Análisis de esquemas regulatorios para las transacciones de energía eléctrica entre Colombia y Panamá
En el marco de los acuerdos comerciales que han firmado los países de América Latina se han definido varios esquemas económicos que buscan permitir las transacciones de energía eléctrica entre ellos, algunos con éxito, como el definido por la Decisión CAN 536, modificado por las decisiones CAN 720 y...
- Autores:
-
Mesa Palacio, Nelson Javier
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2012
- Institución:
- Universidad Nacional de Colombia
- Repositorio:
- Universidad Nacional de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.unal.edu.co:unal/10973
- Acceso en línea:
- https://repositorio.unal.edu.co/handle/unal/10973
http://bdigital.unal.edu.co/8307/
- Palabra clave:
- 33 Economía / Economics
Interconexión Colombia Panamá
Renta Inframarginal
Rentas de congestión./Interconnection Colombia Panama
Inframarginal rent
Congestion rent.
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial 4.0 Internacional
Summary: | En el marco de los acuerdos comerciales que han firmado los países de América Latina se han definido varios esquemas económicos que buscan permitir las transacciones de energía eléctrica entre ellos, algunos con éxito, como el definido por la Decisión CAN 536, modificado por las decisiones CAN 720 y CAN 757 que han permitido el flujo de energía entre Colombia y Ecuador por más de 8 años, y como el definido por el Tratado Marco del Mercado Eléctrico de América Central que ha establecido la conformación del Mercado Eléctrico Regional en Centroamérica. Estos tratados se han considerado gracias a que en algunos países existen excedentes energéticos que pueden ser transados, llevando a la reducción de los costos marginales de la energía donde estos son más altos; este trabajo describe como estos países han definido sus esquemas y como han sido modificados en el tiempo, de manera que se ajusten a la realidad económica y de integración de la región. Se señalan los cuestionamientos en el manejo de algunas de las variables económicas asociadas con el hecho mismo de la limitación física del transporte de energía, y las decisiones políticas de los países de buscar una integración de los mismos. Mediante estudios energéticos se indica que la interconexión entre Colombia y Panamá es económicamente posible, sin embargo, se advierte que algunas condiciones implícitas a la interconexión deben ser definidas claramente. Con una visión de beneficio país se hace un análisis de estas variables y se dan recomendaciones sobre las características que los esquemas regulatorios deben considerar./ Abstract. In the framework of trade agreements signed by the countries of Latin America, several economic schemes have been identified in the search of successful electricity transactions among them, as defined by Decision CAN 536, amended by the Decisions CAN 720 and CAN 757 that have allowed the flow of energy between Colombia and Ecuador for over 8 years, and as defined by the Framework Agreement of the Central American Electricity Market that has established the formation of Regional Electricity Market in Central America. These treaties have been considered because some countries have surplus energy that can be traded, leading to reduce marginal costs of energy where this is higher, this work describes how these countries have defined their schemes and how those schemes have been modified over time, so as to meet the economic reality and regional integration. It points out questions in the management of some of the economic variables related with the physical limitation of energy transmission, and the political decisions that these countries have taken seeking for integration. Energy studies indicate that the interconnection between Colombia and Panama is economically feasible, however, warns that some implied conditions of interconnection should be clearly defined. With a vision of the country benefit an analysis of these variables was made, and are defined some recommendations about features that regulatory schemes must consider. (Tomado de la fuente) |
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