Courtis, C., Esquirol, J. L., Morales, A., Vidal López, R., Silva García, G., Sandoval, C., Oliveira, L., López, J. R. de Lima., Wolkmer, A. C., Neves, M. (2003). Derecho y sociedad en América Latina: Un debate sobre los estudios jurídicos críticos. ILSA y Universidad Nacional de Colombia Gargarella, R. (1999). Derecho y grupos desaventajados. Gedisa. https://dialnet.unirioja.es/servlet/libro?codigo=1039 Gómez Martínez, D. L. (2013). Multiculturalismo y capitalismo. Una lectura desde la sospecha. Criterio Jurídico, 13(1), 97-120. Gómez Velásquez, A. (2018). La jurisdicción especial indígena en el sistema jurídico Colombiano. Revista Boliviana de Derecho, 25, 586-611. González, R. (2014). El nuevo paradigma de la garantía de la jurisdicción. Ars Boni et Aequi, 10(1), 119-150. Goyenechea de Benvenuto, E. (2014). Hannah Arendt. La sociedad y la política. Analecta política, 4, 223-248. Griffiths, J. (2007). ¿Qué es el pluralismo jurídico? (De J. Griffiths, S. Engle Merry, & B. Tamanaha; pp. 143-220). Siglo del Hombre Editores, Universidad de los Andes, Pontificia Universidad Javeriana e Instituto Pensar. Grupo de sobre Colonialidad (Gesco). (2012). Los avatares de la crítica decolonial. Tabula Rasa. 16, 2013-2230. Guastini, R. (2001). Estudios sobre teoría constitucional. Distribuciones Fontanamara. http://www.marcialpons.es/libros/estudios-sobre-teória-constitucional/9786077360186/ Guastini, R. (1999). Distinguiendo: Estudios de teoría y metateoría del derecho. Gedisa. https://dialnet.unirioja.es/servlet/libro?codigo=226684 Guha, R. (2011a). Aspectos elementales de la insurgencia campesina en la India colonial. En La (re)vuelta de los estudios subalternos: Una cartografía a (des)tiempo (pp. 79-93). Universidad Católica del Norte. Guha, R. (2011b). La muerte de Chandra. En La (re)vuelta de los estudios subalternos: Una cartografía a (des)tiempo (pp. 95-127). Universidad Católica del Norte. Gumbis, J., Bacianskaite, V., & Randakeviciute, J. (2010). Human Rights Today. Jurisprudence, 125-145. Habermas, J. (2005). Facticidad y validez. Trotta. Hancock, A. M. (2007). When Multiplication Doesn’t Equal Quick Addition: Examining Intersectionality as a Research Paradigm. Perspectives on Politics, 5(1), 63-79. Hart, H. L. A. (1961). El concepto de derecho. Abeledo-Perrot. Hernandez Castillo, A. (2017). Entre la justicia comunitaria y el litigio internacional: El caso de Inés Fernández ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En R. Sieder (Ed.), Exigiendo justicia y seguridad: Mujeres indígenas y pluralidades legales en América Latina (pp. 34-54). Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social. Hernández Cervantes, A. (2014). La producción jurídica de la globalización en el marco de un pluralismo jurídico transnacional. Umbral Revista de Derecho Constitucional, 1(4), 131-160. Hernández, M. (2020, mayo 21). [Entrevista]. Hernández Sampieri, R., Fernández Collado, C., Baptista Lucio, P., Méndez Valencia, S., & Mendoza Torres, C. P. (2014). Metodología de la investigación. McGrawHill. Herrán Pinzón, O. A., & García Hernández, G. (2010). Identidad judicial indígena frente a la jurisdicción ordinaria actual en Colombia. Prolegómenos, 13(26), 29-42. https://doi.org/10.18359/prole.2419 Hill Collins, P. (1998). The tie that binds: Race, gender and US violence. Ethnic and Racial Studies, 21(5), 917-938. https://doi.org/10.1080/014198798329720 Hoekema, A. (2014). Legal pluralism: Conflicting legal commitments without a neutral arbiter. Umbral Revista de derecho Constitucional, 1(4), 161-196. Lanuzova, M. (2001). Mujer, derechos humanos y género (2.a ed.). Profamilia. Iño Daza, W. (2017). Epistemología pluralista, investigación y descolonización. Aproximaciones al paradigma indígena. RevIISE - Revista de Ciencias Sociales y Humanas, 9(9). https://www.redalyc.org/jatsRepo/5535/553559402011/html/index.html Jerade, M. (2015). Nacionalismo y antisemitismo. Hannah Arendt sobre la cuestión judía y el Estado Nación. Revista Mexicana de ciencias políticas y sociales, 341-368. Julicue Goméz, L. E. (2020, julio 3). [Entrevista]. Kaufmann, A. (2007). Hermenéutica y derecho. Comares. Kelsen, H. (1960). Teoría pura del derecho. Eudeba. Kennedy, D. (1997). A Critique of Adjudication [fin de Siècle]. Harvard University Press. Kennedy, D. (1999). Libertad y Restricción en la Decisión Judicial- una fenomenología crítica. Universidad de los Andes y Siglo del Hombre Editores. Kymlicka, Will. (2010). Ciudadanía multicultural: Una teoría liberal de los derechos de las minorías. Paidós. La Barbera, M. C. (2016). Interseccionalidad, un “concepto viajero”: Orígenes, desarrollo e implementación en la Unión Europea. Interdisciplina, 4(8), 105-122. Lascarro Castellar, C., & Lascarro Castellar, D. (2012). El discurso de los derechos en Colombia: Un mapa de la cuestión. Pensamiento Jurídico, 35, 65-85. Levi, E. H. (1964). Introducción al razonamiento jurídico. Editorial Universitaria de Buenos Aires. Llano Franco, J. V. (2016). Pluralismo jurídico diversidad cultural identidades globalización y multiculturalismo: Perspectiva desde la ciencia jurídica. Novum Jus, 10(1), 49-92. López Medina, D. E. (2004). Teoría impura del derecho. La trasformación de la cultura jurídica latinoamericana. Universidad de los Andes, Legis y Universidad Nacional de Colombia. López Medina, D. E. (2006). Interpretación constitucional. Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla. López, N., & Olarte, M. C. O. (2007). Incumplimiento de sentencias de la Corte Constitucional Colombiana: Aparentes garantías, silenciosos incumplimientos. 42. Lugones, M. (2008). Colonialidad y género. Tabula Rasa, 73-102. Lugones, M. (2012). Interseccionalidad y feminismo decolonial. En Grosfoguel, R. & Hernández, R. A. (Eds.), Lugares descoloniales (1.a ed., pp. 119-124). Pontificia Universidad Javeriana. JSTOR. www.jstor.org/stable/j.ctt15hvxjw.7 Lugones, M., Leyva, X., Alonso, J., Hernández, R. A., Escobar, A., Köhler, A., Cumes, A., Sandoval, R., Speed, S., Blaser, M., Krotz, E., Piñacué, S., Nahuelpan, H., Macleod, M., Intzín, J. L., García, J. L., Báez, M., Bolaños, G., Restrepo, E., … de Sousa Santos, B. (2018). Hacia metodologías de la decolonialidad. En Prácticas otras de conocimiento(s) (pp. 75-92). CLACSO; JSTOR. www.jstor.org/stable/j.ctvn96g99.6 Maccormick, N. (2016). Retórica y Estado de Derecho. Isegoría, 0(21), 5-21. Manili, P. L. (2015). El derecho al debido proceso de las comunidades indígenas en el Sistema Interamericano. Lex, 13(15), 15-36. Marrades, A. (2016). Los nuevos derechos sociales: El derecho al cuidado como fundamento del pacto constitucional. Revista de Derecho Político, 1(97), 209-242. https://doi.org/10.5944/rdp.97.2016.17623 Martínez, C. (2015). La democracia liberal entre la crisis del Estado de bienestar y la retórica circular de la eficiencia. Revista Persona y Derecho, 0(66), 181-200. Martínez, D. (2010). Metodología jurídica y argumentación. Marcial Pons. Ediciones Jurídicas y Sociales. http://www.marcialpons.es/libros/metodologia-juridica-y-argumentacion/9788497688161/ Mbaya, E. R., & Franco Toriz, G. (1997). Génesis, evolución, y universalidad de los derechos humanos ante la diversidad de las culturas. Colegio de México, 32(1), 31-66. Medina Martín, R. (2016). Agencia y Mujeres saharauis refugiadas. Identidades Colectivas y Subjetividades desde los feminismos descoloniales. En K. Bidaseca (Ed.), Genealogías críticas de la colonialidad en América Latina, África, Oriente (pp. 125-146). CLACSO. Mejía, O. (2010). Del liberalismo racional al republicanismo razonable. Precedente. Revista Jurídica, 171-204. https://doi.org/10.18046/prec.v0.1448 Mejía, O. (2014). Elementos para una hermenéutica crítica: Una introducción al problema del método en las ciencias sociales y el derecho. Pensamiento Jurídico, 0(39), 15-53. Mignolo, W. (2007). El pensamiento decolonial: Desprendimiento y apertura. Un manifiesto. En S. Castro-Gómez & R. Grosfoguel (Eds.), El giro decolonial: Reflexiones para una diversidad epistémica más allá del capitalismo global (pp. 25-46). Siglo del Hombre Editores, Universidad Central y Pontificia Universidad Javeriana. Molano, A. (2001). La justicia guerrillera. En El caleidoscopio de las justicias en Colombia Tomo II (pp. 331-389). Instituto Colombiano de Antropología e Historia, Universidad de Coimbra, Universidad de los Andes, Universidad Nacional de Colombia y Siglo del hombre Editores. Molinares, V. (2013). Afrodescendientes: Otro caso de garantismo de la corte constitucional colombiana. Vniversitas, 62(127), 189-221. Molinares, V., & Bechara, A. (2018). Entre la interpretación y la norma: La tasa razonable de justificación constitucional. Revista de Derecho, 0(48), 163-188-188. Mora, F. (2012). El garantismo como constitucionalismo de reglas. Cuadernos Electrónicos de Filosofía del Derecho, 191-206. Morales, A. (2011). Un modelo para el control de las omisiones legislativas, su aplicación en la jurisprudencia constitucional comparada y colombiana. Pensamiento Jurídico, 0(32), 289-321. Mosquera Rosero-Labbé, C., & León Díaz, R. E. (Eds.). (2009). Acciones afirmativas y ciudadanía diferenciada étnico-racial negra, afrocolombiana, palenquera y raizal: Entre bicentenarios de las independencias y constitución de 1991 (1. ed). Universidad Nacional de Colombia. Murri Murri, Y. (2019, abril 11). [Entrevista]. Naciones Unidas, Derechos Humanos, oficina del alto comisionado. (2013). Los pueblos indígenas y el sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas. Folleto Informativo N9/Rev.2. Naciones Unidas. Nino, C. S. (2001). Introducción al Análisis del Derecho. Ariel. Noguera Fernández, A., & Criado de Diego, M. (2011). La Constitución colombiana de 1991 como punto de inicio del nuevo constitucionalismo en América Latina. Estudios sociojuridicos, 1(13), 15-41. Nuñez Leiva, J. I. (2016). Sobre los neoconstitucionalismos. Una síntesis para constitucionalistas con alma de teóricos del derecho. Opinión jurídica, 15(29), 187-202. Ochy, C. (2007). Crítica poscolonial desde las prácticas políticas del feminismo antirracista. Nómadas, 26, 92-101. Ortiz Quiroga, J. A. (2013). La identidad cultural de los pueblos indígenas en el marco de la protección de los derechos humanos y los procesos de democratización en Colombia. Revista Derecho del Estado, 30, 217-249. Pasillas Pineda, E. F. (2019). Libre determinación y consulta como bases de los derechos fundamentales de los pueblos indígenas en la jurisprudencia del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Universitas: revista de filosofía, derecho y política, 29, 2-31. Peces-Barba, G. (1993). Derecho y derechos fundamentales. Centro de Estudios Constitucionales. Peláez Grisales, H. (2014). Una mirada al problema del derecho de los sujetos y grupos desaventajados de especial protección en Colombia y la apuesta por una necesaria fundamentación teórica desde las teorías contemporáneas de la justicia. Estudios Socio-Jurídicos; Vol. 17, Núm. 01 (2015), 10.12804/esj17.01.2014.04. Peláez, H. (2015). Una mirada al problema del derecho de los sujetos y grupos desaventajados de especial protección en Colombia y la apuesta por una necesaria fundamentación teórica desde las teorías contemporáneas de la justicia. Estudios Socio-Jurídicos, 17(01), 125-168. https://doi.org/10.12804/esj17.01.2014.04 Peña Freire, A. M. (2007). Constitucionalismo y garantismo: Una relación difícil. Anales de la Cátedra Francisco Suárez, 41, 237-257. Pérez, A. (1987). Concepto y concepción de los derechos humanos (Acotaciones a la ponencia de Francisco Laporta). http://www.cervantesvirtual.com/obra/concepto-y-concepcin-de-los-derechos-humanos-acotaciones-a-la-ponencia-de-francisco-laporta-0/ Perry, M. J. (1997). Are Human Rights Universal? The Relativist Challenge and Related Matters. Human Rights Quarterly, 19(3), 461-509. JSTOR. Piana, D. (2010). Beyond judicial independence: Rule of law. Comparative Sociology, 9, 20-64. Pino, G. (2014). Derecho e interpretación. El razonamiento jurídico en el Estado constitucional. Universidad Externado de Colombia. Portes, A. (2006). Instituciones y desarrollo: Una revisión conceptual. Cuadernos de Economía, 25(45). https://revistas.unal.edu.co/index.php/ceconomia/article/view/547 Presidencia de la República de Colombia. (2020, julio 2). La población indígena en Colombia es de 1 905 617 personas, según Censo del Dane. Presidencia de la República de Colombia. https://id.presidencia.gov.co/Paginas/prensa/2019/La-poblacion-indigena-en-Colombia-es-de-1905617-personas-segun-Censo-del-Dane-190916.aspx Presidencia de la República de Colombia. (2013). Algunos factores asociados a la violencia contra las mujeres indígenas, Colombia 2012-2013. Presidencia de la República. Prieto Sanchís, L. (2011). Apuntes de teoría del Derecho. Trotta. http://www.trotta.es/libros/apuntes-de-teoria-del-derecho/9788481647761 Prieto Sanchís, L. (2003). Neoconstitucionalismo y ponderación judicial. Neoconstitucionalismo(s), 2003, ISBN 84-8164-573-7, págs. 123-158, 123-158. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=917622 Quijano, A. (2014a). Colonialidad del poder, eurocentrismo y América Latina. Clacso ediciones. Quijano, A. (2014b). Colonialidad del poder y clasificación social. CLACSO. Quinche Ramírez, A. F. (2009). Derecho constitucional colombiano de la Carta de 1991 y sus reformas. Universidad del Rosario. Ragin, C. C. (2007). La construcción de la investigación social introducción a los métodos y su diversidad. Siglo del Hombre. Universidad de los Andes. Ragin, C. C., & Fiss, P. C. (2017). Intersectional inequality: Race, class, test scores, and poverty. University of Chicago press. Raic, D. (2002). Statehood and the law of self-determination. Kluwer Law International. Raz, J. (1996). ¿Por qué interpretar? Isonomía : Revista de Teoría y Filosofía del Derecho., 25-40. Rentería Díaz, A. (2011). Garantismo y neoconstitucionalismo. Derechos y libertades, 25, 145-178. Ritzer, G. (2001). Teoría sociológica clásica. McGraw-Hill. Roa Roa, J. E. (2014). Pluralismo jurídico y mecanismos de coordinación entre los sistemas de justicia indígena y el sistema nacional de justicia en Colombia. Revista Derecho del Estado, 33, 101-121. Rodríguez, C. (2010). Cortes y cambio social: Cómo la Corte Constitucional transformó el desplazamiento forzado en Colombia (1a. ed). Dejusticia. Rodriguez Freire, R. (2011). Estudios subalternos revoluciona la historia («tercermundista»): Notas sobre la insurgencia académica. En La (re)vuelta de los estudios subalternos una cartografía a (des)tiempo (pp. 13-68). Universidad Católica del Norte. Rodríguez, G. A. (2015). Los derechos de los pueblos indígenas de Colombia. Universidad del Rosario. Rodríguez Villabona, A., & Uprimny Yepes, R. (2008). Interpretación Judicial. Consejo Superior de la Judicatura, Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla y Universidad Nacional. Román Lozano, G. L. (2020, marzo 2). [Entrevista]. Ross, A. (2011). Sobre el derecho y la justicia. Eudeba. Rueda Carvajal, C. E. (2008). El reconocimiento de la jurisdicción especial indígena dentro del sistema judicial nacional en Colombia. El debate de la coordinación. Estudios Socio-Jurídicos, 10, 339-374. Ruiz, C. (2002). Crítica de la llamada inconstitucionalidad por omisión. Revista Iberoamericana de Derecho Procesal Constitucional, 2, 159-177. Ruíz Morato, N. (2016). La resistencia y la sobrevivencia de la justicia indígena en Colombia. Revista Científica General José María Córdova, 14, 347-375. Ruiz, O. (2007). El derecho a la identidad cultural de los pueblos indígenas y las minorías nacionales. Una mirada desde el sistema interamericano. Boletín Mexicano de derecho comparado, 118, 193-239. Saffon, M. P., & García Villegas, Mauricio. (2011). Derechos sociales y activismo judicial: La dimensión fáctica del activismo judicial en derechos sociales en Colombia. Estudios Socio-Jurídicos, 13(1), 75-107. Salcedo, D. (2012). El costo de oportunidad del enfoque diferencial étnico. En Identidades enfoque diferencial y construcción de paz (pp. 41-64). Universidad de Bogotá Jorge Tadeo Lozano, Facultad de Ciencias Sociales. Sánchez Botero, E. (2000). Reflexiones antropológicas en torno a la justicia y la jurisdicción especial indígenas en una nación multicultural y multiétnica. En F. García (Ed.), Las sociedades interculturales: Un desafío para el siglo XXI (pp. 57-84). FLACSO. Sánchez Botero, E. (2009). La realización del pluralismo jurídico de tipo igualitario en Colombia. Nueva antropología, 22, 31-49. Sánchez Botero, E. (2010). El peritaje antropológico Justicia en clave cultural (primera). Deutsche Gesellschaft für Technische Zusammenarbeit (GTZ). Sánchez Botero, E., & Jaramillo, I. C. (2007). La Jurisdicción especial indígena en Colombia (2da ed.). Instituto de estudio del Ministerio Público y Procuraduría General de la Nación. Sartori, G. (2011). Ingeniería constitucional comparada: Una investigación de estructuras incentivos y resultados. Fondo de Cultura Económica. Satre, S. (2003). La ciencia jurídica ante el neoconstitucionalismo. En Neoconstitucionalismo (pp. 239-258). Trotta. Savigny, F. C. von. (1869). The conflict of law and limits of their operation in respect of place and time. Segato, L. R. (2010). Los cauces profundos de la raza latinoamericana: Una relectura del mestizaje. Crítica y emancipación Revista latinoamericana de ciencias sociales, 3, 11-44. Segato, L. R. (2016b). La norma y el sexo. Frente estatal, patriarcado, desposesión, colonialidad. En K. Bidaseca (Ed.), Genealogías críticas de la colonialidad en América Latina, África, Oriente (pp. 31-64). Clacso. Corte Constitucional [CC], 13 de junio, 2013, MP: J. I. Pretelt Chaljub, Sentencia C-335/13, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 5 de diciembre, 2013, MP: J. I. Pretelt Chaljub, Sentencia T-921/13, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 16 de mayo, 2016, MP: J. I. Pretelt Chaljub, Sentencia T-241/16, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 11 de junio, 2014, MP: A. Rojas Ríos, Sentencia C-368/14, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 21 de septiembre, 2017, MP: A. Rojas Ríos, Sentencia T-590/17, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 7 de diciembre, 2005, MP: C. I. Vargas Hernández, Sentencia T-1294/05, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 15 de julio, 2008, MP: C. I. Vargas Hernández, Sentencia T-713/08, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 30 de julio, 2009, MP: L. E. Vargas Silva, Sentencia T-514/09, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 23 de septiembre, 2013, MP: L. E. Vargas Silva, Sentencia T-659/13, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 5 de octubre, 2016, MP: L. E. Vargas Silva, Sentencia C-539/16, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 19 de julio, 2007, MP: J. Araujo Rentería, Sentencia T-549/07, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 10 de mayo, 2006, MP: C.I. Vargas Hernández, Sentencia C-355/06, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 16 de enero, 2015, MP: M.V. Sáchica Méndez, Sentencia T-010/15, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 30 de julio, 2018, MP: J.F. Reyes Cuartas, Sentencia T-311/18, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 15 de febrero, 2019, MP: A.J. Lizarazo Ocampo, Sentencia T-063/19, [Col.]. Corte Suprema de Justicia [CSJ], 17 de abril, 2015, MP: A. Lizcano Rivera, Sentencia T-196/15, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 29 de septiembre, 2010, MP: J.I. Palacio Palacio, Sentencia C-776/10, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 18 de noviembre, 2014, MP: J.I. Palacio Palacio, Sentencia C-878/14, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 23 de noviembre, 2016, MP: J.I. Palacio Palacio, Sentencia T-652/16, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 15 de diciembre, 2014, MP: G.S. Ortíz Delgado, Sentencia T-967/14, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 10 de diciembre, 2015, MP: G.S. Ortíz Delgado, Sentencia T-754/15, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 20 de abril, 2015, MP: G.S. Ortíz Delgado, Sentencia C-208/15, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 22 de agosto, 2018, MP: G.S. Ortíz Delgado, Sentencia T-338/18, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 13 de noviembre, 2018, MP: G.S. Ortiz Delgado, Sentencia T-443/18, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 8 de junio, 2016, MP: G.S. Ortiz Delgado, Sentencia C-297/16, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 8 de junio, 1992, MP: S. Rodríguez Rodríguez, Sentencia T-008/92, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 9 de septiembre, 1998, MP: E. Cifuentes Muñoz, Sentencia C-482/98, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 9 de febrero, 2000, MP: A. Martínez Caballero, Sentencia C-112/00, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 13 de enero, 1994, MP: J.G. Hernández Galindo, Sentencia T-001/94, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 26 de septiembre, 1996, MP: C. Gaviria Díaz, Sentencia T-496/96, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 8 de agosto, 1996, MP: C. Gaviria Díaz, Sentencia T-349/96, [Col.]. Corte Constitucional [CC],3 de julio, 2014, MP: L. G. Guerrero Pérez, Sentencia T-434/14, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 20 de febrero, 2015, MP: L. G. Guerrero Pérez, Sentencia T-081/15, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 16 de febrero, 2012, MP: M. González Cuervo, Sentencia T-097/12, [Col.]. Corte Constitucional [CC],12 de diciembre, 20004, MP: R. Escobar Gil, Sentencia T-1238/04, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 7 de marzo, 2017, MP: M.V. Calle Correa, Sentencia T-145/17, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 23 de marzo, 2006, MP: R. Escobar Gil, Sentencia T-221/06, [Col.]. Corte Constitucional [CC], 17 de mayo, 2016, MP: L.E. Vargas Silva, Sentencia T-253/16 [Col.]. Corte Constitucional [CC], 28 de agosto, 2003, MP: M. J. Cepeda Espinosa, Sentencia C-741/03 [Col.]. Corte Constitucional [CC], 9 de julio, 2014, MP: M. V. Calle Correa, Sentencia C-463/14 [Col.]. Corte Constitucional [CC], 6 de julio, 2012, MP: M. V. Calle Correa, Sentencia T-523/12 [Col.]. Corte Suprema de Justicia [CSJ], 27 de septiembre, 2017, MP: F. Carrillo Cadena, Sentencia STL-16300/17 [Col.]. Corte Constitucional [CC], 17 de mayo, 2017, MP: C. Bernal Pulido, Sentencia T-208/19 [Col.]. Corte Constitucional [CC], 13 de noviembre, 1998, MP: A. Barrera Carbonel, Sentencia C-127/03 [Col.]. Corte Constitucional [CC], 23 de enero, 2017, MP: A. Arrieta Gómez, Sentencia T-027/17 [Col.]. Corte Constitucional [CC],1993, MP: A Cifuentes Muñoz, Eduardo. Sentencia T-380/93[Col.]. Corte Constitucional [CC] once (11) de enero, 2012,MP: A. Juan Carlos Henao Pérez. T-002/02. Corte Suprema de justicia, sala penal [CC], 2018, Sentencia StC4362, 1100102030002018-008700, (2018). Sieder, R. (Ed.). (2017a). Exigiendo justicia y seguridad Mujeres indígenas y pluralidades legales en América Latina. Publicaciones de la Casa Chata y Ciesas. la Casa Chata y Ciesas. Sieder, R. (2017b). Mujeres indígenas y pluralidades legales en América Latina: Repensando la justicia y la seguridad. En R. Sieder (Ed.), Exigiendo justicia y seguridad: Mujeres indígenas y pluralidades legales en América Latina. Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social. Sieder, R. (2019). Acceso a la justicia para las mujeres indígenas en Guatemala. Casos paradigmáticos, estrategias de judicialización y jurisprudencia emergente. Editorial Serviprensa. Sierra, M. T. (2009). Las mujeres indígenas ante la justicia comunitaria: Perspectivas desde la interculturalidad y los derechos. Desacatos, 31, 73-88. Sierra, M. T. (2017). Autonomías indígenas y justicia de género: Las mujeres de la Policía Comunitaria frente a la seguridad, las costumbres y los derechos. En R. Sieder (Ed.), Exigiendo justicia y seguridad: Mujeres indígenas y pluralidades legales en América Latina (pp. 100-125). Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social. Sierra, M. T. (2014). La lucha de las mujeres indígenas por la justicia: Derechos de género y pluralismo jurídico en México. En R. Sieder & J.-A. McNeish (Eds.), justicia y género y pluralidades legales: Perspectivas latinoamericanas y africanas. Centro de investigaciones y estudios superiores en antropología social. Suarez, V. (2020, mayo 22). [Entrevista]. Tamayo y Salmorán, R. (2003). Razonamiento y argumentación jurídica: El paradigma de la racionalidad y la ciencia del derecho. Instituto de Investigaciones Jurídicas, Universidad Nacional Autónoma de México. http://site.ebrary.com/id/10417941 Tapia Gutiérrez, A., & Rivas Otero, J. M. (2019). El eurocentrismo y su afectación a las competencias jurídicas de las comunidades étnicas en Colombia. Análisis Político, 32(95), 42-61. Tapias Torrado, N. R. (2005). Lo privado y lo público en el pensamiento de hannah Arendt. Universitas Philosophica, 71-86. Tavera, D. (2020, mayo 19). [Entrevista]. Taylor, C. (1993). El multiculturalismo y la «política del reconocimiento». Fondo de Cultura Económica. Terven Salinas, A. (2017). Violencia doméstica y relaciones de poder. Sobre la conformación de un campo de atención en la Casa de la Mujer Indígena de Cuetzalan, Puebla, México. En Exigiendo justicia y seguridad: Mujeres indígenas y pluralidades legales en América Latina (pp. 55-73). Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social. Torres Ávila, J. (2017). La teoría del Garantismo: Poder y constitución en el Estado contemporáneo. Revista de derecho: División de Ciencias Jurídicas de la Universidad del Norte, 47, 138-166. Traverso, E. (2002). La violencia nazi. Una genealogía europea. Fondo de Cultura Económica. Trujillo, R. (2020, junio 9). [Entrevista]. Ulloa, A. (2010). Reconfiguraciones conceptuales, políticas y territoriales en las demandas de autonomía de los pueblos indígenas en Colombia. Tabula Rasa, 73-92. Uprimny Yepes, R. (1995). La motivación de las sentencias y el papel del juez en el Estado social y democrático de derecho. Pensamiento Jurídico, 131-139. Uprimny, R., & García, M. (2004). Corte constitucional y emancipación social en Colombia. Valadés, D. (2011). La garantía política como principio constitucional. Boletín Mexicano de Derecho Comparado, 1259-1291. Van Gennep, A. (2013). Los ritos de paso. Alianza. Vargas Bejarano, J. (2009). El concepto de acción política en el pensamiento de Hannah Arendt. Revista de filosofía de la Universidad del Norte, 11, 82-107. Velasco Cano, N. (2019). Pluralismo jurídico y la justicia indígena Nasa como expresión local. En N. Velasco Cano, J. V. Llano Franco, & M. Lagos Enríquez (Eds.), Pluralismo jurídico, justicia indígena y sistema carcelario (pp. 15-38). Grupo editorial Ibañez Verdum, R. (Ed.). (2008). Mulheres Indígenas, Direitos e Políticas Públicas. Instituto de estudios socioeconomicos, Oxafam Novib. Vigo, R. L. (2012a). Constitucionalización y judicialización del derecho: del Estado de derecho legal al Estado de derecho constitucional. Porrúa. Vigo, R. L. (2012b). De la interpretación de la ley a la argumentación desde la constitución: realidad, teorías y valoración. Díkaion, 1(21), 187-227. Villanueva Flores, R. (2014). Constitucionalismo, pluralismo jurídico y derechos de las mujeres indígenas1. Revista de Derecho Público, 32, 4-28. Vitonas, D. & Llano Franco. J. (2019). Avances de la jurisdicción especial indígena en el norte del Cauca. Criterio Jurídico, 16(2). Vivas, B. (2020, junio 5). [Entrevista]. Viveros Vigoya, M. (2016). La interseccionalidad: Una aproximación situada a la dominación / Intersectionality: A situated approach to dominance / A interseccionalidade: Uma abordagem situada da dominação. Debate Feminista, 52, 1-17. JSTOR. Von Jhering, R. (2006). La lucha por el derecho. Porrúa. Walsh, C. (2009). Interculturalidad, Estado, sociedad Luchas (de) coloniales de nuestra época. Universidad Andina Simón Bolívar. Universidad Andina Simón Bolívar. Walsh, C. (2007). Interculturalidad y colonialidad del poder. Un pensamiento y posicionamiento “otro” desde la diferencia colonial. En S. Castro- Gómez & R. Grosfoguel (Eds.), El giro decolonial: Reflexiones para una diversidad epistémica más allá del capitalismo global (pp. 47-62). Siglo del Hombre Editores, Universidad Central, Instituto de Estudios Sociales Contemporáneos y Pontificia Universidad Javeriana, Instituto Pensar. Walsh, C. (2010). Development as Buen Vivir: Institutional arrangements and (de)coloni Werle, G. (2009, noviembre 19). El enjuiciamiento jurídico penal del pasado nacionalsocialista en Alemania. Cátedra de derecho penal alemán e internacional. Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Wolkmer, A. C. (2003). Pluralismo jurídico: Nuevo marco emancipatorio en América Latina. Cenejus. http://bibliotecavirtual.clacso.org.ar/clacso/otros/20111021100627/wolk.pd Wolkmer, A. C. (2006). Pluralismo jurídico. Fundamentos de una nueva cultura del derecho. Editorial MAD. Wolkmer, A. C. (2019). Teoría crítica del derecho desde América Latina. Ediciones Akal. Wolkmer, A. C., Rosillo Martínez, A., De la Torre Rangel, J. A., & Cammaert, F. (2006). Introducción al pensamiento jurídico crítico. Universidad Autónoma de San Luis Potosí. Wróblewski, J. (1985). Constitución y teoría general de la interpretación jurídica. Civitas. Yepes Delgado, F. L., & Hernández Enríquez, C. (2010). Haciendo visible lo invisible. Violencia de género y entre generaciones en una comunidad indígena colombiana. Investigación y Educación en Enfermería, 28(3), 444-453. Younes Jerez, S. (2005). Estado social de derecho: Estructura, critica y prospectiva. Universidad Autónoma de Colombia. Yrigoyen Fajadro, R. (2004). Pluralismo jurídico, derecho indígena y jurisdicción especial en los países andinos. El otro derecho, 30. Zambrano, C. V. (2002). Justicia y pueblos indígenas de Colombia. La tutela como medio para la construcción del entendimiento intercultural. Maguaré, 332-336. Zambrano, C. V. (2007). Derechos, pluralismo y diversidad cultural. Universidad Nacional de Colombia. Zambrano, C. V. (2008). Afrontamiento intercultural para la coordinación jurisdiccional con pueblos indígenas colombianos. Iconos. Revista de Ciencias Sociales, 31, 71-85. |
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Reconocimiento 4.0 Internacionalhttp://creativecommons.org/licenses/by/4.0/info:eu-repo/semantics/openAccesshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2Carvajal Martinez, Jorge Enrique20e7a746432b856992f7eb8f93a07480García Lozano, Luisa Fernanda371e397472042a6b59497fa0a28a7a5d2023-02-06T20:27:05Z2023-02-06T20:27:05Z2020-10https://repositorio.unal.edu.co/handle/unal/83334Universidad Nacional de ColombiaRepositorio Institucional Universidad Nacional de Colombiahttps://repositorio.unal.edu.co/ilustracionesEn la actualidad el derecho tiene una limitante al momento de adjudicar derechos bajo un criterio de protección. El reconocimiento y la reivindicación de las particularidades de los diferentes grupos que componen la sociedad fue un avance para que el derecho se materializara de acuerdo con sus condiciones y necesidades; sin embargo, los modelos de adjudicación y las reglas interpretativas no se ajustaron de manera que permitiera abordar las diferentes condiciones de los sujetos para otorgar derechos. En este contexto surge la necesidad de comprender las implicaciones de la falta de consolidación de modelos constitucionales de adjudicación, dado que, se evidencia que ninguno de los sistemas jurídicos que se han propuesto privilegian el contexto y las necesidades de las personas que acuden al aparato de administración de justicia y que por su condición, se adscribe a dos o más enfoques diferenciales, como es el caso de la mujer indígena. La Metodología propuesta es jurídica – cualitativa, en el marco de los estudios socio jurídicos dogmáticos del derecho, los métodos de investigación utilizados fueron: análisis jurisprudencial, método comparado, codificación, teoría fundamentada, entrevistas y análisis documental. (Texto tomado de la fuente)Currently, the law has a limitation when adjudication rights under a protection criterion. The recognition and vindication of the particularities of the different groups that make up society was an advance for the right to materialize according to their conditions and needs; however, the adjudication models and the interpretative rules were not adjusted in a way that allowed to address the different conditions of the subjects to grant rights. In this context, the need arises to understand the implications of the lack of consolidation of constitutional adjudication models, since it is evident that none of the legal systems that have been proposed privilege the context and the needs of the people who come to Justice administrationand that due to its condition, it is ascribed to two or more differential approaches, as is the case of indigenous women. The proposed methodology is legal - qualitative, within the framework of dogmatic socio-legal studies of law, the research methods used were: jurisprudential analysis, comparative method, codification, grounded theory, interviews and documentary analysisDoctoradoDoctor en DerechoEl problema de investigación es sociojurídico dogmático, con enfoque cualitativo; tiene una fase exploratoria de la literatura, realizando un proceso de análisis de contenido que permita comprender el concepto de hermenéutica e interpretación, para identificar las categorías en la jurisprudencia. Posteriormente, al examinar el desarrollo conceptual y establecer unidades temáticas, se identificaron categorías analíticas para abordar la jurisprudencia, en donde se aplicó análisis a las sentencias que habían conocido temas sobre acceso carnal violento y acceso carnal abusivo, niñas mayores de 12 años, en mujeres indígenas. Una vez revisada la literatura en el estado del arte, con el cual fue aprobado el proyecto, se encontró que en muchas de las comunidades indígenas reconocen a las mujeres a partir de los 12 años; por esta razón, al querer abordar un desarrollo desde los estudios de la mujer y esta concepción cultural, se encontró que es completamente diferente a los discursos jurídicos nacionales e internacionales, por lo que se estableció como límite este rango de edad, y se distanció de la tesis de los estudios de la infancia y adolescencia. El análisis de la información se realizó a través de un estudio comparativo de las ciencias sociales, se realizaron matrices temáticas que permitieron establecer presencias y ausencias en la manera de proferirse los fallos judiciales. Igualmente, se identificaron apartes que posibilitaron caracterizar el comportamiento decisional de las altas cortes, buscando constatar el choque o las tensiones de la jurisprudencia y el comportamiento frente a este tipo de casos desde la dogmática jurídica. Posteriormente, se abordó el objeto de estudio de la investigación para realizar las precisiones correspondientes y argumentar las razones de haberlo seleccionado; para tal fin, se realizó un análisis de contenido de las principales unidades temáticas que lo componen: cambio paradigmático del derecho posterior a 1945, contenido político, Estado social de derecho, derechos humanos. La estructuración del rastreo y búsqueda de información se hizo desde la perspectiva de análisis documental, depuración de conceptos y formulación de enunciados, con el fin de precisar el concepto y determinar la aplicación de su uso como centro analítico de la investigación. En este apartado se abordaron las transformaciones de la interpretación hacia la hermenéutica y sus usos, así como el garantismo y el pluralismo jurídico emancipatorio, a fin de aclarar sus conceptos y usos desde la perspectiva de concebir el derecho de forma integral. Mediante la jurisprudencia, al identificar y definir los esquemas conceptuales, se evidenció que, en la praxis jurisprudencial, al aplicar los derechos “jurisdicción propia” y “derecho a vivir una vida libre de violencia”, se pueden identificar los patrones decisionales y hermenéuticos. Se utilizaron dos métodos, principalmente, para establecer el contenido de los criterios por parte de la Corte; se utilizó la herramienta de “saturación de la teoría”, es decir, se identificaron las reiteraciones de la Corte como eje de construcción y aplicación del criterio, y con el fin de establecer los postulados establecidos por la Corte acerca de la protección de las mujeres en contextos de violencia, se realizó un análisis de codificación a las sentencias que mencionaran el derecho a vivir una vida libre de violencia; de esta manera, se planteó la teoría fundamentada de este derecho, con el fin de establecer la forma de abordarlo e identificar sus principales aspectos en el momento de plantear protección. Desde el análisis de la documentación y contenido se profundizó en los derechos de las mujeres, con el fin de comprender sus enfoques y elementos, y, así, entender la situación de las mujeres indígenas. No obstante, al realizar el análisis desde los aspectos teóricos y sus principales aristas, se hizo evidente la necesidad de dar voz a la mujer y comprender sus preocupaciones con respecto al tema. Como no fue posible realizar un trabajo de campo u obtener una muestra representativa de todas la mujeres indígenas, se entrevistaron a diez lideresas de diversas zonas que han desempeñado cargos en una organización, como la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC), o que han sido o son autoridades de sus pueblos; ellas, a través de sus narraciones, permitieron abordar tres categorías de análisis: el concepto de mujer – indígena, sus problemáticas al interior de las comunidades, como un proceso de lucha, y el acceso a la administración de justicia. Las entrevistas fluyeron mediante las narraciones, las historias de vida y las luchas políticas vividas por cada una de ellas al interior de las comunidades. Las experiencias con sus familias, en la comunidad y, dependiendo de la zona en donde se encontraban ubicadas, representaron el ritmo de la conversación. Las mujeres que formaron parte de esta investigación invitaron a entender sus propias dinámicas, las necesidades de cambio y los procesos que han acompañado su reivindicación. Además, plantearon e hicieron evidente las diferencias entre las comunidades organizadas político-jurídicamente desde las tradiciones culturales, y aquellas en las que sus estructuras jurídicas y políticas no se habían consolidado desde sus tradiciones y sus procesos son más recientes. Estas narraciones y la estructura conceptual de la investigación permitieron comprender la necesidad de hacer un marco hermenéutico de este tipo de casos, con base en los preexistentes (los patrones interpretativos que se aplican en la actualidad); además, se evidenció la necesidad de establecer instrumentos interdisciplinarios para poder aplicar un derecho en perspectiva de protección.x, 278 páginasapplication/pdfspaUniversidad Nacional de ColombiaBogotá - Derecho, Ciencias Humanas y Sociales - Doctorado en DerechoFacultad de Derecho, Ciencias Políticas y SocialesBogotá, ColombiaUniversidad Nacional de Colombia - Sede Bogotá340 - Derecho::349 - Derecho de jurisdicciones específicas, áreas, regiones socioeconómicas, organizaciones intergubernamentales regionales340 - Derecho::342 - Derecho constitucional y administrativoMinoríasServicios legalesMinoritiesLegal servicesModelos de adjudicaciónIndigenous womenSubjects of special constitutional protectionProtecciónSujetos de especial protecciónMujeres indígenas.La tensión de los derechos frente a los modelos de adjudicaciónThe tension of rights versus adjudication modelsTrabajo de grado - Doctoradoinfo:eu-repo/semantics/doctoralThesisinfo:eu-repo/semantics/acceptedVersionhttp://purl.org/coar/resource_type/c_db06Texthttp://purl.org/redcol/resource_type/TDAcosta Navas, J. P. (2019). Derechos humanos de los pueblos indígenas en clave de pluralismo jurídico e interculturalidad. Ánfora, 26(47), 37-60.Aflen, K. (2006). Hermenéutica jurídica y concreción judicial. Temis.Agudelo, M. (2018). Pasado, presente y futuro de la idea de los Derechos Humanos mirando al futuro. Algunos desarrollos culturales. En El cincuentenario de los Pactos Internacionales de derechos Humanos de la ONU (pp. 141-154). Ediciones Universidad de Salamanca.Alchourrón, C. (1991). Normativas, lógica de normas y lógica de proposiciones. En C. Alchourrón & E. Bulygin, Análisis lógico y derecho (pp. 25-50). Centro de Estudios Constitucionales.Alchourrón, C. E., & Bulygin, E. (1991). Análisis lógico y derecho. Centro de Estudios Constitucionales.Alemán Peñaranda, I. A., & Martínez, F. C. A. (2011). Elementos de un nuevo paradigma constitucional para la sociedad colombiana. Justicia Juris, 7(2), 67-76.Alexy, R. (2006). Sobre la ponderación y la subsunción. Una comparación estructural. Pensamiento jurídico, 16, 93-111.Anchondo, V. (2012). Métodos de interpretación jurídica. Quid Iuris, 1(16).Ansuátegui Roig, F. J. A. (2012). Jueces constitucionales (garantía de la Constitución y responsabilidad). Revista Estudios socio jurídicos, 2(12), 12-33.Arango, R. (2005). Justiciabilidad de los derechos sociales fundamentales en Colombia. Aporte a la construcción de un Ius constitucionales en Latinoamérica. Biblioteca Virtual del instituto de investigaciones jurídicas de la UNAM, 17-35.Ardila Amaya, É. (2000). Justicia comunitaria claves para su comprensión. Pensamiento Jurídico, 12, 43-52.Ardila Amaya, É. (2007). Breve historia de un eclipse. La formación del derecho moderno y la justicia comunitaria. Pensamiento Jurídica, 20, 137-172.Ardila Amaya, É. (2018). Las fronteras judiciales en Colombia. /z-wcorg/.Arendt, H. (1995). De la historia a acción. Paidós.Arendt, H. (1997). Qué es política? Paidós.Arendt, H. (1998). Los orígenes del totalitarismo. Taurus.Arendt, H. (2003). Eichmann en Jerusalén (cuarta). Editorial Lumen.Arendt, H. (2005). La condición humana. Paidós.Ariza Higuera, L., & Bonilla Maldonado, D. (2007). El pluralismo jurídico. Contribuciones, debilidades y retos de un concepto polémico (De S. Engle Merry, J. Griffiths, & B. Tamanaha; pp. 19-86). Siglo del Hombre Editores; Universidad de los Andes; Pontificia Universidad Javeriana-Instituto Pensar.Ariza Santamaría, R. (2010). El derecho profano: Justicia indígena, justicia informal y otras maneras de realizar lo justo. Universidad Externado de Colombia.Ariza Santamaría, R. (2016). El pluralismo en el Estado plurinacional, redundancia o pertinencia. Iusta, 33, 55-65.Ariza Santamaría, Rosembert., & Abondano, D. Carolina. (2009). Jueces de paz: El dilema de lo justo. Universidad Santo Tomás, Facultad de Derecho; http://books.google.com/books?id=UbtDAQAAIAAJArteaga Morales, B. I. (2012). Identidades, enfoque diferencial y construcción de paz. Universidad de Bogotá Jorge Tadeo Lozano & Observatorio de Construcción de Paz.Asensi, J. (2012). Crisis teórica, transiciones constitucionales. Revista Derecho del Estado, 28, 9-35.Asociación de cabildos indígenas de Antioquia. (2012). Ante las violencias las mujeres hablan Reconociendo sus derechos, exigiendo sus derechos, si hay equidad y armonía. Asociación de cabildos Indígenas de Antioquia - OIA.Atienza, M. (1998). Derecho y Argumentación. Universidad Externado de Colombia.Atienza, M., & Ruiz, J. (1996). Las piezas del Derecho. Ariel.Bacca Benavides, P. I. (2008). Las contra narrativas constitucionales en el seguimiento jurisprudencial de la jurisdicción especial indígena. Pensamiento Jurídico, 22, 193-232.Barabas, A. (2014). Multiculturalismo, pluralismo cultural y interculturalidad en el contexto de América Latina: La presencia de los pueblos originarios. Configurações, 14, 11-24.Barnige, R. (2016). Self-determination, statehood, and the law of negotation The case of palestine. Hart publishing.Barrios, R. F. P. (2017). Los mecanismos de control constitucional. Un análisis desde y para Cuba con especial referencia a la inconstitucionalidad por omisión. Revista de Investigações Constitucionais, 4(1), 87-108. https://doi.org/10.5380/rinc.v4i1.49303Barton, T. D. (1987). Liberalism and Theories of Adjudication. Boston College Law Reviw, 28, 625-657.Bauman, Z. (2002). La hermenéutica y las ciencias sociales. Nueva Visión.Bechara Llanos, A. Z. (2016). New subjects of special constitutional protection: Defense from the principialist theory of the fundamental rights; Nuevos sujetos de especial protección constitucional: Defensa desde la teoría principialista de los derechos fundamentales. Revista científicas Universidad Simón Bolívar, 21(29). BASE. https://doi.org/10.17081/just.21.29.1231Benavides, F. (2009). La democracia Liberal y el Reto Intercultural. En Derecho, Interculturalidad y Resistencia Étnica (pp. 133-167). Universidad Nacional de Colombia.Benhabib, S. (2018). The Claims of Culture: Equality and Diversity in the Global Era. /z-wcorg/. https://www.degruyter.com/doi/book/10.23943/9780691186542Benítez Naranjo, H. D. (2002). La Corte Constitucional ¿juez penal? El caso de la jurisdicción especial indígena. Opinión jurídica, 1(2), 51-58.Bernal Camargo. (2009). Jurisdicciones constitucional y especial indígena colombianas. Diálogos de saberes, 0(31), 245. 261.Bernal Camargo, D. R., & Padilla Muñoz, A. C. (2018). Los sujetos de especial protección: Construcción de una categoría jurídica a partir de la constitución política Colombiana de 1991. Revistas jurídicas, 15, 46-64.Blanco Blanco, J. (2007). Administración de justicia en la jurisdicción especial indígena. Diálogos de saberes, 26, 11-44.Borrero García, C. (2009). ¿Multiculturalismo o interculturalidad? En D. Carrillo González & N. Santiago. Patarroyo Rengifo (Eds.), Derecho , interculturalidad y resistencia étnica (67.a-76.a ed.). Universidad Nacional de Colombia.Borrero García, C. (2014). Derechos multiculturales (étnicos) en Colombia: Una dogmática ambivalente. Universidad Nacional de Colombia.Botero, J., & Leal, L. (2017). Pensamiento, voluntad y juicio en Hannah Arendt. Tópicos, Revista de filosofía, 53, 85-119.Botero Marino, C. (2003). Multiculturalismo y derechos de los pueblos indígenas en la jurisprudencia de la Corte constitucional. Precedente. Revista Jurídica, 45-85. https://doi.org/10.18046/prec.v0.2039Bourdieu, P. (2019). Curso de sociología general 1, conceptos fundamentales. Siglo veintiuno editores.Brown, W. (2008). Regulating aversion: Tolerance in the age of identity and empire. Princeton University Press.Bulygin, E. (1991). Teoría y técnica de la legislación. En C. Alchourrón & E. Bulygin, Análisis lógico y derecho, (pp. 409-426). Centro de estudios constitucionales.Burke, R. (2010). Decolonization and the evolution of international Human Rights. University of Pennsylvania Press.Burke, R. (2017). Emotional Diplomacy and Human Rigths at the United Nations. Human Rigths Quarterly, 273-295.Cajas Sarria, M. (2007). Acerca de la interpretación en el control de las reformas constitucionales. Díkaion, 21(16), 31-47.Carrasco, M., & Ramírez, S. (2015). «Somos un pueblo, precisamos un territorio porque allí es donde se da la vida indígena; sin territorio no hay identidad como pueblo». Revista Pueblos y fronteras, 10(19), 28-51.Carrillo González, D., & Patarroyo Rengifo, N. S. (2010). Derecho interculturalidad y resistencia étnica. Universidad Nacional de Colombia.Castillo, C. E., & Castellanos, E. N. (2009). El disfraz constitucional: El constitucionalismo relativo. Papel Político, 14(1), 13-38.Castro- Gómez, S. (2000). Ciencias sociales, violencia epistémica y el problema de la invención del otro. En La colonialidad del saber: Eurocentrismo y ciencias sociales. Perspectivas latinoamericanas (pp. 88-98). Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales.Cea, J. L. (1983). Sistema y problema en la investigación jurídica: Para una dogmática flexible del derecho. Revista chilena de derecho, 10(2), 341-365.Ceballos Rosero, F. (2020). Otros sujetos de derecho o personas(?). Estudios sociojurídicos, 321-351.Cepal- Naciones Unidas. (2014). Los pueblos indígenas en América Latina. Avances en el último decenio y retos pendientes para la garantía de sus derechos. Naciones Unidas.Chakrabarty, D. (2011). Historia de las minorías, pasados subalternos. En La (re)vuelta de los estudios subalternos: Una cartografía a (des)tiempo (pp. 193-215). Universidad Católica del Norte.Chakravor Spivak, G. (2010). Crítica de la razón poscolonial: Hacia una crítica del presente evanescente. Ediciones AKAL.Chakravort Spivak, G. (1990). The Post-Colonial Critic (S. Harasym, Ed.). Routledge. http://gen.lib.rus.ec/book/index.php?md5=906715F0E781A566BD328BB2EE321A91Chakravorty Spivak, G. (1998). ¿Puede hablar el sujeto subalterno? Orbis Tertius, 175-235.Chakravorty spivak, G. (2011). Marginalidad en la Máquina académica. En La (re)vuelta de los estudios subalternos: Una cartografía a (des)tiempo (pp. 156-189). Universidad Católica del Norte.Chakravorty Spivak., G. C. (2010). ¿Por qué los Estudios de las Mujeres? Nación, diversidad y género: perspectivas críticas, 2010, ISBN 978-84-7658-951-9, págs. 15-40, 15-40. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=3162700Comanducci, P. (2002). Formas de (neo)constitucionalismo: Un análisis metateórico. Isonomía : Revista de Teoría y Filosofía del Derecho., 16, 90-112.Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). (2017). Resumen gráfico de las principales ideas y conceptos del informe: “Las Mujeres Indígenas y sus Derechos Humanos en las Américas”. Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).Consejería Mujer y Generación - Organización Nacional Indígena de Colombia. (2013). Una mirada a los derechos humanos de las mujeres indígenas colombianas.Consejería presidencial para los Derechos Humanos y Asuntos Internacionales. (2017). Mujeres de los pueblos indígenas defienden sus derechos.Corporación infancia y desarrollo. (2012). Atención indígena humanitaria con enfoque diferencial indígena para el Putumayo.Cortázar, M. G. (2012). Las garantías judiciales. Análisis a partir de los estándares de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Prolegómenos, 15(30), 65-79. https://doi.org/10.18359/prole.2358Cox, L., & Yoo, J. (2009). Are Human Rights Universal? The Brown Journal of World Affairs, 16(1), 9-20. JSTOR.Crenshaw, K. (1989). Emarginalizing the Intersection of Race and Sex: A Black Feminist Critique of Antidiscrimination Doctrine, Feminist Theory and Antiracist Politics. University the Chicago legal forum, 139-167Cruz Rodríguez, E. (2013a). Multiculturalismo e interculturalismo: Una lectura comparada. Cuadernos Interculturales, 11(20), 45-76.Cruz Rodríguez, E. (2013b). Pluralismo jurídico, multiculturalismo e interculturalidad. Criterio jurídico, 13(2), 69-102.Cruz Rodríguez, M. (2012). Múltiples derechos, la misma desprotección: La eficacia simbólica de los derechos de las mujeres indígenas desplazadas en Colombia. Estudios Sociojuridicos, 2(14), 289-325.Davis, K. (2008). Intersectionality as buzzword A sociology of science perspective on what makes a feminist theory successful. Feminist Theory, 9(1), 67-85.Daza Coronado, S. M. (2019). La mujer como sujeto de especial protección constitucional en la elección a la maternidad subrogada en Colombia. Repositorio Institucional UN. http://ezproxy.unal.edu.co/login?url=http://search.ebscohost.com/login.aspx?direct=true&db=ir00238a&AN=unal.74941&lang=es&site=eds-liveDe la Torre Rangel, J. A. (2006). El derecho como arma de liberación en América latina sociología jurídica y uso alternativo del derecho. Universidad Autónoma de San Luis Potosí, Centro de Estudios Jurídicos y Sociales P. Enrique Gutiérrez y Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí.De Sousa Santos, B. (1991). Estado, derecho y luchas sociales. Instituto Latinoamericano de Servicios Legales Alternativos.De Sousa Santos, B. (1998). La globalización del derecho: Los nuevos caminos de la regulación y la emancipación. Universidad Nacional de Colombia e Instituto Interamericano de Servicios legales alternativos.De Sousa Santos, B. (Ed.). (2008). La reinvención del Estado y el Estado plurinacional. Debates, 22, 25-46.De Sousa Santos, B. (2009a). Sociología jurídica critica. Para un nuevo sentido común en el derecho. Instituto latinoamericano de servicios legales alternativos-.De Sousa Santos, B. (2009b). Una epistemología del sur: La reinvención del conocimiento y la emancipación social. Clacso Ediciones.De Sousa Santos, B. (2012). Derecho y emancipación. Corte Constitucional.De Sousa Santos, B. (2014). Derechos humanos, democracia y desarrollo. Dejusticia.De Sousa Santos, B. (2017). justicia entre saberes: Epistemologías del Sur contra el epistemicidio (tercera). Ediciones Morata.De Sousa Santos, B. (2018). Las bifurcaciones del orden. Revolución, ciudad, campo e indignación. Siglo del hombre Editores, Editorial Trotta e ILSA.De Sousa Santos, B. (2019). Los derechos humanos, una frágil hegemonía. En Construyendo las epistemologías del Sur Para un pensamiento alternativo de alternativas: Vol. II. Clacso ediciones.De Sousa Santos, B., & Rodríguez Garavito, C. A. (2007). La ley de Nike: El movimiento antimaquila, las empresas transnacionales y la lucha por los derechos laborales en las Américas. En El derecho y la globalización desde abajo Hacia una legalidad cosmopolita (pp. 61-85). Anthropos.Di Pego, A. (2016). La comprensión como perspectiva metodológica en Hannah Arendt. Andamios. Revista de investigación social, 13, 61-83.Díaz Ocampo, E. (2018). El pluralismo jurídico en América Latina. Principales posiciones teórico-prácticas. Reconocimiento legislativo. Revista de la Facultad de Derecho de México, 271(LXVIII), 363-394.Dorado Zúñiga, O. (2019). Jurisdicción indígena y jurisdicción estatal: Análisis desde el derecho constitucional colombiano. En Velasco Cano, N., Llano Franco, J. V., & Lagos Enríquez, M. (Eds.), Pluralismo jurídico, justicia indígena y sistema carcelario (pp. 63-87). Grupo Editorial Ibañez.Durango Álvarez, G. (2007). Estado democrático de derecho—Estado constitucional de derecho: ¿tensión entre el desarrollo y garantía de los derechos fundamentales? Revista de Derecho, 28, 88-111.Dworkin, R. (1986a). A Matter of Principle. Clarendon Press.Dworkin, R. (1986b). Law’s Empire. Harvard University PressEngle Merry, S. (2007). Pluralismo Jurídico. En S. Engle Merry, J. Griffiths, & B. Tamanaha, Pluralismo jurídico (pp. 87-142). Siglo del Hombre Editores, Universidad de los Andes, Pontificia Universidad Javeriana.Espinosa, M. (2007). Ese indiscreto asunto de la violencia. Modernidad, colonialidad y genocidio en Colombia. En S. Castro- Gómez & R. Grosfoguel (Eds.), El giro decolonial: Reflexiones para una diversidad epistémica más allá del capitalismo global (pp. 267-288). Siglo del Hombre Editores; Universidad Central, Instituto de Estudios Sociales Contemporáneos y Pontificia Universidad Javeriana, Instituto Pensar.Espinosa Miñoso, Y. (2019). Superando el análisis fragmentado de la dominación. En X. Leyva Solano & R. Icaza (Eds.), En tiempos de muerte:cuerpo, rebeldía, resistencias (pp. 273-293). Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales, Cooperativa Editorial Retos, Institute of Social Studies.Espinosa, S. (2015). Identidad y otredad en la teoría descolonial de Aníbal Quijano. Ciencia Política; Vol. 10, Núm. 20 (2015): Pensamiento político latinoamericano: identidad, otredad, alteridad y diversidad, 108-130, 10.15446/cp.v10n20.53920.Estupiñan-Silva, R. (2014). Pueblos indígenas y tribales: La construcción de contenidos culturales inherentes en la jurisprudencia interamericana de derechos humanos. Anuario mexicano de derecho internacional, 14, 581-616.Ezeizabarrena, X. (2017). Derecho de libre determinación y derecho a decidir: Nueva soberanía y Derechos Humanos en el siglo XXI. Deusto Digital e Instituto de Derechos Humanos Pedro Arrupe.Fajardo Sánchez, L. A., Abondano, D. C., & García Lozano, L. F. (Eds.). (2008). Los invisibles y la lucha por el derecho en Colombia: Una mirada desde la Casa de Justicia. Universidad de Santo Tomás.Ferrajoli, L. (1989). Derecho y razón. Trotta. http://www.trotta.es/libros/derecho-y-razon/9788498790467Ferrajoli, L. (1995). Derecho y razón: Teoría del garantismo penal. Trotta.Ferrajoli, L. (2006a). Garantismo. Una discusión sobre derecho y democracia. Trotta. http://www.dykinson.com/libros/garantismo-una-discusion-sobre-derecho-y-democracia/9788481648669/Ferrajoli, L. (2009a). Derecho y garantías la ley del más débil. Trotta.Ferrajoli, L. (2009c). Garantismo una discusión. Trotta.Ferrajoli, L. (2011). Constitucionalismo principialista y constitucionalismo garantista. 15-53.Ferrajoli, L. (2014). La democracia a través de los derechos El constitucionalismo garantista como modelo teórico y como proyecto político. Trotta.Ferrajoli, L. (2015). La democracia a través de los derechos. Trotta.Ferrajoli, L. (2003). Pasado y futuro del Estado de derecho. Neoconstitucionalismo(s), 2003, ISBN 84-8164-573-7, págs. 13-30, 13-30.Ferrer Mac-Gregor, E., & Pelayo Moller, C. M. (2012). La obligación de «respetar» y «garantizar» los Derechos Humanos A la luz de la jurisprudencia de la Corte Interamericana: Análisis del artículo 1° del pacto de San José como fuente convencional del derecho procesal constitucional mexicano. Estudios Constitucionales, 10, 141-192.Firth, A. (2010). Etnometodología. Discurso y sociedad, 597-614.Fiss, O. (1997). Affirmative Action as a Strategy of Justice. Yale School. https://digitalcommons.law.yale.edu/fss_papers/1322Fiss, O. (1999). Grupos y la clausura de la igual protección. En Derecho y grupos desaventajados (pp. 137-167). Editorial Gedisa.Fonseca, I., & Guzzo, M. (2018). Feminismos y herida colonial: Una propuesta para rescatar los cuerpos secuestrados en Brasil. Tabula Rasa, 29, 65-84.Font Oporto, P. (2012). Ruptura del consenso socialdemócrata y crisis del modelo de Estado. Revista de fomento social, 211-250.Forero Salcedo, J. R. (2019). Derechos humanos, enfoque diferencial y construcción de paz. Breves reflexiones desde una visión constitucional. Base. http://ezproxy.unal.edu.co/login?url=http://search.ebscohost.com/login.aspx?direct=true&db=edsbas&AN=edsbas.E1BD1945&lang=es&site=eds-liveFranck, T. M. (2001). Are Human Rights Universal? Foreign Affairs, 80(1), 191-204. JSTOR. https://doi.org/10.2307/20050052Fraser, N., Holguín, M., & Jaramillo, I. C. (1997). Iustitia interrupta: Reflexiones críticas desde la posición «postsocialista». Siglo del Hombre Editores y Universidad de los Andes.Frosini, V. (1991). Teoría de la interpretación jurídica. Temis. http://www.marcialpons.es/libros/teoria-de-la-interpretacion-juridica/9789563920833/Gadamer, H. G. (1993). Verdad y método. SíguemeGadamer, H.-G. (1995). El giro hermenéutico. Cátedra.García, A. J. (2003). La teoría del Derecho en tiempos del constitucionalismo. Neoconstitucionalismo(s), 2003, ISBN 84-8164-573-7, págs. 159-186, 159-186.García Jaramillo, L. (2012). El neoconstitucionalismo en el contexto de la internacionalización del derecho: El caso colombiano. Boletín mexicano de derecho comparado, 45(133), 93-118.García, L. (2008). El nuevo derecho en Colombia: ¿Entelequia innecesaria o novedad pertinente? Revista de Derecho, 29, 289-330.Garcia Lozano, L. F. (2009). A jurisprudência indígena da Corte Constitucional Colombiana: Produto de práticas emancipadores ou adaptativas? En R. Verdum (Ed.), Povos Indígenas Constituições E Reformas Políticas Na América Latina (pp. 193-212). Instituto de estudios socioeconómicos.García Lozano, L. F. (2011). La incidencia del concepto estado de derecho y estado social de derecho en la independencia judicial. Revista Prolegómenos. Derechos y Valores, 14(27), 181-198.García Lozano, L. F. (2013a). El papel del juez en la sociedad de contrastes: Análisis de la autonomía funcional del juez en Colombia. Ediciones USTAGarcía Lozano, L. F. (2013b). La crisis de la modernidad: Una fractura del pensamiento político y jurídico. Novum Jus: Revista Especializada en Sociología Jurídica y Política, 7(1), 11-29. https://doi.org/10.14718/NovumJus.2013.7.1.1García Lozano, L. F. (2014). Los autos de seguimiento de la corte constitucional la constitución de un imaginario simbólico de justicia por parte de la corte. Análisis Político, 27(82), 149-166. https://doi.org/10.15446/anpol.v27n82.49412García Lozano, L. F., & Fajardo Sánchez, L. A. (2010). Utopía y jurisprudencia constitucional un enfoque progresista de la Corte Constitucional Colombiana (1991-2000). Universidad Santo Tomás.García Lozano, L. Fernanda., & Ramírez Lemo, R. (2010). Egida de una administración de justicia precaria: Derecho de acceso a la administración de justicia y pluralismo jurídico débil en Colombia. Revista Iusta. (Santafé de Bogotá), 33, 29-39. /z-wcorg/.García Pelayo, M. (1987). El Estado Social y sus implicaciones. Alianza Editorial.García Villegas, M. (2012). Constitucionalismo aspiracional: Derecho democracia y cambio social en América Latina. Análisis Político, 25(75), 89-110.García Villegas, M. (2014). La eficacia simbólica del derecho: Sociología política del campo jurídico en América Latina. Instituto de Estudios Políticos y Relaciones Internacionales, Universidad Nacional de Colombia.García Villegas, M. (2010). Sociología y crítica del derecho. Fontamara; /z-wcorg/.García Villegas, M., Rodríguez M., C. A., Uprimny, R., Courtis, C., Esquirol, J. L., Morales, A., Vidal López, R., Silva García, G., Sandoval, C., Oliveira, L., López, J. R. de Lima., Wolkmer, A. C., Neves, M. (2003). Derecho y sociedad en América Latina: Un debate sobre los estudios jurídicos críticos. ILSA y Universidad Nacional de ColombiaGargarella, R. (1999). Derecho y grupos desaventajados. Gedisa. https://dialnet.unirioja.es/servlet/libro?codigo=1039Gómez Martínez, D. L. (2013). Multiculturalismo y capitalismo. Una lectura desde la sospecha. Criterio Jurídico, 13(1), 97-120.Gómez Velásquez, A. (2018). La jurisdicción especial indígena en el sistema jurídico Colombiano. Revista Boliviana de Derecho, 25, 586-611.González, R. (2014). El nuevo paradigma de la garantía de la jurisdicción. Ars Boni et Aequi, 10(1), 119-150.Goyenechea de Benvenuto, E. (2014). Hannah Arendt. La sociedad y la política. Analecta política, 4, 223-248.Griffiths, J. (2007). ¿Qué es el pluralismo jurídico? (De J. Griffiths, S. Engle Merry, & B. Tamanaha; pp. 143-220). Siglo del Hombre Editores, Universidad de los Andes, Pontificia Universidad Javeriana e Instituto Pensar.Grupo de sobre Colonialidad (Gesco). (2012). Los avatares de la crítica decolonial. Tabula Rasa. 16, 2013-2230.Guastini, R. (2001). Estudios sobre teoría constitucional. Distribuciones Fontanamara. http://www.marcialpons.es/libros/estudios-sobre-teória-constitucional/9786077360186/Guastini, R. (1999). Distinguiendo: Estudios de teoría y metateoría del derecho. Gedisa. https://dialnet.unirioja.es/servlet/libro?codigo=226684Guha, R. (2011a). Aspectos elementales de la insurgencia campesina en la India colonial. En La (re)vuelta de los estudios subalternos: Una cartografía a (des)tiempo (pp. 79-93). Universidad Católica del Norte.Guha, R. (2011b). La muerte de Chandra. En La (re)vuelta de los estudios subalternos: Una cartografía a (des)tiempo (pp. 95-127). Universidad Católica del Norte.Gumbis, J., Bacianskaite, V., & Randakeviciute, J. (2010). Human Rights Today. Jurisprudence, 125-145.Habermas, J. (2005). Facticidad y validez. Trotta.Hancock, A. M. (2007). When Multiplication Doesn’t Equal Quick Addition: Examining Intersectionality as a Research Paradigm. Perspectives on Politics, 5(1), 63-79.Hart, H. L. A. (1961). El concepto de derecho. Abeledo-Perrot.Hernandez Castillo, A. (2017). Entre la justicia comunitaria y el litigio internacional: El caso de Inés Fernández ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En R. Sieder (Ed.), Exigiendo justicia y seguridad: Mujeres indígenas y pluralidades legales en América Latina (pp. 34-54). Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social.Hernández Cervantes, A. (2014). La producción jurídica de la globalización en el marco de un pluralismo jurídico transnacional. Umbral Revista de Derecho Constitucional, 1(4), 131-160.Hernández, M. (2020, mayo 21). [Entrevista].Hernández Sampieri, R., Fernández Collado, C., Baptista Lucio, P., Méndez Valencia, S., & Mendoza Torres, C. P. (2014). Metodología de la investigación. McGrawHill.Herrán Pinzón, O. A., & García Hernández, G. (2010). Identidad judicial indígena frente a la jurisdicción ordinaria actual en Colombia. Prolegómenos, 13(26), 29-42. https://doi.org/10.18359/prole.2419Hill Collins, P. (1998). The tie that binds: Race, gender and US violence. Ethnic and Racial Studies, 21(5), 917-938. https://doi.org/10.1080/014198798329720Hoekema, A. (2014). Legal pluralism: Conflicting legal commitments without a neutral arbiter. Umbral Revista de derecho Constitucional, 1(4), 161-196.Lanuzova, M. (2001). Mujer, derechos humanos y género (2.a ed.). Profamilia.Iño Daza, W. (2017). Epistemología pluralista, investigación y descolonización. Aproximaciones al paradigma indígena. RevIISE - Revista de Ciencias Sociales y Humanas, 9(9). https://www.redalyc.org/jatsRepo/5535/553559402011/html/index.htmlJerade, M. (2015). Nacionalismo y antisemitismo. Hannah Arendt sobre la cuestión judía y el Estado Nación. Revista Mexicana de ciencias políticas y sociales, 341-368.Julicue Goméz, L. E. (2020, julio 3). [Entrevista].Kaufmann, A. (2007). Hermenéutica y derecho. Comares.Kelsen, H. (1960). Teoría pura del derecho. Eudeba.Kennedy, D. (1997). A Critique of Adjudication [fin de Siècle]. Harvard University Press.Kennedy, D. (1999). Libertad y Restricción en la Decisión Judicial- una fenomenología crítica. Universidad de los Andes y Siglo del Hombre Editores.Kymlicka, Will. (2010). Ciudadanía multicultural: Una teoría liberal de los derechos de las minorías. Paidós.La Barbera, M. C. (2016). Interseccionalidad, un “concepto viajero”: Orígenes, desarrollo e implementación en la Unión Europea. Interdisciplina, 4(8), 105-122.Lascarro Castellar, C., & Lascarro Castellar, D. (2012). El discurso de los derechos en Colombia: Un mapa de la cuestión. Pensamiento Jurídico, 35, 65-85.Levi, E. H. (1964). Introducción al razonamiento jurídico. Editorial Universitaria de Buenos Aires.Llano Franco, J. V. (2016). Pluralismo jurídico diversidad cultural identidades globalización y multiculturalismo: Perspectiva desde la ciencia jurídica. Novum Jus, 10(1), 49-92.López Medina, D. E. (2004). Teoría impura del derecho. La trasformación de la cultura jurídica latinoamericana. Universidad de los Andes, Legis y Universidad Nacional de Colombia.López Medina, D. E. (2006). Interpretación constitucional. Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla.López, N., & Olarte, M. C. O. (2007). Incumplimiento de sentencias de la Corte Constitucional Colombiana: Aparentes garantías, silenciosos incumplimientos. 42.Lugones, M. (2008). Colonialidad y género. Tabula Rasa, 73-102.Lugones, M. (2012). Interseccionalidad y feminismo decolonial. En Grosfoguel, R. & Hernández, R. A. (Eds.), Lugares descoloniales (1.a ed., pp. 119-124). Pontificia Universidad Javeriana. JSTOR. www.jstor.org/stable/j.ctt15hvxjw.7Lugones, M., Leyva, X., Alonso, J., Hernández, R. A., Escobar, A., Köhler, A., Cumes, A., Sandoval, R., Speed, S., Blaser, M., Krotz, E., Piñacué, S., Nahuelpan, H., Macleod, M., Intzín, J. L., García, J. L., Báez, M., Bolaños, G., Restrepo, E., … de Sousa Santos, B. (2018). Hacia metodologías de la decolonialidad. En Prácticas otras de conocimiento(s) (pp. 75-92). CLACSO; JSTOR. www.jstor.org/stable/j.ctvn96g99.6Maccormick, N. (2016). Retórica y Estado de Derecho. Isegoría, 0(21), 5-21.Manili, P. L. (2015). El derecho al debido proceso de las comunidades indígenas en el Sistema Interamericano. Lex, 13(15), 15-36.Marrades, A. (2016). Los nuevos derechos sociales: El derecho al cuidado como fundamento del pacto constitucional. Revista de Derecho Político, 1(97), 209-242. https://doi.org/10.5944/rdp.97.2016.17623Martínez, C. (2015). La democracia liberal entre la crisis del Estado de bienestar y la retórica circular de la eficiencia. Revista Persona y Derecho, 0(66), 181-200.Martínez, D. (2010). Metodología jurídica y argumentación. Marcial Pons. Ediciones Jurídicas y Sociales. http://www.marcialpons.es/libros/metodologia-juridica-y-argumentacion/9788497688161/Mbaya, E. R., & Franco Toriz, G. (1997). Génesis, evolución, y universalidad de los derechos humanos ante la diversidad de las culturas. Colegio de México, 32(1), 31-66.Medina Martín, R. (2016). Agencia y Mujeres saharauis refugiadas. Identidades Colectivas y Subjetividades desde los feminismos descoloniales. En K. Bidaseca (Ed.), Genealogías críticas de la colonialidad en América Latina, África, Oriente (pp. 125-146). CLACSO.Mejía, O. (2010). Del liberalismo racional al republicanismo razonable. Precedente. Revista Jurídica, 171-204. https://doi.org/10.18046/prec.v0.1448Mejía, O. (2014). Elementos para una hermenéutica crítica: Una introducción al problema del método en las ciencias sociales y el derecho. Pensamiento Jurídico, 0(39), 15-53.Mignolo, W. (2007). El pensamiento decolonial: Desprendimiento y apertura. Un manifiesto. En S. Castro-Gómez & R. Grosfoguel (Eds.), El giro decolonial: Reflexiones para una diversidad epistémica más allá del capitalismo global (pp. 25-46). Siglo del Hombre Editores, Universidad Central y Pontificia Universidad Javeriana.Molano, A. (2001). La justicia guerrillera. En El caleidoscopio de las justicias en Colombia Tomo II (pp. 331-389). Instituto Colombiano de Antropología e Historia, Universidad de Coimbra, Universidad de los Andes, Universidad Nacional de Colombia y Siglo del hombre Editores.Molinares, V. (2013). Afrodescendientes: Otro caso de garantismo de la corte constitucional colombiana. Vniversitas, 62(127), 189-221.Molinares, V., & Bechara, A. (2018). Entre la interpretación y la norma: La tasa razonable de justificación constitucional. Revista de Derecho, 0(48), 163-188-188.Mora, F. (2012). El garantismo como constitucionalismo de reglas. Cuadernos Electrónicos de Filosofía del Derecho, 191-206.Morales, A. (2011). Un modelo para el control de las omisiones legislativas, su aplicación en la jurisprudencia constitucional comparada y colombiana. Pensamiento Jurídico, 0(32), 289-321.Mosquera Rosero-Labbé, C., & León Díaz, R. E. (Eds.). (2009). Acciones afirmativas y ciudadanía diferenciada étnico-racial negra, afrocolombiana, palenquera y raizal: Entre bicentenarios de las independencias y constitución de 1991 (1. ed). Universidad Nacional de Colombia.Murri Murri, Y. (2019, abril 11). [Entrevista].Naciones Unidas, Derechos Humanos, oficina del alto comisionado. (2013). Los pueblos indígenas y el sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas. Folleto Informativo N9/Rev.2. Naciones Unidas.Nino, C. S. (2001). Introducción al Análisis del Derecho. Ariel.Noguera Fernández, A., & Criado de Diego, M. (2011). La Constitución colombiana de 1991 como punto de inicio del nuevo constitucionalismo en América Latina. Estudios sociojuridicos, 1(13), 15-41.Nuñez Leiva, J. I. (2016). Sobre los neoconstitucionalismos. Una síntesis para constitucionalistas con alma de teóricos del derecho. Opinión jurídica, 15(29), 187-202.Ochy, C. (2007). Crítica poscolonial desde las prácticas políticas del feminismo antirracista. Nómadas, 26, 92-101.Ortiz Quiroga, J. A. (2013). La identidad cultural de los pueblos indígenas en el marco de la protección de los derechos humanos y los procesos de democratización en Colombia. Revista Derecho del Estado, 30, 217-249.Pasillas Pineda, E. F. (2019). Libre determinación y consulta como bases de los derechos fundamentales de los pueblos indígenas en la jurisprudencia del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Universitas: revista de filosofía, derecho y política, 29, 2-31.Peces-Barba, G. (1993). Derecho y derechos fundamentales. Centro de Estudios Constitucionales.Peláez Grisales, H. (2014). Una mirada al problema del derecho de los sujetos y grupos desaventajados de especial protección en Colombia y la apuesta por una necesaria fundamentación teórica desde las teorías contemporáneas de la justicia. Estudios Socio-Jurídicos; Vol. 17, Núm. 01 (2015), 10.12804/esj17.01.2014.04.Peláez, H. (2015). Una mirada al problema del derecho de los sujetos y grupos desaventajados de especial protección en Colombia y la apuesta por una necesaria fundamentación teórica desde las teorías contemporáneas de la justicia. Estudios Socio-Jurídicos, 17(01), 125-168. https://doi.org/10.12804/esj17.01.2014.04Peña Freire, A. M. (2007). Constitucionalismo y garantismo: Una relación difícil. Anales de la Cátedra Francisco Suárez, 41, 237-257.Pérez, A. (1987). Concepto y concepción de los derechos humanos (Acotaciones a la ponencia de Francisco Laporta). http://www.cervantesvirtual.com/obra/concepto-y-concepcin-de-los-derechos-humanos-acotaciones-a-la-ponencia-de-francisco-laporta-0/Perry, M. J. (1997). Are Human Rights Universal? The Relativist Challenge and Related Matters. Human Rights Quarterly, 19(3), 461-509. JSTOR.Piana, D. (2010). Beyond judicial independence: Rule of law. Comparative Sociology, 9, 20-64.Pino, G. (2014). Derecho e interpretación. El razonamiento jurídico en el Estado constitucional. Universidad Externado de Colombia.Portes, A. (2006). Instituciones y desarrollo: Una revisión conceptual. Cuadernos de Economía, 25(45). https://revistas.unal.edu.co/index.php/ceconomia/article/view/547Presidencia de la República de Colombia. (2020, julio 2). La población indígena en Colombia es de 1 905 617 personas, según Censo del Dane. Presidencia de la República de Colombia. https://id.presidencia.gov.co/Paginas/prensa/2019/La-poblacion-indigena-en-Colombia-es-de-1905617-personas-segun-Censo-del-Dane-190916.aspxPresidencia de la República de Colombia. (2013). Algunos factores asociados a la violencia contra las mujeres indígenas, Colombia 2012-2013. Presidencia de la República.Prieto Sanchís, L. (2011). Apuntes de teoría del Derecho. Trotta. http://www.trotta.es/libros/apuntes-de-teoria-del-derecho/9788481647761Prieto Sanchís, L. (2003). Neoconstitucionalismo y ponderación judicial. Neoconstitucionalismo(s), 2003, ISBN 84-8164-573-7, págs. 123-158, 123-158. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=917622Quijano, A. (2014a). Colonialidad del poder, eurocentrismo y América Latina. Clacso ediciones.Quijano, A. (2014b). Colonialidad del poder y clasificación social. CLACSO.Quinche Ramírez, A. F. (2009). Derecho constitucional colombiano de la Carta de 1991 y sus reformas. Universidad del Rosario.Ragin, C. C. (2007). La construcción de la investigación social introducción a los métodos y su diversidad. Siglo del Hombre. Universidad de los Andes.Ragin, C. C., & Fiss, P. C. (2017). Intersectional inequality: Race, class, test scores, and poverty. University of Chicago press.Raic, D. (2002). Statehood and the law of self-determination. Kluwer Law International.Raz, J. (1996). ¿Por qué interpretar? Isonomía : Revista de Teoría y Filosofía del Derecho., 25-40.Rentería Díaz, A. (2011). Garantismo y neoconstitucionalismo. Derechos y libertades, 25, 145-178.Ritzer, G. (2001). Teoría sociológica clásica. McGraw-Hill.Roa Roa, J. E. (2014). Pluralismo jurídico y mecanismos de coordinación entre los sistemas de justicia indígena y el sistema nacional de justicia en Colombia. Revista Derecho del Estado, 33, 101-121.Rodríguez, C. (2010). Cortes y cambio social: Cómo la Corte Constitucional transformó el desplazamiento forzado en Colombia (1a. ed). Dejusticia.Rodriguez Freire, R. (2011). Estudios subalternos revoluciona la historia («tercermundista»): Notas sobre la insurgencia académica. En La (re)vuelta de los estudios subalternos una cartografía a (des)tiempo (pp. 13-68). Universidad Católica del Norte.Rodríguez, G. A. (2015). Los derechos de los pueblos indígenas de Colombia. Universidad del Rosario.Rodríguez Villabona, A., & Uprimny Yepes, R. (2008). Interpretación Judicial. Consejo Superior de la Judicatura, Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla y Universidad Nacional.Román Lozano, G. L. (2020, marzo 2). [Entrevista].Ross, A. (2011). Sobre el derecho y la justicia. Eudeba.Rueda Carvajal, C. E. (2008). El reconocimiento de la jurisdicción especial indígena dentro del sistema judicial nacional en Colombia. El debate de la coordinación. Estudios Socio-Jurídicos, 10, 339-374.Ruiz, C. (2002). Crítica de la llamada inconstitucionalidad por omisión. Revista Iberoamericana de Derecho Procesal Constitucional, 2, 159-177.Ruíz Morato, N. (2016). La resistencia y la sobrevivencia de la justicia indígena en Colombia. Revista Científica General José María Córdova, 14, 347-375.Ruiz, O. (2007). El derecho a la identidad cultural de los pueblos indígenas y las minorías nacionales. Una mirada desde el sistema interamericano. Boletín Mexicano de derecho comparado, 118, 193-239.Saffon, M. P., & García Villegas, Mauricio. (2011). Derechos sociales y activismo judicial: La dimensión fáctica del activismo judicial en derechos sociales en Colombia. Estudios Socio-Jurídicos, 13(1), 75-107.Salcedo, D. (2012). El costo de oportunidad del enfoque diferencial étnico. En Identidades enfoque diferencial y construcción de paz (pp. 41-64). Universidad de Bogotá Jorge Tadeo Lozano, Facultad de Ciencias Sociales.Sánchez Botero, E. (2000). Reflexiones antropológicas en torno a la justicia y la jurisdicción especial indígenas en una nación multicultural y multiétnica. En F. García (Ed.), Las sociedades interculturales: Un desafío para el siglo XXI (pp. 57-84). FLACSO.Sánchez Botero, E. (2009). La realización del pluralismo jurídico de tipo igualitario en Colombia. Nueva antropología, 22, 31-49.Sánchez Botero, E. (2010). El peritaje antropológico Justicia en clave cultural (primera). Deutsche Gesellschaft für Technische Zusammenarbeit (GTZ).Sánchez Botero, E., & Jaramillo, I. C. (2007). La Jurisdicción especial indígena en Colombia (2da ed.). Instituto de estudio del Ministerio Público y Procuraduría General de la Nación.Sartori, G. (2011). Ingeniería constitucional comparada: Una investigación de estructuras incentivos y resultados. Fondo de Cultura Económica.Satre, S. (2003). La ciencia jurídica ante el neoconstitucionalismo. En Neoconstitucionalismo (pp. 239-258). Trotta.Savigny, F. C. von. (1869). The conflict of law and limits of their operation in respect of place and time.Segato, L. R. (2010). Los cauces profundos de la raza latinoamericana: Una relectura del mestizaje. Crítica y emancipación Revista latinoamericana de ciencias sociales, 3, 11-44.Segato, L. R. (2016b). La norma y el sexo. Frente estatal, patriarcado, desposesión, colonialidad. En K. Bidaseca (Ed.), Genealogías críticas de la colonialidad en América Latina, África, Oriente (pp. 31-64). Clacso.Corte Constitucional [CC], 13 de junio, 2013, MP: J. I. Pretelt Chaljub, Sentencia C-335/13, [Col.].Corte Constitucional [CC], 5 de diciembre, 2013, MP: J. I. Pretelt Chaljub, Sentencia T-921/13, [Col.].Corte Constitucional [CC], 16 de mayo, 2016, MP: J. I. Pretelt Chaljub, Sentencia T-241/16, [Col.].Corte Constitucional [CC], 11 de junio, 2014, MP: A. Rojas Ríos, Sentencia C-368/14, [Col.].Corte Constitucional [CC], 21 de septiembre, 2017, MP: A. Rojas Ríos, Sentencia T-590/17, [Col.].Corte Constitucional [CC], 7 de diciembre, 2005, MP: C. I. Vargas Hernández, Sentencia T-1294/05, [Col.].Corte Constitucional [CC], 15 de julio, 2008, MP: C. I. Vargas Hernández, Sentencia T-713/08, [Col.].Corte Constitucional [CC], 30 de julio, 2009, MP: L. E. Vargas Silva, Sentencia T-514/09, [Col.].Corte Constitucional [CC], 23 de septiembre, 2013, MP: L. E. Vargas Silva, Sentencia T-659/13, [Col.].Corte Constitucional [CC], 5 de octubre, 2016, MP: L. E. Vargas Silva, Sentencia C-539/16, [Col.].Corte Constitucional [CC], 19 de julio, 2007, MP: J. Araujo Rentería, Sentencia T-549/07, [Col.].Corte Constitucional [CC], 10 de mayo, 2006, MP: C.I. Vargas Hernández, Sentencia C-355/06, [Col.].Corte Constitucional [CC], 16 de enero, 2015, MP: M.V. Sáchica Méndez, Sentencia T-010/15, [Col.].Corte Constitucional [CC], 30 de julio, 2018, MP: J.F. Reyes Cuartas, Sentencia T-311/18, [Col.].Corte Constitucional [CC], 15 de febrero, 2019, MP: A.J. Lizarazo Ocampo, Sentencia T-063/19, [Col.].Corte Suprema de Justicia [CSJ], 17 de abril, 2015, MP: A. Lizcano Rivera, Sentencia T-196/15, [Col.].Corte Constitucional [CC], 29 de septiembre, 2010, MP: J.I. Palacio Palacio, Sentencia C-776/10, [Col.].Corte Constitucional [CC], 18 de noviembre, 2014, MP: J.I. Palacio Palacio, Sentencia C-878/14, [Col.].Corte Constitucional [CC], 23 de noviembre, 2016, MP: J.I. Palacio Palacio, Sentencia T-652/16, [Col.].Corte Constitucional [CC], 15 de diciembre, 2014, MP: G.S. Ortíz Delgado, Sentencia T-967/14, [Col.].Corte Constitucional [CC], 10 de diciembre, 2015, MP: G.S. Ortíz Delgado, Sentencia T-754/15, [Col.].Corte Constitucional [CC], 20 de abril, 2015, MP: G.S. Ortíz Delgado, Sentencia C-208/15, [Col.].Corte Constitucional [CC], 22 de agosto, 2018, MP: G.S. Ortíz Delgado, Sentencia T-338/18, [Col.].Corte Constitucional [CC], 13 de noviembre, 2018, MP: G.S. Ortiz Delgado, Sentencia T-443/18, [Col.].Corte Constitucional [CC], 8 de junio, 2016, MP: G.S. Ortiz Delgado, Sentencia C-297/16, [Col.].Corte Constitucional [CC], 8 de junio, 1992, MP: S. Rodríguez Rodríguez, Sentencia T-008/92, [Col.].Corte Constitucional [CC], 9 de septiembre, 1998, MP: E. Cifuentes Muñoz, Sentencia C-482/98, [Col.].Corte Constitucional [CC], 9 de febrero, 2000, MP: A. Martínez Caballero, Sentencia C-112/00, [Col.].Corte Constitucional [CC], 13 de enero, 1994, MP: J.G. Hernández Galindo, Sentencia T-001/94, [Col.].Corte Constitucional [CC], 26 de septiembre, 1996, MP: C. Gaviria Díaz, Sentencia T-496/96, [Col.].Corte Constitucional [CC], 8 de agosto, 1996, MP: C. Gaviria Díaz, Sentencia T-349/96, [Col.].Corte Constitucional [CC],3 de julio, 2014, MP: L. G. Guerrero Pérez, Sentencia T-434/14, [Col.].Corte Constitucional [CC], 20 de febrero, 2015, MP: L. G. Guerrero Pérez, Sentencia T-081/15, [Col.].Corte Constitucional [CC], 16 de febrero, 2012, MP: M. González Cuervo, Sentencia T-097/12, [Col.].Corte Constitucional [CC],12 de diciembre, 20004, MP: R. Escobar Gil, Sentencia T-1238/04, [Col.].Corte Constitucional [CC], 7 de marzo, 2017, MP: M.V. Calle Correa, Sentencia T-145/17, [Col.].Corte Constitucional [CC], 23 de marzo, 2006, MP: R. Escobar Gil, Sentencia T-221/06, [Col.].Corte Constitucional [CC], 17 de mayo, 2016, MP: L.E. Vargas Silva, Sentencia T-253/16 [Col.].Corte Constitucional [CC], 28 de agosto, 2003, MP: M. J. Cepeda Espinosa, Sentencia C-741/03 [Col.].Corte Constitucional [CC], 9 de julio, 2014, MP: M. V. Calle Correa, Sentencia C-463/14 [Col.].Corte Constitucional [CC], 6 de julio, 2012, MP: M. V. Calle Correa, Sentencia T-523/12 [Col.].Corte Suprema de Justicia [CSJ], 27 de septiembre, 2017, MP: F. Carrillo Cadena, Sentencia STL-16300/17 [Col.].Corte Constitucional [CC], 17 de mayo, 2017, MP: C. Bernal Pulido, Sentencia T-208/19 [Col.].Corte Constitucional [CC], 13 de noviembre, 1998, MP: A. Barrera Carbonel, Sentencia C-127/03 [Col.].Corte Constitucional [CC], 23 de enero, 2017, MP: A. Arrieta Gómez, Sentencia T-027/17 [Col.].Corte Constitucional [CC],1993, MP: A Cifuentes Muñoz, Eduardo. Sentencia T-380/93[Col.].Corte Constitucional [CC] once (11) de enero, 2012,MP: A. Juan Carlos Henao Pérez. T-002/02.Corte Suprema de justicia, sala penal [CC], 2018, Sentencia StC4362, 1100102030002018-008700, (2018).Sieder, R. (Ed.). (2017a). Exigiendo justicia y seguridad Mujeres indígenas y pluralidades legales en América Latina. Publicaciones de la Casa Chata y Ciesas.la Casa Chata y Ciesas. Sieder, R. (2017b). Mujeres indígenas y pluralidades legales en América Latina: Repensando la justicia y la seguridad. En R. Sieder (Ed.), Exigiendo justicia y seguridad: Mujeres indígenas y pluralidades legales en América Latina. Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social.Sieder, R. (2019). Acceso a la justicia para las mujeres indígenas en Guatemala. Casos paradigmáticos, estrategias de judicialización y jurisprudencia emergente. Editorial Serviprensa.Sierra, M. T. (2009). Las mujeres indígenas ante la justicia comunitaria: Perspectivas desde la interculturalidad y los derechos. Desacatos, 31, 73-88.Sierra, M. T. (2017). Autonomías indígenas y justicia de género: Las mujeres de la Policía Comunitaria frente a la seguridad, las costumbres y los derechos. En R. Sieder (Ed.), Exigiendo justicia y seguridad: Mujeres indígenas y pluralidades legales en América Latina (pp. 100-125). Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social.Sierra, M. T. (2014). La lucha de las mujeres indígenas por la justicia: Derechos de género y pluralismo jurídico en México. En R. Sieder & J.-A. McNeish (Eds.), justicia y género y pluralidades legales: Perspectivas latinoamericanas y africanas. Centro de investigaciones y estudios superiores en antropología social.Suarez, V. (2020, mayo 22). [Entrevista].Tamayo y Salmorán, R. (2003). Razonamiento y argumentación jurídica: El paradigma de la racionalidad y la ciencia del derecho. Instituto de Investigaciones Jurídicas, Universidad Nacional Autónoma de México. http://site.ebrary.com/id/10417941Tapia Gutiérrez, A., & Rivas Otero, J. M. (2019). El eurocentrismo y su afectación a las competencias jurídicas de las comunidades étnicas en Colombia. Análisis Político, 32(95), 42-61.Tapias Torrado, N. R. (2005). Lo privado y lo público en el pensamiento de hannah Arendt. Universitas Philosophica, 71-86.Tavera, D. (2020, mayo 19). [Entrevista].Taylor, C. (1993). El multiculturalismo y la «política del reconocimiento». Fondo de Cultura Económica.Terven Salinas, A. (2017). Violencia doméstica y relaciones de poder. Sobre la conformación de un campo de atención en la Casa de la Mujer Indígena de Cuetzalan, Puebla, México. En Exigiendo justicia y seguridad: Mujeres indígenas y pluralidades legales en América Latina (pp. 55-73). Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social.Torres Ávila, J. (2017). La teoría del Garantismo: Poder y constitución en el Estado contemporáneo. Revista de derecho: División de Ciencias Jurídicas de la Universidad del Norte, 47, 138-166.Traverso, E. (2002). La violencia nazi. Una genealogía europea. Fondo de Cultura Económica.Trujillo, R. (2020, junio 9). [Entrevista].Ulloa, A. (2010). Reconfiguraciones conceptuales, políticas y territoriales en las demandas de autonomía de los pueblos indígenas en Colombia. Tabula Rasa, 73-92.Uprimny Yepes, R. (1995). La motivación de las sentencias y el papel del juez en el Estado social y democrático de derecho. Pensamiento Jurídico, 131-139.Uprimny, R., & García, M. (2004). Corte constitucional y emancipación social en Colombia.Valadés, D. (2011). La garantía política como principio constitucional. Boletín Mexicano de Derecho Comparado, 1259-1291.Van Gennep, A. (2013). Los ritos de paso. Alianza.Vargas Bejarano, J. (2009). El concepto de acción política en el pensamiento de Hannah Arendt. Revista de filosofía de la Universidad del Norte, 11, 82-107.Velasco Cano, N. (2019). Pluralismo jurídico y la justicia indígena Nasa como expresión local. En N. Velasco Cano, J. V. Llano Franco, & M. Lagos Enríquez (Eds.), Pluralismo jurídico, justicia indígena y sistema carcelario (pp. 15-38). Grupo editorial IbañezVerdum, R. (Ed.). (2008). Mulheres Indígenas, Direitos e Políticas Públicas. Instituto de estudios socioeconomicos, Oxafam Novib.Vigo, R. L. (2012a). Constitucionalización y judicialización del derecho: del Estado de derecho legal al Estado de derecho constitucional. Porrúa.Vigo, R. L. (2012b). De la interpretación de la ley a la argumentación desde la constitución: realidad, teorías y valoración. Díkaion, 1(21), 187-227.Villanueva Flores, R. (2014). Constitucionalismo, pluralismo jurídico y derechos de las mujeres indígenas1. Revista de Derecho Público, 32, 4-28.Vitonas, D. & Llano Franco. J. (2019). Avances de la jurisdicción especial indígena en el norte del Cauca. Criterio Jurídico, 16(2).Vivas, B. (2020, junio 5). [Entrevista].Viveros Vigoya, M. (2016). La interseccionalidad: Una aproximación situada a la dominación / Intersectionality: A situated approach to dominance / A interseccionalidade: Uma abordagem situada da dominação. Debate Feminista, 52, 1-17. JSTOR.Von Jhering, R. (2006). La lucha por el derecho. Porrúa.Walsh, C. (2009). Interculturalidad, Estado, sociedad Luchas (de) coloniales de nuestra época. Universidad Andina Simón Bolívar.Universidad Andina Simón Bolívar. Walsh, C. (2007). Interculturalidad y colonialidad del poder. Un pensamiento y posicionamiento “otro” desde la diferencia colonial. En S. Castro- Gómez & R. Grosfoguel (Eds.), El giro decolonial: Reflexiones para una diversidad epistémica más allá del capitalismo global (pp. 47-62). Siglo del Hombre Editores, Universidad Central, Instituto de Estudios Sociales Contemporáneos y Pontificia Universidad Javeriana, Instituto Pensar.Walsh, C. (2010). Development as Buen Vivir: Institutional arrangements and (de)coloniWerle, G. (2009, noviembre 19). El enjuiciamiento jurídico penal del pasado nacionalsocialista en Alemania. Cátedra de derecho penal alemán e internacional. Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires.Wolkmer, A. C. (2003). Pluralismo jurídico: Nuevo marco emancipatorio en América Latina. Cenejus. http://bibliotecavirtual.clacso.org.ar/clacso/otros/20111021100627/wolk.pdWolkmer, A. C. (2006). Pluralismo jurídico. Fundamentos de una nueva cultura del derecho. Editorial MAD.Wolkmer, A. C. (2019). Teoría crítica del derecho desde América Latina. Ediciones Akal.Wolkmer, A. C., Rosillo Martínez, A., De la Torre Rangel, J. A., & Cammaert, F. (2006). Introducción al pensamiento jurídico crítico. Universidad Autónoma de San Luis Potosí.Wróblewski, J. (1985). Constitución y teoría general de la interpretación jurídica. Civitas.Yepes Delgado, F. L., & Hernández Enríquez, C. (2010). Haciendo visible lo invisible. Violencia de género y entre generaciones en una comunidad indígena colombiana. Investigación y Educación en Enfermería, 28(3), 444-453.Younes Jerez, S. (2005). Estado social de derecho: Estructura, critica y prospectiva. Universidad Autónoma de Colombia.Yrigoyen Fajadro, R. (2004). Pluralismo jurídico, derecho indígena y jurisdicción especial en los países andinos. El otro derecho, 30.Zambrano, C. V. (2002). Justicia y pueblos indígenas de Colombia. La tutela como medio para la construcción del entendimiento intercultural. Maguaré, 332-336.Zambrano, C. V. (2007). Derechos, pluralismo y diversidad cultural. Universidad Nacional de Colombia.Zambrano, C. V. (2008). Afrontamiento intercultural para la coordinación jurisdiccional con pueblos indígenas colombianos. Iconos. Revista de Ciencias Sociales, 31, 71-85.ConsejerosEstudiantesGrupos comunitariosInvestigadoresORIGINAL52867082.2022.pdf52867082.2022.pdfTesis de Doctorado en Derechoapplication/pdf2145222https://repositorio.unal.edu.co/bitstream/unal/83334/5/52867082.2022.pdfdd2e2325a23517172bd5c75cdb19d7daMD55LICENSElicense.txtlicense.txttext/plain; charset=utf-85879https://repositorio.unal.edu.co/bitstream/unal/83334/3/license.txteb34b1cf90b7e1103fc9dfd26be24b4aMD53THUMBNAIL52867082.2022.pdf.jpg52867082.2022.pdf.jpgGenerated Thumbnailimage/jpeg3645https://repositorio.unal.edu.co/bitstream/unal/83334/6/52867082.2022.pdf.jpg9c5abd0618ef8896d3f28785e65d50f6MD56unal/83334oai:repositorio.unal.edu.co:unal/833342024-08-17 00:01:29.542Repositorio Institucional Universidad Nacional de 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