Agua para consumo doméstico en colombia costos y regulación tarifaria
A partir de la formulación de la ley 142, las empresas prestadoras del servicio de acueducto en Colombia iniciaron un proceso orientado a implementar manejos financieros para asegurar la calidad y sostenibilidad del servicio a largo plazo. Se estableció también que todas ellas se...
- Autores:
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Cadavid Giraldo, Nora
- Tipo de recurso:
- Article of journal
- Fecha de publicación:
- 2008
- Institución:
- Universidad Nacional de Colombia
- Repositorio:
- Universidad Nacional de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.unal.edu.co:unal/23814
- Acceso en línea:
- https://repositorio.unal.edu.co/handle/unal/23814
http://bdigital.unal.edu.co/14851/
- Palabra clave:
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial 4.0 Internacional
Summary: | A partir de la formulación de la ley 142, las empresas prestadoras del servicio de acueducto en Colombia iniciaron un proceso orientado a implementar manejos financieros para asegurar la calidad y sostenibilidad del servicio a largo plazo. Se estableció también que todas ellas se rigieran bajo un régimen comercial corriente, con una rentabilidad similar a la de cualquier otra empresa con niveles de riesgo semejantes. Para los usuarios, esto ha significado mejores condiciones de acceso al recurso hídrico cobertura, potabilidad, continuidad del suministro pero también, el pago de un mayor precio por el servicio y en consecuencia, una favorable reducción del consumo. Con el fin de asegurar la cobertura para toda la población, se promovió además un régimen de subsidios. A través del estudio de las fórmulas establecidas para el cobro por el uso del acueducto, de la lectura de los costos resultantes para los diferentes estratos socioeconómicos y del análisis de los informes donde se evalúa la gestión y el balance económico de las empresas, se concluye que, a pesar de haber logrado avances hacia la prestación de un servicio eficiente y sostenible, aún falta establecer ajustes regulatorios. Estos ajustes deberán incentivar el mejoramiento de los niveles de eficiencia de las empresas, e impedir que, bajo el criterio de rentabilidad financiera, se estén sustentando en tarifas que reducen la posibilidad de algunos sectores de la población a acceder a este servicio básico. |
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