Optimización de la actual regulación de la desestimación de la personalidad jurídica ante el fraude en contra de acreedores y terceros en Colombia

El presente trabajo, genera una crítica hacía el vacío conceptual relacionado con el acto defraudatorio, requisito elemental para que proceda la desestimación de la personalidad jurídica según el artículo 42 de la Ley 1258 de 2008, estableciendo en primer lugar un diagnóstico sobre la jurisprudencia...

Full description

Autores:
Gonzalez Jimenez, Julian David
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2023
Institución:
Universidad Nacional de Colombia
Repositorio:
Universidad Nacional de Colombia
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repositorio.unal.edu.co:unal/84365
Acceso en línea:
https://repositorio.unal.edu.co/handle/unal/84365
https://repositorio.unal.edu.co/
Palabra clave:
340 - Derecho
Procedural fraud
Procedure (law)
Jurisprudence
Fraude procesal
Derecho procesal
Jurisprudencia
Desestimación de la personalidad Jurídica
Acto Defraudatorio
Abuso del Derecho
Personalidad Jurídica
Limitación de la Responsabilidad de Accionistas
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional
Description
Summary:El presente trabajo, genera una crítica hacía el vacío conceptual relacionado con el acto defraudatorio, requisito elemental para que proceda la desestimación de la personalidad jurídica según el artículo 42 de la Ley 1258 de 2008, estableciendo en primer lugar un diagnóstico sobre la jurisprudencia de la Superintendencia de Sociedades, el Tribunal Superior de Bogtá y la Corte Suprema, lo cual permitirá establecer que el desarrollo del concepto ha sido una respuesta a los casos que se han presentado por medio de listados de indicios, que no son aplicables en todos los casos, lo que genera una falta de sistematicidad en el estudio de la figura. Teniendo en cuenta que existe una posibilidad de optimizar la figura por medio de la Teoría de la Instrumentalización, la cual nace del derecho estadounidense, y afirma que para la existencia de un acto defraudatorio debe existir: i) una instrumentalización de la sociedad; ii) un propósito indebido de dicha instrumentalización y iii) un nexo causal entre la instrumentalización societaria y el propósito indebido para la causación de un engaño por medio de la figura societaria, criterios que según lo demostrado a lo largo del texto, son aplicables a todas la tipologías de acto defraudatorio que hasta el momento ha desarrollado la jurisprudencia colombiana. (Texto tomado de la fuente)