El desafío interpretativo del juez frente a la duración razonable del proceso a partir del cambio de paradigma de la Constitución Política de 1991. Estudio del artículo 121 del Código General del Proceso

El cambio de paradigma constitucional producto de la entrada en vigor de la Constitución Política de 1991 generó una transformación en el marco tradicional de entendimiento de la interpretación jurídica en Colombia; esto constituye un desafío a la labor jurisdiccional desde la perspectiva del Estado...

Full description

Autores:
Ramirez Vargas, Oscar Mateo
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2022
Institución:
Universidad Nacional de Colombia
Repositorio:
Universidad Nacional de Colombia
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repositorio.unal.edu.co:unal/82645
Acceso en línea:
https://repositorio.unal.edu.co/handle/unal/82645
https://repositorio.unal.edu.co/
Palabra clave:
340 - Derecho
Interpretación Jurídica
Constitución Política
Paradigma Constitucional
Estado Social de Derecho
Debido Proceso
Tutela Jurisdiccional Efectiva
Legal Interpretation
Political Constitution
Constitutional Paradigm
Due Process
Effective Legal Protection
Rights
openAccess
License
Reconocimiento 4.0 Internacional
Description
Summary:El cambio de paradigma constitucional producto de la entrada en vigor de la Constitución Política de 1991 generó una transformación en el marco tradicional de entendimiento de la interpretación jurídica en Colombia; esto constituye un desafío a la labor jurisdiccional desde la perspectiva del Estado Social de Derecho y el derecho al Debido Proceso como un sistema multidimensional de garantías orientado hacia la justicia material y la defensa de los Derechos Humanos fundamentales. El presente trabajo aterriza los puntos de encuentro y las diversas tensiones generadas por la dinámica referenciada mediante el estudio de caso del artículo 121 del Código General del Proceso; para ello se postula que la duración razonable del proceso y la tutela jurisdiccional efectiva son partes constitutivas del Debido Proceso y ejes fundamentales de transformación que, desde la mirada del activismo judicial, deben dar cuenta de una agencia jurisdiccional que resulte coherente con los desarrollos constitucionales modernos. (Texto tomado de la fuente)