Impacto del derecho internacional humanitario en las decisiones de la corte interamericana de derechos humanos
La Corte IDH es competente para aplicar las disposiciones de los tratados que le otorgan competencia contenciosa (la CADH, entre otros). En relación con el DIH, la Corte IDH ha planteado su relevancia y pertinencia para analizar casos ocurridos en un conflicto armado y, en esta medida ha declarado s...
- Autores:
-
Bravo Coral, Juan Manuel
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2015
- Institución:
- Universidad Nacional de Colombia
- Repositorio:
- Universidad Nacional de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.unal.edu.co:unal/54138
- Acceso en línea:
- https://repositorio.unal.edu.co/handle/unal/54138
http://bdigital.unal.edu.co/48978/
- Palabra clave:
- 320 - Ciencia política (política y gobierno)
340 - Derecho
360 - Problemas y servicios sociales; asociaciones
Derecho Internacional Humanitario
Derecho Internacional
Derechos Humanos
Corte Interamericana de Derechos Humanos
Lex Specialis
International Humanitarian Law
International Law
Human Rights
InterAmerican Court of Human Rights
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial 4.0 Internacional
Summary: | La Corte IDH es competente para aplicar las disposiciones de los tratados que le otorgan competencia contenciosa (la CADH, entre otros). En relación con el DIH, la Corte IDH ha planteado su relevancia y pertinencia para analizar casos ocurridos en un conflicto armado y, en esta medida ha declarado su competencia para interpretar el DIH pero no para declarar su incumplimiento. De los 189 casos que ha decidido, en 33 identificó que habían ocurrido en un contexto de conflicto armado no internacional; y de estos 33, sólo en 15, la Corte incorporó criterios y conceptos del DIH para facilitar la comprensión del caso y para adoptar una decisión consistente con la lex specialis aplicable. La utilización del DIH ha ido en aumento; sin embargo, su aporte para la comprensión de un caso ocurrido en un contexto de conflicto armado no ha sido suficientemente aprovechado por la Corte IDH: o no ha usado el DIH o cuando lo ha hecho -salvo contadas excepciones-, su utilidad fue prácticamente formal y enunciativa y no representó un aporte sustantivo. (texto tomado de la fuente) |
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